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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Martes, 08 de abril de 2003 Pág. 4.439

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2003, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se publica el fallo de la sentencia 89/2003, de 29 de enero, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia el recurso contencioso-administrativo número 01/0000634/2002-MCM, interpuesto por la Confederación Intersindical Galega contra la resolución de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública de 18 de marzo de 2002, por la que se desestima el recurso de reposición contra la orden de dicha consellería de 18 de diciembre de 2001, por la que convoca el proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo de auxiliares técnicos de la Xunta de Galicia, (grupo D), escala de agentes forestales, dictó sentencia 89/2003, de 29 de enero, pronunciándose en el siguiente sentido:

«Fallamos que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Confederación Intersindical Galega (CIG) contra la desestimación del recurso de reposición interpuesto contra la Orden de 18 de diciembre de 2001 de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo de auxiliares técnicos de la Xunta de Galicia, grupo D, escala de agentes forestales, debemos anular y anulamos la base II.1.2.3. de la convocatoria contenida en dicha orden, en cuanto acepta valorar como méritos servicios prestados en el grupo IV del convenio colectivo único, y lo desestimamos respecto de la impugnación de la base I.2.2.1 en relación con el anexo II de dicha orden; sin hacer imposición de costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes con la advertencia de que es firme por no caber contra ella recurso ordinario alguno ...»

En consecuencia y en virtud de lo dispuesto en el artículo 107 y concordantes la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se publica el fallo de la sentencia 89/2003, de 29 de enero, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que deberá cumplirse en sus propios términos.

Santiago de Compostela, 2 de abril de 2003.

Belén Prado Sanjurjo

Directora general de la Función Pública