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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Viernes, 04 de abril de 2003 Pág. 4.250

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 200/2003, de 20 de marzo, por el que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se procede a la creación del Registro Telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano.

La Constitución española de 1978 y más recientemente la Lei 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, instauran un nuevo concepto de las relaciones entre las administraciones públicas y los ciudadanos, positivizando el último cuerpo normativo, en el artículo 35, una serie de derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las administraciones públicas.

A fin de alcanzar un acercamiento de la Administración a los ciudadanos, el presente decreto constituye un referente normativo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, que garantiza los derechos que el bloque constitucional les reconoce a los ciudadanos en sus relaciones con la Administración, derechos tales como el derecho de información y atención al ciudadano, el derecho de acceso a los registros y el derecho a presentar sugerencias y quejas, produciéndose el cambio de derechos potenciales a derechos efectivos.

El presente decreto consta de 32 artículos, 3 disposiciones adicionales, 2 disposiciones transitorias, 4 disposiciones derogatorias y 2 disposiciones finales, estructurándose dichos artículos en 4 capítulos.

En el capítulo I se determina su objeto y ámbito de aplicación.

El capítulo II se dedica a la regulación de los registros dando cumplimiento al mandato contenido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que establece en su artículo 38.8º que las administraciones públicas deberán hacer pública y mantener actualizadas las oficinas de registro propias o concertadas, sus sistemas de acceso y comunicación así como los horarios de funcionamiento. Conforme al citado mandato legal se procede en este decreto a determinar, por una parte, las oficinas de registro propias de la Administración de la Comunidad Autónoma, estableciendo el carácter de registro general o auxiliar de los mismos y, por otra, proceder a la fijación de las oficinas de registro concertadas. En este sentido, es necesario decir que desde el 15 de febrero de 1996, fecha en la que se suscribió un convenio de colaboración entre la Consellería de la

Presidencia y Administración Pública y la Federación Gallega de Municipios y Provincias (Fegamp), se estableció la posibilidad de incorporación de los ayuntamientos al mismo lo que significa, a los efectos que nos ocupan, la posibilidade de operar como registros de carácter general de escritos, solicitudes o comunicaciones dirigidas a cualquier órgano de la Administración autonómica de Galicia. Son muchos los ayuntamientos incorporados a dicho sistema desde el año 1996 por lo que a la necesidad de proceder al cumplimiento del mandato contenido en el artículo 38.8º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, es necesario añadir la necesidad de refundición en un único texto normativo de los existentes en la actualidad.

Se acomete en este decreto la creación de un registro telemático que permitirá la presentación por vía telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones y que estará encargado de la gestión y recepción de dichas solicitudes, escritos y comunicaciones para aquellos procedimientos que sean objeto de tramitación electrónica, según lo establecido en el apartado 9 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, introducido por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, que establece la posibilidad de crear registros telemáticos para la recepción y salida de aquellas solicitudes, escritos y comunicaciones que se transmitan por medios telemáticos.

Con la creación de este registro telemático, se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 30/1992, que insta a las administraciones públicas para que promuevan la incorporación de técnicas o medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias. Dichas técnicas no se circunscriben exclusivamente a la creación del registro telemático de la Xunta de Galicia sino que se extienden también a la multiplicidade de aspectos que se regulan en este decreto y que pretenden la continuación del periplo iniciado por la Xunta de Galicia en el año 1990, cuando comenzó un camino de modernización y agilización de la Administración, con el objetivo de realizar sus actividades bajo los principios de eficacia, eficiencia y garantía

en su ejercicio. En este sentido se observó inmediatamente la necesidad de utilizar el soporte informático y el tratamiento automatizado de la información, así como la de abrir la posibilidad de la comunicación telemática para proporcionar flexibilidad a la comunicación entre las partes, el ejercicio de las funciones, las actividades y las actuaciones de todos los órganos administrativos, generalizando de esta forma el uso de los medios informáticos en el ámbito de la Administración autonómica gallega y produciéndose un crecimiento exponencial de los procedimientos que se tramitan en su totalidad a través de medios informáticos, incluyendo la relación con los administrados.

En este capítulo se establece el régimen básico de los registros de la Administración de la Comunidad Autónoma, resaltándose el derecho de los ciudadanos a presentar solicitudes, escritos y comunicaciones en cualquiera de los registros de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia propios o concertados, y en los recogidos en el artículo 7 del presente decreto, así como el derecho de los ciudadanos a que se expida un recibo acreditativo de la presentación realizada.

En el capítulo III se procede a la regulación de la atención al ciudadano, concibiéndola, dada su trascendencia, en un modo amplio, como el conjunto de actividades y medios que la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia pone a disposición de los ciudadanos para el ejercicio de sus derechos, el cumplimiento de sus obligaciones y el acceso a los servicios públicos, estableciéndose la regulación de las actividades y medios que la integran. Asimismo, resulta necesario regular la organización, el funcionamiento y la coordinación de las unidades administrativas que integran el Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano y que tienen como función y actividad fundamental la información de las actividades y servicios que desarrolla y presta la Administración y, la atención a los ciudadanos; estableciéndose el marco jurídico de su actuación, el contenido de su competencia, la atribución de funciones y el alcance de su responsabilidad en el ejercicio de aquellas. Se

procede también en este capítulo a la regulación del derecho de los ciudadanos a la presentación de sugerencias y quejas como instrumento adecuado para recoger las demandas de los ciudadanos respecto de la creación, ampliación o mejora de los servicios públicos.

