Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados cuyos datos y últimos domicilios conocidos que se señalan en el anexo las resoluciones sancionadoras dictadas por el delegado provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber el derecho que les asiste para interponer recurso de alzada, ante el director general de Transportes dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante ingreso que debe
efectuar en cualquier oficina del BBVA. Transacción 1316 NIF S1511001H. Código de la provincia 390004, en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución, firmeza que se producirá al no interponer recurso de alzada dentro del plazo, y de no hacerlo así, se procederá a su cobro por vía de apremio, según lo prescrito en el artículo 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).
Para que conste y les sirva de notificación, a los/las citados denunciados/as, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE nº 285, del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, sello y firmo esta cédula en Ourense, 7 de marzo de 2003.
Xosé Inacio Palomanes Rodríguez
Jefe del Servicio Provincial de Transportes
de Ourense
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Último domicilio conocido -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
M-2004-YU
G. Civil de Tráfico Hermanos Pinzón, 16
28937 Móstoles (Madrid)
3-11-2001; 17.30; N-525; 193,500 Art. 199 c) R.D. 1211/1990 Art. 201 R.D. 1211/1990 7578-BCP
G. Civil de Tráfico Barrio Rosales, 15
29531 Humilladero (Málaga)
7-5-2002; 23.55; A-52; 262,5 Art. 199 b) R.D. 1211/1990 Art. 201 R.D. 1211/1990 CS-2441-AJ
G. Civil de Tráfico Calatrava, 36-2º dcha.
28017 Madrid
17-5-2002; 9.05; A-52; 205 Art. 198 b) R.D. 1211/1990 Art. 201 R.D. 1211/1990 9725-BFJ
Inspección de
Transportes Ricardo Coutir, 13-4º C
32004 Ourense
12-6-2002 Art. 46 R.D. 1211/1990 Art. 201 R.D. 1211/1990OU-0319-O-2002
Miguel Aguilar Rodríguez
Circular con una furgoneta realizando un transporte de «género vaquero», careciendo de dos distintivos, uno lateral derecho y otro trasero, de radio de acción de la tarjeta de transportes, MDP-Nacional.
Art. 142 c) Ley 16/1987
Art. 143 Ley 16/1987
60 euros
OU-01852-O-2002
Manuel Vázquez Sánchez
Realizar transporte público discrecional de mercancías perecederas (precocinados congelados, 12.000 kg), careciendo de tarjeta de transportes. Se ampara en una autorización que presenta signos evientes de no ser documento válido, pues el soporte del mismo no es papel expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Art. 142 b) Ley 16/1987
Art. 143 Ley 16/1987
30 euros
OU-01956-O-2002
Luis Heriberto Sempertegui Solís
Circular transportando diverso material para venta ambulante, anillos, bisutería, etc., careciendo de autorización para el transporte privado complementario.
Art. 141 b) Ley 16/1987
Art. 143 Ley 16/1987
150 euros
OU-2050-I-2002
Ramiro Sorga Prado
Incumplimiento de las condiciones esenciales de la autorización al solicitar el visado de la tarjeta de transportes fuera del plazo legalmente establecido, dándose las condiciones necesarias para su rehabilitación.
Art. 141 c) Ley 16/1987
Art. 143 Ley 16/1987
150 euros
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Último domicilio conocido -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
OR-4623-U
G. Civil de Tráfico Urbanización As Camelias, 29-1º I
32002 Ourense
24-5-2002; 15.40; A-52; 2012,500 Art. 199 l) R.D. 1211/1990 Art. 201 R.D. 1211/1990 8506-BLK
G. Civil de Tráfico Reina Dª Sancha, 2-4º
Trobajo del Camino
24100 San Andrés de Rabanedo
(León)
7-5-2002; 18.15; A-52; 124 Art. 199 b) R.D. 1211/1990 Art. 201 R.D. 1211/1990 PO-1821-AV
G. Civil de Tráfico Sáenz Díez, 40-2º
32003 Ourense
24-6-2002; 10.30; N-525; 264,500 Art. 199 e) R.D. 1211/1990 Art. 201 R.D. 1211/1990 98-32-ON
G. Civil de Tráfico Juan Rodríguez, 4-2º
15900 Padrón (A Coruña)
26-6-2002; 13.15; A-52; 202 Art. 199 e) R.D. 1211/1990 Art. 201 R.D. 1211/1990 BA-3869-L
G. Civil de Tráfico Fuentecilla, s/n
28830 San Fernando de Henares
(Madrid)
17-7-2002; 18.30; OUR-301; 2,700
Art. 198 b) R.D. 1211/1990 Art. 201 R.D. 1211/1990 C-3426-AZ
G. Civil de Tráfico Cobo-Tamallancos, s/n
32101 Vilamarín (Ourense)
18-7-2002; 12.17; N-120; 461 Art. 199 e) R.D. 1211/1990 Art. 201 R.D. 1211/1990OU-02210-O-2002
Jesús Sampedro Feijóo
Realizar una jornada de conducción diaria de 11 horas y 40 minutos, comprendida entre dos descansos diarios de al menos ocho horas ininterrumpidas. Conducción comprendida entre las 7.54 horas del día 21-5-2002, (finaliza un descanso diario), y las 0.25 horas del día 22-2-2002, (inicia el siguiente descanso diario). Excede de la conducción diaria máxima permitida de 10 horas, (exceso de 1.40 horas).
Art. 142 k) Ley 16/1987
Art. 143 Ley 16/1987
180 euros
OU-02230-O-2002
Carlos López Carbajo
Circular transportando mesas, careciendo de tarjeta de transportes. Circula amparado en una fotocopia compulsada de una autorización ASCC-IT, caducada en fecha 31-3-2002.
Art. 142 b) Ley 16/1987
Art. 143 Ley 16/1987
30 euros
OU-02282-O-2003
Juan Antonio Rodríguez Vázquez
Realizar un servicio público de mercancías, transportando pan y bollería con una masa total en carga de 4.100 kg estando autorizado para una masa máxima de 3.500 kg. Exceso de 600 kg (17%). Pesaje nº 177 en báscula móvil marca Haenni WL 103 nº 235812355. Verificación CEM 18-7-2001.
Art. 142 e) Ley 16/1987
Art. 143 Ley 16/1987
150 euros
OU-02337-O-2002
Graveras Limia, S.L.
Circular con el vehículo reseñado realizando un transporte de arena con un peso total en carga de 42.450 kg, estando autorizado para un PMA de 40.000 kg. Exceso de 2.450 kg (6% de exceso). Pesaje efectuado con báscula Haenni WL-103, planchas 1688 y 1694.
Art. 142 e) Ley 16/1987
Art. 143 Ley 16/1987
210 euros
OU-02558-O-2002
Idalina Machado
Circular realizando un transporte variado de enseres, (colchón, madera, patatas y productos alimenticios embolsados), careciendo de la correspondiente tarjeta de transportes.
Art. 141 b) Ley 16/1987
Art. 143 Ley 16/1987
150 euros
OU-02619-O-2002
Cruceiro Explotaciones Forestales, S.L.
Transportar madera con una masa total en carga de 40.650 kg, siendo la masa máxima autorizada de 38.000 kg (exceso de 2.650 kg, 6%). Báscula Haenni WLN nº 1688 y 1694, tiquet nº 1421.
Art. 142 e) Ley 16/1987
Art. 143 Ley 16/1987
210 euros