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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Martes, 08 de abril de 2003 Pág. 4.467

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

CÉDULA de 17 de febrero de 2003, del Servicio Provincial de Transportes de Pontevedra, por la que se notifican las denuncias por infracción de la normativa vigente en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de correos por resultar desconocidos sus destinatarios o bien porque intentada la notificación no se pudo practicar (expediente PO-00554-O-2002 y diecisiete más).

Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, las denuncias que se formularon contra ellos. Por este motivo se iniciaron, con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a las sanciones que también se citan.

Se les hace saber el derecho que les asiste de alegar por escrito ante este Servicio Provincial de Transportes de Pontevedra lo que consideren conveniente, haciendo llegar o proponiendo las pruebas que consideren oportunas dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta cédula.

Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Pontevedra, 17 de febrero de 2003.

Mª Cruz Tomé Navas

Jefa del Servicio Provincial de Transportes

de Pontevedra

ANEXO

-Expediente-Matrícula-Denunciante-Denunciado-Última dirección conocida-Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k.-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

propuesta

PO-00554-O-2002

C-9571-BJ

G.C. de Tráfico

Antonio Ak Marin

A Conlleira, s/n

15960 Ribeira (A Coruña)

Realizar transporte de mercancías careciendo de autorización de transportes. Transporta paquetería (10 bultos). Lleva distintivos transporte privado complementario.

30-1-2002; 1.20; N-550; 125

O.M. de 25 de octubre de 1990 (BOE del 30 de octubre). Art. 90 Ley 16/1987 y art. 41 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/1990600 euros

PO-02050-O-2002

P-4537-H

G.C. de Tráfico

Galireves, S.L.

Miraflores-Bembrive, s/n

36214 Vigo (Pontevedra)

Circular transportando material de construcción y obreros de la misma empresa careciendo de tarjeta de transportes. Servicio privado complementario.

7-5-2002; 18.05; VRG.4.1; 11

Art. 103 Ley 16/1987 y art. 158 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/1990150 euros

PO-02725-O-2002

M-6756-WT

G.C. de Tráfico

Jujosag dos Mil de Alimentación, S.L.

Av. de Santiago, 76

15830 Negreira (A Coruña)

Realizar un transporte de productos de alimentación careciendo el vehículo de todos los distintivos de la clase y ámbito para la tarjeta que posee. Servicio privado complementario.

22-7-2002; 17.40; N-550; 101

O.M. de 25 de octubre de 1990 (BOE del 30 de

octubre)

Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/199090 euros

PO-02782-O-2002

B-1019-TZ

G.C. de Tráfico

David Benaiges Hermosilla

Chano Piñeiro, 7º-7º B

36208 Vigo (Pontevedra)

Circular transportando cuatro discos grandes de serrar piedra y demás herramientas, careciendo de autorización administrativa. Servicio privado complementario.

5-7-2002; 15.10; N-550; 166

Art. 103 Ley 16/1987 y art. 158 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/1990150 euros

-Expediente-Matrícula-Denunciante-Denunciado-Última dirección conocida-Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k.-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

propuesta

PO-02997-O-2002

C-8675-AY

G.C. de Tráfico

Novo Arte Madera, S.L.

Curros Enríquez, 27, bajo

15702 Santiago de Compostela

(A Coruña)

No realizar el visado de la autorización de transportes en el plazo fijado por la administración. Tarjeta válida hasta 31-5-2001. Visado hasta abril-2001. Transporta herramientas (cajas de herramientas, escalera, pulidor, sierra, etc.). Servicio privado.

27-7-2002; 10.50; N-525; 303.5

Art. 103 Ley 16/1987 y art. 158 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/1990150 euros

PO-03008-O-2002

CS-1094-AU

G.C. de Tráfico

Transnoroeste Expres, S.L.