Finalmente, en el capítulo IV se procede a la regulación de las webs de la Xunta de Galicia en las que está integrada la información que la Comunidad Autónoma de Galicia ofrece por la rede de Internet en el Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano que, a pesar de estar regulado en el capítulo III deste decreto, requiren por su especificidad un tratamiento autónomo a fin de garantizar la homoxeneidad e integridad de las webs de la Administración Autonómica.

En definitiva, el presente decreto constituye una aportación para el ejercicio fácil de los derechos que los ciudadanos tienen frente a la Administración, derechos reconocidos en el artículo 35 de la Ley 30/1992, que, a pesar de la trascendental aportación que supuso desde el punto de vista normativo, requieren para que se produzca el cambio de derechos potenciales a derechos efectivos de un esfuerzo por parte de la Administración de acercamiento a los ciudadanos de modo que se per

ciba el aire continuo de reforma sensible y receptor de las continuas innovaciones técnicas como le corresponde a una Administración moderna.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Galicia y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinte de marzo de dos mil tres,

DISPONGO:

Capítulo I

Disposiciones generales

Artículo 1º.-Objeto.

El presente decreto tiene por objeto regular y determinar las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, proceder a la creación del registro telemático de la Xunta de Galicia y regular la atención al ciudadano.

Artículo 2º.-Ámbito de aplicación.

1. El presente decreto será de aplicación a todos los órganos y unidades de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como a todos los organismos autónomos, entidades de derecho público y demás entes públicos vinculados o dependientes de la misma. Estas entidades sujetarán su actividad al presente decreto en cuanto ejerzan potestades administrativas, sometiéndose en el resto de su actividad a lo que dispongan sus normas de creación.

2. El ámbito de aplicación del presente decreto se extenderá a todas las entidades de la Administración local de la Comunidad Autónoma de Galicia que en virtud de convenio suscrito con la Administración de la Comunidad Autónoma se incorporen al régimen establecido en el.

Capítulo II

De los registros

Artículo 3º.-De los registros de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

1. Las oficinas de registro de la Xunta de Galicia son unidades administrativas que tienen la consideración de órganos administrativos por tener atribuidas funciones que tienen efectos jurídicos frente a terceros.

2. El registro general de la Xunta de Galicia está adscrito a la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

3. En todas las consellerías de la Xunta de Galicia, organismos autónomos, entidades de derecho público y demás entes públicos vinculados o dependientes de ella, así como en las delegaciones o direcciones provinciales o territoriales de las mismas, existirá una oficina de registro.

4. Cuando estén ubicadas en un mismo edificio o complejo administrativo dependencias de dos o más consellerías, organismos autónomos, entidades de derecho público y entes públicos existirá un solo registro unificado que pasará a depender del registro general.

Artículo 4º.-De los registros auxiliares.

1. Cuando el volumen o la naturaleza de las actividades de un órgano o de una unidad administrativa lo aconsejen, podrán establecerse en ellos registros auxi

liares vinculados a las oficinas de registro de la consellería, organismos autónomos, entidades de derecho público y entes públicos de los que dependan orgánicamente.

2. Los registros auxiliares estarán obligados a comunicar a las oficinas de registro de la consellería, organismos autónomos, entidades de derecho público y entes públicos de los que dependan, todos los asientos que realicen, salvo que estén conectados en la red privada de voz y datos de la Xunta de Galicia.

3. Su creación, modificación o supresión se hará por orden conjunta de la Conselleria de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública y la consellería correspondiente.

Artículo 5º.-Registro Telemático de la Xunta de Galicia.

1. Se crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia para la recepción o salida de todas las solicitudes, escritos y comunicaciones que se transmitan por vía telemática mediante firma electrónica avanzada en el ámbito de los procedimientos que figuran en el anexo VII.

Para la utilización del Registro Telemático de la Xunta de Galicia es necesario que esta posibilidad esté previamente contemplada en la normativa aplicable a los procedimientos administrativos objeto de tramitación electrónica en la Xunta de Galicia.

2. Todas las solicitudes, escritos y comunicaciones que se habiliten para la tramitación electrónica estarán disponibles en la dirección: http://www.xunta.es/servicios/

3. El Registro Telemático de la Xunta de Galicia queda adscrito a la Secretaría General de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

4. Para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones en el Registro Telemático el interesado deberá poseer un certificado digital bajo la norma X.509 V3 expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.

Artículo 6º.-De las actividades propias de los registros.

