Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las resoluciones de los recursos interpuestos contra las resoluciones sancionadoras
recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el mismo.
Se les hace saber que contra dichas resoluciones, que se transcriben definitivas en vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante ingreso en cualquier oficina del BBVA, transacción 1316, NIF: S1511001H, clave 390001, y de no hacerlo así se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo prescrito en el artículo 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico
de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Para que conste, sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la citada Ley 30/1992, de 26
de noviembre, expido, firmo y sello la presente cédula en Santiago de Compostela, 14 de marzo de 2003.
Carlos A. González Rodríguez
Subdirector general de Inspección de Transportes
ANEXO
infringido sancionador impuesta recurso
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
-Resolución
LU-6456-J
G.C. de Tráfico Calle Guitiriz, 5 B
27800 Vilalba (Lugo)
7-5-2002; 8.36.52; C-546; 27 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 LE-3093-AC
G.C. de Tráfico Lastres, 2-4, C 2
33207 Gijón (Asturias)
26-4-2002; 16.50; N-540;
13,5 16/1987 y art. 158
R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 5269-BNX
G.C. de Tráfico Profesor Tierno Galván, 10-7 C
15189 O Burgo, Culleredo
(A Coruña)
24-7-2002; 9.30; A-6;
523,300 Orden de 20 de
julio de 1995,
sobre el arrenda-
miento de vehícu-
los sin conductor
(BOE nº 183, del
2 de agosto) 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 OU-1241-W
3451509457A2051 Barrondas, s/n
32911 San Cibrao das Viñas
(Ourense)
4-7-2001 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 PO-0678-AX
G.C. de Tráfico Narciso Pérez, 77
36630 Cambados (Pontevedra)
6-3-2002; 10.10; C-531; 0,5 octubre de 1990
(BOE del 30) 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 PO-3727-BT
G.C. de Tráfico Bélgica
Monteporreiro, B 1º-3 C
36162 Pontevedra
1-9-2001; 0.05; N-541; 89 16/1987 y art. 158
R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 C-9872-AV
G.C. de Tráfico Avda. Rutis, s/n
15174 Culleredo (A Coruña)
23-10-2001; 11.45; C-543;
5,100 16/1987 y art. 157
R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 PO-5101-BH
G.C. de Tráfico Tremoedo, s/n
36620 Vilanova de Arousa (Pontevedra)
23-4-2001; 19.40; VRG-11;
40,500 16/1987 y 198 r)
R.D. 1211/1990.
Art. 7 R.D.
237/2000, de 18
de febrero 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 parcialmente
150
LU-01371-O-2002
Transportes Lozano Bello, S.L.
Circular transportando tierra (mineral de hierro), careciendo de tarjeta de transportes en vigor. Nota: comprobado por la Administración se le sanciona por no llevar la tarjeta de transportes a bordo del vehículo.
Art. 199 b) R.D.
Art. 143 Ley
30 A Desestimado
LU-01404-O-2002
José Vizcaíno García
Circular transportando carga útil (ropa) destinada a venta ambulante, careciendo de tarjeta de transportes. Ostenta distintivos de servicio privado de radio de acción nacional.
Art. 103 Ley
Art. 143 Ley
90 A Desestimado
LU-02158-O-2002
Jesús Javier García Santos
Realizar un transporte de mercancías, en un vehículo de alquiler sin conductor, no llevando a bordo del vehículo justificante de que la empresa arrendataria está al corriente en el pago del IAE.
Art. 24 de la
Art. 143 Ley
60 A Inadmisible
OU-02518-I-2001
Puertas Macía, S.L.
Incumplimiento de las condiciones esenciales de la autorización, al solicitar el visado de la tarjeta fuera del plazo legalmente establecido, dándose las condiciones necesarias para su rehabilitación.
Art. 46 R.D.
Art. 143 Ley
150,25 A Desestimado
PO-01075-O-2002
Ramiro Leiro Baulo
Transportar paquetería con distintivos de ámbito de acción inferior al autorizado. Ostenta MDL-A. Servicio público.
O.M. de 25 de
Art. 143 Ley
90 A Desestimado
PO-02849-O-2001
Emilio Tilve García
Circular transportando bacalao salado. Careciendo de tarjeta de transportes. Servicio privado.
Art. 103 Ley
Art. 143 Ley
150,25 A Desestimado
XC-00849-O-2002
Distrib Cial Gallegas, S.L.
Circular transportando cajas de refrescos no acreditando su conductor la relación laboral o familiar con la empresa.
Art. 102.3º Ley
Art. 143 Ley
300 A Desestimado
XC-02015-O-2001
Jo.bo.mar., S.L.
Circular con un camión frigorífico transportando mercancía perecedera (atún limpio entero) desde Cambados a Ribeira, careciendo del certificado de autorización para el transporte de dichos productos. Lleva chapa ATP sobre la base EFO156/007 nº FRC 189425 válida hasta febrero de 2001. Ostenta distintivo perecederas FRC. Febrero 2001.
Art. 141 q) Ley
Art. 143 Ley
1.382,33 A Estimado
infringido sancionador impuesta recurso
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
-Resolución
C-7668-S
G.C. de Tráfico Avda. de La Paz, 19-21
15578 A Coruña
12-7-2001; 12; N-651; 22 16/1987 y art. 158
R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990
C-8533-CG
G.C. de Tráfico Trasmonte, s/n
15680 Oroso (A Coruña)
3-8-2001; 10; N-550; 54,500 16/1987 y art. 158
R.D. 1211/1990 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990 C-9651-BX
G.C. de Tráfico Novoa Santos, 16-3º F
156 A Coruña
30-7-2001; 16.51; CP-0901;
10,200 octubre de 1990
(BOE del 30) 16/1987, art. 201
R.D. 1211/1990XC-02798-O-2001
José Fernández Piñón
Circular con el vehículo reseñado transportando carga útil (28 premarcos de madera, un tablero y siete vigas de madera), careciendo de tarjeta de transporte.
Art. 103 Ley
Art. 143 Ley
300,51 A Desestimado
XC-02851-O-2001
Congelados Milladoiro, S.L.
Circular transportando productos congelados careciendo de la tarjeta de transporte en vigor.
Art. 103 Ley
Art. 143 Ley
90,15 A Desestimado
XC-03043-O-2001
Javier Basto Vega
Realizar transporte de paquetería desde Irixoa a Paderne, autorizado con una tarjeta MDL, ostentando distintivos de privado complementario.
O.M. de 25 de
Art. 143 Ley
90,15 A Desestimado