Nuestra Señora de la Peña, 23-bajo

Cambre (A Coruña)

Circular sin llvar a bordo del vehículo el contrato de arrendamiento. Presenta contrato caducado de fecha 27-11-2001 a 27-1-2002, nº E/15/2001-000791. Circular transportando ropa y retales con un vehículo de alquiler sin conductor con la tarjeta de transportes caducada 31-3-2002. Visado febrero 2002. Por parte del Servicio Provincial de Transportes se comprueba que el vehículo carece de la correspondiente tarjeta de transportes, teniendo un contrato de alquiler de larga duración (superior a un mes). Servicio público.

18-4-2002; 9; C-531; 15,700

Art. 17 de la Orden de 20 de julio de 1995, sobre el arrendamiento de vehículos sin conductor (BOE nº 183, del 2 de agosto) art. 90 Ley 16/1987, art. 41 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/1990360 euros

PO-03014-O-2002

PO-4510-BK

G.C. de Tráfico

Distelco Arcade, S.L.

Caoutada edf. Eiras Arcade, 7

36691 Arcade-Soutomaior

(Pontevedra)

No realizar el visado de la autorización de transportes del vehículo reseñado, que transporta embutido en el plazo determinado por la Administración, siempre que se cumplan las condiciones para la rehabilitación. Válida hasta el 28-2-2001. Servicio privado complementario.

19-8-2002; 10.20; N-550; 132.800

Art. 103 Ley 16/1987 y art. 158 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/1990150 euros

PO-03179-O-2002

C-6649-AP

G.C. de Tráfico

Vallas Móviles Galicia, S.A.

Montero Ríos, 25

15076 Santiago de Compostela

(A Coruña)

Circular transportando herramientas, no acreditando la relación laboral ni familiar con el titular del vehículo. Carece de tarjeta de transportes. En oficio nº 11073 de fecha 24-9-2002 se requiere al titular del vehículo para que acredite la relación laboral del conductor con la empresa denunciada, al no justificar tal relación este servicio considera que se realiza un transporte público sin autorizacion. Servicio privado.

2-7-2002; 9.45; C-550; 55

Art. 102.3º Ley 16/1987 y art. 157 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/1990300 euros

PO-03198-O-2002

C-0384-AG

G.C. de Tráfico

Mª Jesús Alcabre Souto

Pizarro, 17-5º B

Vigo (Pontevedra)

Realizar transporte de mercancías peligrosas en un vehículo que incumple las condiciones técnicas de forma que pueden afectar a las personas por entrañar peligro grave y directo para las mismas. Transporta unos 25 metros de fuegos artificiales. Carece igualmente de extintores para caso de incendio en un turismo particular.

7-9-2002; 20.35; N-525; 321.1

Art. 33.8º del Real decreto 2115/1998, de 2 de octubre, sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera (BOE nº 248, del 16 de octubre)Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/19901.500 euros

PO-03199-O-2002

C-8082-AX

G.C. de Tráfico

Juan Antonio Vázquez Longo

Ronda Outeiro, 300 bajo

15011 A Coruña

Circular realizando transporte de mercancías careciendo del correspondiente título habilitante. Transporta trozos de vallas de seguridad de carreteras, herramientas y dos bombonas, una de butano y otra de aire comprimido. Se considera servicio público al no acreditar que se trate de un MPC. Carece de distintivo alguno.

9-9-2002; 15.20; N-525; 294

Art. 90 Ley 16/1987 y art. 41 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/1990300 euros

PO-03272-O-2002

OR-8636-T

G.C. de Tráfico

Manuel Varela Iglesias

Río Sil, 1, 1º izq.

32001 Ourense

Efectúa transporte de mercancías careciendo de autorización. Transporta tierra autopista Santiago de Compostela-Dozón. Servicio público.

24-8-2002; 15.55; N-525; 306.400

Artículo 199 b) del R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/199030 euros

PO-03283-O-2002

0105-BSF

G.C. de Tráfico

Almacenes Reboreda, S.L.