Constituyen actividades propias de los registros:

a) La recepción de solicitudes, escritos y comunicaciones presentadas por los ciudadanos, así como de los documentos que los acompañen dirigidos a las administraciones públicas.

b) La expedición de recibos de presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones.

c) La anotación de asientos de entrada y salida de las solicitudes, escritos y comunicaciones.

d) La remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones a los órganos o unidades destinatarias.

e) Emitir certificaciones de las solicitudes, escritos y comunicaciones que se hayan presentado.

f) Cualquier otra que le atribuyan legal o reglamentariamente.

Artículo 7º.-Lugares de presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan a los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma podrán presentarse:

a) En cualquiera de las oficinas de registro, propias o concertadas, de la Administración de la Comunidad Autónoma que se determinan en los anexos I y II del presente decreto y, en su caso, a través del Registro Telemático.

b) En cualquier oficina de registro de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración general del Estado y a la de cualquier Administración de las comunidades autónomas.

c) En las oficinas de correos en la forma establecida reglamentariamente.

d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Artículo 8º.-De los recibos de presentación.

1. Los registros expedirán un recibo acreditativo de la fecha de presentación de todas las solicitudes, escritos y comunicaciones que presenten los ciudadanos. El recibo se expedirá en el mismo momento de la presentación y en él quedará constancia de la identidad del remitente, el órgano destinatario, el lugar y la fecha de presentación y un extracto del contenido de la solicitud.

2. Cuando la presentación se efectúe aportando una copia en papel, el recibo consistirá en la mencionada copia, en la que se hará constar el lugar de presentación y la fecha. Si no se aportase copia, el registro podrá optar por realizar una copia de la solicitud, escrito o comunicación o por la expedición del recibo referido en el apartado anterior, según el modelo que se recoge en el anexo III.

3. Cuando el ciudadano efectúe la presentación a través de soportes, medios o aplicaciones informáticas, electrónicas o telemáticas, el recibo se expedirá de acuerdo con las características del soporte, medio o aplicación del asiento efectuado, y su información deberá reunir los requisitos expresados en los apartados anteriores.

Artículo 9º.-Registro de entrada y salida.

1. Serán registrados de entrada todas las solicitudes, escritos o comunicaciones dirigidas a un órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma o a otros órganos de cualquiera de las administraciones públicas referidas en el artículo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en los términos previstos en el mismo y, en caso de entidades que integran la Administración local de Galicia, a los efectos previstos en el artículo 38.4º b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, siempre que se haya suscrito el oportuno convenio.

2. Serán registrados de salida los escritos o comunicaciones oficiales dirigidos a otros órganos de la Admi

nistración de la Comunidad Autónoma, a órganos de otras administraciones públicas y a los particulares.

3. En las oficinas de registro a la que se refiere el artículo 7º a) se pondrá a disposición de aquellas personas que pretendan la presentación simultánea de un número superior a 10 solicitudes, escritos o comunicaciones un impreso, según el modelo que se adjunta como anexo IV al presente decreto, para que relacionen aquellas, numerándolas y especificando la identidad de los interesados, los órganos destinatarios así como un extracto de los contenidos.

Artículo 10º.-Envío de documentos dirigidos a otras administraciones públicas.

Los documentos presentados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, que estén dirigidos a otras administraciones públicas, una vez registrados de entrada, se enviarán a los órganos a los que estén dirigidos dentro del plazo máximo de 2 días hábiles procediéndose al registro de salida, del que se hará el correspondente asiento.

Artículo 11º.-Características de los asientos.

1. Cada documento que se reciba en las dependencias del registro o se presente por medios telemáticos tendrá el correspondente asiento que contendrá, como mínimo, los siguientes datos:

a) El número de registro, que es el número identificador del documento.

b) La fecha y hora de presentación en el registro; que indica el día, la hora y el minuto en que se presenta el documento en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7º a) del presente decreto.

c) El tipo de documento, indicativo de la naturaleza del documento que se rexistra.

d) El asunto del documento, con un resumen explicativo del contenido de éste.

e) La identificación de la persona, el órgano, la unidad administrativa o el organismo público de procedencia.

f) La identificación de la persona, el órgano, la unidad administrativa o el organismo público al que se dirige.

2. Cada asiento relativo a la salida de un documento deberá contener los mismos datos señalados en el apartado anterior, si bien la fecha y la hora que se hará constar, será la de la salida del documento.

3. Cuando el documento se registrase de entrada en otra dependencia del registro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, dicho documento mantendrá la identificación numérica que le asignó el primer registro.

Artículo 12º.-Sellado de documentos.

1. Todos los escritos que sean registrados en las oficinas de registro propias o concertadas deberán ser sellados excepto los presentados en el registro telemático.

2. Los sellos del registro contendrán los siguientes datos:

a) La especificación del registro de que se trate.

b) El espacio destinado al número de entrada o salida que se le asigne al documento.

c) El espacio destinado a la fecha, la hora y el minuto de presentación en el registro del documento.

Artículo 13º.-Garantías del registro.

1. Los registros tendrán que cerrar cada día y los asientos registrales quedarán ordenados cronológicamente según el orden de presentación o salida de los documentos.

2. La instalación en soporte informático de las oficinas de registro garantizará la plena interconexión e integración de los registros entre ellos.

3. En todos los casos tendrá que garantizarse la certeza de los datos registrales.

Artículo 14º.-Sistemas de acceso.

El sistema de acceso para todos los registros que se determinan en el presente decreto será mediante personación en la correspondiente oficina, por correo o por vía telemática, en su caso.

Artículo 15º.-Medios de presentación.

La presentación de las distintas solicitudes, escritos o comunicaciones ante las oficinas de registros propias o concertadas podrá efectuarse en soporte papel o por medios informáticos, electrónicos o telemáticos.

Artículo 16º.-Efectos de la presentación.

1. A efectos de cumplimiento de los plazos por los ciudadanos, se entenderá como fecha de recepción, la fecha de entrada de las solicitudes, escritos y comunicaciones, en los lugares previstos en el artículo 7º de este decreto.

2. A efectos de cumplimiento de los plazos por la Administración, y en particular del plazo máximo en que debe notificarse la resolución expresa, éstos se computarán desde la fecha de entrada de las solicitudes, escritos y comunicaciones en el registro del órgano competente para su tramitación, de conformidad con la disposición adicional primera de la Ley 6/2001, de 29 de junio, de adecuación de la normativa de la Comunidad Autónoma de Galicia a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Capítulo III

De la atención al ciudadano

Artículo 17º.-La atención al ciudadano.

1. Las actividades que integran la atención al ciudadano son la información, orientación y recepción de las sugerencias o quejas que puedan mejorar la calidad de los servicios públicos de la Comunidad Autónoma.

2. El Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, dependiente funcionalmente de la Inspección General de Servicios de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, estará integrado por:

-El Centro de Información Administrativa y Atención al Ciudadano de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

-Las oficinas de Información Administrativa y Atención al Ciudadano de las diferentes consellerías y delegaciones provinciales o territoriales.

-Las oficinas de Información Administrativa y Atención al Ciudadano en los edificios administrativos de la Xunta de Galicia.

-Las oficinas comarcales de la Xunta de Galicia.

-Los puntos de Información Administrativa y Atención al ciudadano (PIC).

-El teléfono de Información Administrativa y Atención al Ciudadano 902 12 00 12.

-La red de ventanilla única con la Administración local (anexo II).

-Las webs de la Xunta de Galicia en la dirección: http://www.xunta.es/

3. La relación completa de los órganos que integran el Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, las direcciones postales, las direcciones electrónicas, los números de teléfonos y telefax, se publica como anexo V a este decreto.

Artículo 18º.-Información.

La información al ciudadano de la Comunidad Autónoma de Galicia se configura como un sistema de información de interés para el ciudadano y tiene como finalidad mejorar y facilitar el acceso a los servicios que presta la Administración autonómica de Galicia en sus relaciones con los ciudadanos.

Artículo 19º.-Tipos de información.

La información facilitada por las oficinas de información administrativa y atención al ciudadano podrá ser general o particular.

Artículo 20º.-Información general.

La información general tiene por objeto ofrecer a los ciudadanos una visión global, homogénea y sistematizada de la Xunta de Galicia, que comprenderá:

a) Información relativa a la estructura organizativa y funcional, incluyendo directorio de unidades administrativas y centros, y horarios de los mismos.

b) Información de cada procedimiento administrativo referida a su finalidad, legislación aplicable, requisitos y documentación necesaria para su tramitación, así como el órgano responsable de su gestión.

c) En general, cuantos datos sirvan de base a quien tenga que relacionarse con la Administración autonómica, y, de conformidad con el artículo siguiente, no tuviesen el carácter de información particular.

Artículo 21º.-Información particular.

1. La información particular consistirá en facilitar a los interesados o a sus representantes legales, el estado de la tramitación en que se encuentra su expediente administrativo.

2. La petición de información de carácter particular vendrá avalada por la identificación del solicitante, garantizándose la confidencialidad y la integridad de los datos de carácter personal, de acuerdo con la normativa estatal y autonómica sobre protección de datos de carácter personal.

Artículo 22º.-Actualización de la información.

La Inspección General de Servicios, en coordinación con las distintas secretarías generales de las consellerías de la Xunta de Galicia, que a tal efecto designarán un interlocutor, será la responsable de la gestión y actualización del contenido de la información general.

Artículo 23º.-Acceso a la información.

1. Los ciudadanos podrán acceder al sistema de información de la Administración de la Comunidad Autó

noma de Galicia, en las oficinas de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, presencialmente, por escrito, por teléfono o por correo electrónico a través de Internet.

2. Las informaciones que se suministren serán claras y comprensibles, concretas, íntegras y adecuadas a la información solicitada.

3. Si la petición de información por parte del ciudadano no pudiese ser resuelta de modo inmediato con los medios de que dispone el empleado de atención al público, la misma será contestada en el plazo de dos días hábiles siempre que el ciudadano le facilite los datos precisos para efectuar el contacto.

Artículo 24º.-Carácter de las informaciones emitidas.

Las actuaciones que realicen los empleados públicos del Sistema de Información Administrativa y Atención al ciudadano tendrán un carácter informativo para quien lo solicite, y, por lo tanto, en ningún caso entrañarán una interpretación normativa a la que se refiere el artículo 37.10º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. La información facilitada no podrá invocarse a efectos de interrupción o suspensión de plazos, caducidad o prescripción, ni servirá de instrumento formal de notificación en el expediente.