Ecuador, 45

36203 Vigo (Pontevedra)

Realizar un transporte de mercancías (harinas), con un peso total de 5.100 kg estando autorizado para MMA de 3.500 kg lo que supone un exceso de 1.600 kg (45%). Pesaje efectuado en báscula móvil oficial de la Xunta de Galicia, modelo Haenni WL 103, nº 2358-2359, verificación CE. 6-7-2001, ticket nº 1073. Servicio privado.

12-9-2002; 10; C-550; 122

Artigo 200.3º del R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/1990450 euros

PO-03333-O-2002

PO-8354-AW

G.C. de Tráfico

Manuel Victorio Durán Pérez, S.L.

2º Trav. Dr. Corbal, 22

36207 Vigo (Pontevedra)

Efectuar un transporte de mercancías (paquetería diversa), careciendo de la tarjeta de transportes. Presenta tarjeta MDL de ámbito nacional caducada en junio de 2000. Servicio público.

14-6-2002; 11.25; C-550; 122

Art. 90 Ley 16/1987 y art. 41 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/1990300 euros

PO-03488-O-2002

PO-2567-AL

G.C. de Tráfico

Demetrio Soares Araújo

Bravos,10

36740 Tomiño (Pontevedra)

Circular transportando fruta y verduras, careciendo de la tarjeta de transportes. Servicio privado.

26-9-2002; 9.35; N-550; 157

Art. 103 Ley 16/1987 e art. 158 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/1990150 euros

-Expediente-Matrícula-Denunciante-Denunciado-Última dirección conocida-Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k.-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

propuesta

PO-03562-O-2002

C-7026-BK

G.C. de Tráfico

Iglesias Miras, Sa

S. Pedro Mezonzo, 43

15899 Santiago de Compostela

(A Coruña)

Circular transportando material de fontanería, no acreditando el conductor la relación laboral con la empresa titular de la autorización.

30-7-2002; 10.20; N-525; 306

Art. 102.3º Ley 16/1987 y art. 157 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/1990300 euros

PO-03564-O-2002

2061-BPC

G.C. de Tráfico

Alimentación Gilda, S.L.

Plgno. Ind. San Ciprián, P 25

32911 San Cibrao das Viñas (Ourense)

Circular transportando congelados, no acreditando el conductor la relación laboral ni familiar con la empresa. Arroja un peso bruto de 5.600 kg, estando autorizado para una MMA de 3.500 kg, lo que supone un exceso de peso de 2.100 kg un 60 % sobre la MMA. Servicio privado.

13-8-2002; 10.21; N-525; 302.300

Art. 102.3º Ley 16/1987 y art. 157 R.D. 1211/1990.

Art. 200.3º R.D. 1211/1990

Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/19901.050 euros

PO-03565-O-2002

C-7615-W

G.C. de Tráfico

Begoña Jiménez Hernández

Gregorio Espiño, 47-61

36205 Vigo (Pontevedra)

Circular transportando palés de madera, no acreditando el conductor la relación laboral con la empresa. En oficio nº 10714 de fecha 13-9-2002 se requiere al titular del vehículo para que acredite la relación laboral del conductor con la empresa denunciada. Al no aportar tal documentación este servicio provincial considera que se realiza un transporte público sin autorización.

2-8-2002; 9.45; N-555; 6

Art. 102.3 Ley 16/1987 y art. 157 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/1990300 euros

PO-03656-O-2002

PO-8318-AS

G.C. de Tráfico

Talleres Elect. de Pontevedra, S. Cop.

Avda. Uruguay, 61

36002 Pontevedra

Circular transportando 648 kg, de barras metálicas de UPN, careciendo de dos distintivos, en la parte trasera y en el lado del conductor. Servicio privado.

17-10-2002; 18.42; PO-242; 4

O.M. del 25 de octubre de 1990 (BOE del 30 de

octubre)

Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/199060 euros