Artículo 25º.-Sugerencias y quejas.

1. Los ciudadanos e instituciones públicas o privadas podrán formular las sugerencias o quejas que estimen convenientes sobre el funcionamiento de los servicios públicos de la Administración autonómica a fin de mejorar la calidade de los mismos.

2. Las sugerencias y quejas formuladas según lo dispuesto en el apartado anterior, no tendrán en ningún caso la calificación de recurso administrativo ni su presentación suspenderá los plazos establecidos en la normativa vigente.

3. La presentación de sugerencias y quejas no condiciona en modo alguno el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercitar los que figuren en él como interesados.

Artículo 26º.-Presentación.

1. La forma de presentación de las sugerencias y quejas podrá ser:

a) Por escrito dirigido a la Inspección General de Servicios, que contendrá los datos de la oficina tramitadora, nombre del funcionario, y los hechos que motivaron la sugerencia o queja, los datos que permitan la identificación del ciudadano para los efectos de su notificación, así como el objeto de su sugerencia o reclamación.

A estos efectos, se publica como anexo VI un modelo impreso del que se facilitarán ejemplares en todas las oficinas de registro.

b) Por correo electrónico, a través de Internet, accediendo a la página web de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública. Igualmente en este caso, las sugerencias o quejas irán dirigidas a la Inspección General de Ser

vicios, debiendo figurar el nombre, apellidos y domicilio a efectos de notificación.

2. En caso de quejas o sugerencias que afecten a organismos o instituciones ajenas a la Administración autónomica, se dará traslado de las mismas a quien corresponda notificándolo al interesado.

3. Las sugerencias y quejas podrán presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7º del presente decreto.

Artículo 27º.-Tramitación de quejas.

1. Recibida la queja en las oficinas o registros referidos, se dará traslado inmediato de la misma a la Inspección General de Servicios.

2. Una vez recibida en la Inspección General de Servicios, esta, a su vez, dará traslado de la queja a la secretaría general de la consellería afectada por la misma, quien en el plazo de 15 días deberá remitir informe al respecto, en el que se añada una propuesta de actuación en relación a la queja.

3. Una vez emitido el informe y recibido en la Inspección General de Servicios, esta dará traslado del mismo al interesado, dándole un plazo de 10 días para que formule las alegaciones que estime oportunas.

4. A la vista del informe solicitud, y de las alegaciones formuladas por el interesado, la Inspección General de Servicios, podrá adoptar alguna de las medidas siguientes:

a) Recomendar la adopción de las medidas tendentes a la subsanación de la /de las anomalía/as detectadas.

b) Formular una propuesta de mediación con el interesado, cuando la entidad del asunto lo permita y sea aceptada por el interesado.

c) Proponer la incoación de un expediente disciplinario cuando se constate la existencia de alguna de las causas previstas legalmente para su incoación.

d) Cualquier otra medida, tendente a solucionar la queja planteada.

En todo caso, y en el plazo de 20 días contados desde la recepción de la queja en la Inspección General de Servicios, ésta deberá notificar al interesado las actuaciones llevadas a cabo al respecto.

5. En el supuesto de que expire el plazo de 15 días para que la correspondiente secretaría general emita el informe solicitado, la Inspección General de Servicios, le remitirá nuevo escrito advirtiendo de la obligación de emitir el informe solicitado a la mayor brevedad posible, poniéndolo en conocimiento de la Secretaría General de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública para su elevación a la Comisión de Secretarios Generales.

Artículo 28º.-Tramitación de sugerencias.

1. Recibida la sugerencia en las oficinas o registros referidos, se dará traslado de la misma a la Inspección General de Servicios.

2. Una vez recibida en la Inspección General de Servicios, ésta, a su vez, dará traslado de la sugerencia a la secretaria general de la consellería afectada por la misma, quien en el plazo de 20 días deberá remitir informe al respecto.

3. Una vez emitido el informe y recibido en la Inspección General de Servicios, se dará traslado del mismo al interesado, poniendo fin con la referida notificación, a su tramitación.

Artígo 29º.-Seguimiento y control.

La Inspección General de Servicios llevará el control y seguimiento de las quejas y sugerencias planteadas en las distintas unidades administrativas de la Administración autónomica.

El ámbito de la actuación de la Inspección General de Servicios, se entenderá sin perjuicio de las inspecciones sanitaria, financiera, tributaria, educativa, laboral o cualquier otra que establezcan las disposiciones normativas vigentes por las que se rigen.

Capítulo IV

Webs de la Xunta de Galicia

Artículo 30º.-Información en las webs de la Xunta de Galicia.

1. El acceso a la información de las webs de la Xunta de Galicia tendrá lugar a través de la dirección de Internet: http://www.xunta.es/

2. La información que la Xunta de Galicia ofrece por la red Internet como parte integrante del Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano se organiza en las diferentes webs de las consellerías, centros directivos, organismos autónomos y entidades de derecho público de ellas dependientes. El sitio web oficial de la Xunta de Galicia dispondrá de los vínculos a dichas webs.

3. Desde la primera página del sitio web de la Xunta de Galicia se accederá al Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, al Sistema de Sugerencias y Quejas, a la tramitación telemática de procedimientos y al Diario Oficial de Galicia.

En caso de tramitación telemática de procedimientos se estará a lo que se especifique en la norma de creación de los mismos, así como será necesario que el interesado disponga de una dirección electrónica habilitada para ello, según lo dispuesto en las disposiciones vigentes en la materia.

Artículo 31º.-Contenido de las webs.

1. El diseño y contenido de las páginas que se editen en Internet será adecuado a las necesidades de los distintos órganos. En cualquier caso, el criterio general será suministrar información de utilidad a los usuarios y facilitar su localización en las webs de la Xunta de Galicia.

2. La Inspección General de Servicios de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, actuará como centro coordinador de la información, garantizando la homogeneidad e integridad de su contenido, con el objeto de evitar duplicidades y contradicciones.

La Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos, facilitará, en su caso, los medios técnicos necesarios para que cada consellería, centro directivo, organismo autónomo y entidade de derecho público publique en Internet o en la Intranet sus páginas y realicen su mantenimiento y actualización; revisará los formatos y la calidad técnica de los contenidos y los servicios publicados.

En cualquier caso, cada página contendrá en su cabecera el logotipo de la Xunta de Galicia, que servirá de enlace con la página de inicio de la comunidad, la consellería, centro directivo, organismo autónomo y entidade de derecho público a la que pertenece la página consultada, un enlace a la página principal de dicha consellería, un enlace al sistema de sugerencias y quejas, un buscador, y un buzón a través del que los ciudadanos harán llegar sus consultas, sugerencias o comentarios sobre la página web.

3. Asimismo, cada página llevará la dirección del organismo o unidad responsable e información necesaria para que el usuario pueda contactar con la unidad, incluyendo una dirección de correo electrónico.

4. En la primera edición se determinarán los plazos de revisión de las respectivas páginas, excepto en aquellas que sean de actualización continua. Aquellas que no sean revisadas y, en su caso, actualizadas en los plazos establecidos serán retiradas directamente por la Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública hasta su actualización, de conformidad con la consellería correspondiente.

Artículo 32º.-Comisión de las Webs de la Xunta de Galicia.

1. Se crea la Comisión de las Webs de la Comunidad Autónoma de Galicia dependiente de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública que estará integrada por el secretario general para las Relaciones con los Medios Informativos, el inspector general de Servicios, el director general de Organización y Sistemas Informáticos, y los secretarios generales de cada consellería; estará presidida por el secretario xeral de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, y actuará como secretario un funcionario designado por el director general de Organización y Sistemas Informáticos.

2. Le corresponde a la Comisión de las Webs de la Xunta de Galicia determinar el contenido de la información general a que se refiere el artículo 20º del presente decreto y adoptar cuantas medidas sean precisas para garantizar la coordinación de la información específica aportada por las distintas consellerías en sus páginas webs, y adoptando, en su caso, las medidas precisas a fin de alcanzar la homogeneidad y sistematización a que hace referencia dicho artículo. A estos efectos ejercerá las siguientes funciones:

a) La revisión y aprobación de los proyectos de webs propuestos por los departamentos y organismos de la Comunidad Autónoma. Previamente, recibirá la correspondiente aprobación y certificación emitida por la Comisión de Informática en relación a la arquitectura, características y formatos técnicos de los proyectos de webs.

b) El seguimiento de las operaciones que se realicen en relación a las creaciones, elaboraciones, modificaciones, actualizaciones o supresiones de las páginas webs de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia o de sus contenidos.

c) La elaboración de una memoria anual para su elevación al Consello de la Xunta a través del conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Admi

nistración Pública sobre el funcionamiento y contenidos de las webs de la Comunidad Autónoma, para el cual podrá recabar la información necesaria de los órganos correspondientes.

d) La elaboración de un manual de instrucciones de las webs de la Xunta de Galicia referido a su presentación, contenidos y aspectos técnicos.

3. Con la finalidad de facilitar la actividad de esta comisión se crea la Subcomisión de Presentación y Contenidos, que elevará las correspondientes propuestas a la Comisión de las Webs de la Xunta de Galicia.

Disposiciones adicionales

Primera.-En los anexos I y II del presente decreto se relacionan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia. Cuando como consecuencia de orden de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública se proceda a la creación o modificación de oficinas de registro se procederá a la permanente actualización de la relación de las oficinas de registro propias o concertadas, estando la citada relación a disposición de los ciudadanos en todo el Sistema General de Información al Ciudadano de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

Segunda.-Horarios de los registros:

a) El Registro Telemático de la Xunta de Galicia estará en funcionamiento durante las veinticuatro horas del día, todos los días del año. La presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones podrá realizarse en los registros telemáticos durante las veinticuatro horas de todos los días del año.

La presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones en registros telemáticos, su recepción, así como las remisiones de escritos y comunicaciones por aquellos, se regirá a efectos de cómputo de los plazos fijados en días inhábiles por los siguientes criterios:

1. Serán considerados días inhábiles, para los registros telemáticos y para los usuarios de este, sólo los así declarados para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia en el calendario laboral de días inhábiles.

2. La recepción de solicitudes, escritos y comunicaciones efectuadas en un día inhábil para el registro telemático se entenderá efectuada en la primera hora del primer día hábil siguiente. A estos efectos en el asiento de la entrada se inscribirán como fecha y hora de presentación aquellas en que se produjo efectivamente la recepción; constando como fecha y hora de entrada las cero horas y un minuto del primer día hábil siguiente.

3. Los registros telemáticos no realizarán ni anotarán salidas de escritos y comunicaciones en días inhábiles.

b) El horario de atención al público del Registro General de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública en Santiago de Compostela, de los registros de las respectivas delegaciones provinciales de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, y de los edificios administrativos de A Coruña (Monelos), Ferrol, Lugo y Vigo, será de 8 horas a 20 horas en jornada de lunes a viernes.

c) El horario de atención al público de los registros no previstos en el apartado anterior será de 9 a 14 horas en jornada de lunes a viernes.

d) Los sábados funcionarán en horario de 9 a 14 horas el registro general de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública en Santiago de Compostela, los registros de las respectivas delegaciones provinciales de la citada consellería y de los edificios administrativos de la Xunta de Galicia en A Coruña (Monelos), Ferrol, Lugo y Vigo.

e) Las oficinas de registro de la Administración local concertadas con la Administración de la Comunidade Autónoma de Galicia, se ajustarán a sus propios horarios.

Tercera.-El presente decreto no supondrá incremento de gasto.

Disposiciones transitorias

Primera.-Las oficinas de registro reguladas en el apartado 3 del artículo 3º del presente decreto dependerán de las diferentes consellerías en tanto no se proceda a la creación de una oficina única de registro, adscrita al Registro General de la Xunta de Galicia.

Segunda.-El horario de atención al público de las oficinas de registro, previsto en la disposición adicional segunda, párrafo b, en el que exceda del horario de funcionamiento actual, entrará en vigor por orden de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, previos los trámites exigidos por la normativa vigente en la materia.

Disposiciones derogatorias

Primera.-Queda derogado el capítulo II del Decreto 21/1999, de 5 de febrero, por el que se regula la utilización de la red Internet por la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segunda.-Queda derogado el artículo 3.3º del Decreto 121/1992, de 14 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica y las funciones de la Inspección General de Servicios de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

Terceira.-Queda derogada la Orden de 21 de diciembre de 1993, por la que se regula la llevanza de los libros de registro en las cofradías de pescadores.

Cuarta.-Queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango que se oponga a lo establecido en este decreto.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo del presente decreto.

Segunda.-Este decreto entrará en vigor al día seguinte de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veinte de marzo de dos mil tres.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública

ANEXO I

OFICINAS DE REGISTRO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE GALICIA

REGISTROTIPODIRECCIÓNPROVINCIA

REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RR.II. Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICASS.CC.EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DE LA ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICASS.CC.CALLE MADRID, 2-4, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN AL CIUDADANOSS.CC.DOCTOR TEIJEIRO, 26, ENTREPLANTA, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DE LA SECRETARÍA PARA LAS RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN EXTERIORSS.CC.FEÁNS, 5, BAJOA CORUÑA

REGISTRO DE LA CASA DE GALICIA EN MADRIDSS.CC.CASADO DE ALISAL, 8MADRID

REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE A CORUÑAPROV.PZA. LUIS SEOANE, EDIF. ADMVO. MONELOSA CORUÑA

REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE FERROLPROV.PLAZA CAMILO JOSÉ CELA, S/N, 1º, FERROLA CORUÑA

REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE LUGOPROV.RONDA DE LA MURALLA, Nº 70LUGO

REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL DE ORDESPROV.GENERAL MOLA, S/N, ORDESA CORUÑA

REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL DE VILALBAPROV.POETISA CARMIÑA PRIETO ROUCO, S/N, VILALBALUGO

REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO AMINISTRATIVO DE OURENSEPROV.AVDA. DE LA HABANA, 79OURENSE

REGISTRO OFICINA COMARCAL DE O BARCO DE VALDEORRASPROV.RAMÓN OTERO PEDRAYO, 11, CASA GRANDE DE VILOIRA, O BARCO DE VALDEORRASOURENSE

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRAPROV.BENITO CORBAL, 47, 1ºPONTEVEDRA

REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL DE LALÍNPROV.AREAL, 30, BAJO, LALÍNPONTEVEDRA

REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE VIGOPROV.CONCEPCIÓN ARENAL 8, BAJO, VIGOPONTEVEDRA

REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDASS.CC.EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, BLOQUE 3 SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE ESTADÍSTICA (IGE)SS.CC.COMPLEJO ADMINISTRATIVO SAN LÁZARO, SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE)SS.CC.COMPLEJO ADMINISTRATIVO SAN LÁZARO, SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL CENTRO INFORMÁTICO PARA LA GESTIÓN TRIBUTARIA ECONÓMICO FINANCIERA Y CONTABLE (CIXTEC)SS.CC.CALLE DOMINGO FONTÁN, 9, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑAPROV.PLAZA DE PONTEVEDRA, Nº 22A CORUÑA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE LUGOPROV.RONDA DE LA MURALLA, Nº 70, 1º PISOLUGO

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSEPROV.C/ PROGRESO, Nº 38OURENSE

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRAPROV.C/ MICHELENA, Nº 30PONTEVEDRA

REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE)TERR.PLAZA DE PONTEVEDRA, 22, 2ºA CORUÑA

REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE)TERR.CALLE VALLE INCLÁN, 2OURENSE

REGISTROTIPODIRECCIÓNPROVINCIA

REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE)TERR.CALLE MICHELENA, 30PONTEVEDRA

REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDASS.CC.EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELOSS.CC.ÁREA CENTRAL, S/N

POLÍGONO DE AS FONTIÑAS, SANTIAGO DE COMPOSTELA

A CORUÑA

REGISTRO DE PUERTOS DE GALICIASS.CC.PLAZA DE EUROPA, Nº 5 A, 6º

EDIFICIO ÁREA CENTRAL, SANTIAGO DE COMPOSTELA

A CORUÑA

REGISTRO DE URBANISMO DE A CORUÑAPROV.ALFÉREZ PROVISIONAL, 1, 3ºA CORUÑA

REGISTRO DE TRANSPORTES DE A CORUÑAPROV.ALCALDE PÉREZ ARDÁ, 4A CORUÑA

REGISTRO PUERTOS DE GALICIA ZONA CENTROPROV.AVDA. ALFÉREZ PROVISIONAL 1, 1ºA CORUÑA

REGISTRO DE URBANISMO DE LUGOPROV.AVDA. RAMÓN FERREIRO, Nº 28LUGO

REGISTRO DEL IGVS DE LUGOPROV.AVDA. RAMÓN FERREIRO, Nº 28LUGO

REGISTRO DE PUERTOS DE GALICIA. ZONA NORTEPROV.NICOMEDES PASTOR DÍAZ, Nº 13, 1ºLUGO

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSEPROV.SÁENZ DÍEZ, 1OURENSE

REGISTRO DE URBANISMO DE OURENSEPROV.AVDA. DE LA HABANA, 1, 2ºOURENSE

REGISTRO DE TRANSPORTES DE OURENSEPROV.CURROS ENRÍQUEZ, 1, ENTRESUELOOURENSE

REGISTRO DEL IGVS OURENSEPROV.SÁENZ DÍEZ, 1OURENSE

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRAPROV.ALCALDE HEVIA, S/N, 3ºPONTEVEDRA

REGISTRO DE CARRETERAS DE PONTEVEDRAPROV.SAID ARMESTO, 1, 1ºPONTEVEDRA

REGISTRO DE TRANSPORTES DE PONTEVEDRAPROV.ESTACIÓN AUTOBUSES, S/N, BAJOPONTEVEDRA

REGISTRO DEL IGVS PONTEVEDRAPROV.ALCALDE HEVIA, S/N, BAJOPONTEVEDRA

REGISTRO PUERTOS DE GALICIA ZONA SURPROV.BENITO CORBAL, 37, 3ºPONTEVEDRA

REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIASS.CC.EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO INSPECCIÓN TÉCNICA EDUCATIVASS.CC.CALLE DE LA ROSA, 16, 1º, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL CENTRO RAMÓN PIÑEIROSS.CC.CARRETERA SANTIAGO-NOIA, KM 3, A BARCIA, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSEPROV.CONCELLO, 11, 7ºOURENSE

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRAPROV.MONTERO RÍOS, S/N, BAJOPONTEVEDRA

REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIOSS.CC.EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE CONSUMOSS.CC.PLAZA DE EUROPA, 10A, 2º, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLOSS.CC.CALLE DE OS FEÁNS, 7, BAJO, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL INSTITUTO ENERGÉTICO DE GALICIASS.CC.CALLE OURENSE, Nº 6, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE CONSUMO DE OURENSEPROV.AVDA. DE ZAMORA, 13OURENSE

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSEPROV.CURROS ENRIQUEZ, 1, 5ºOURENSE

REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE CONSUMO DE PONTEVEDRAPROV.AVDA. DE VIGO, 16, 1ºPONTEVEDRA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRAPROV.EDUARDO PONDAL, 64, BAJOPONTEVEDRA

REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA Y DESARROLLO RURALSS.CC.EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DE CENTRO DE FORMACIÓN, I.T.A. GALICIASS.CC.AS FONTIÑAS, 31, BAJO, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL FONDO GALLEGO DE GARANTÍA AGRARIASS.CC.CALLE DE OS IRMANDIÑOS, S/N, SALGUEIRIÑOS, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS Y PROMOCIÓN AGROALIMENTARIASS.CC.CALLE DE OS IRMANDIÑOS, S/N, SALGUEIRIÑOS, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE ARZÚAPROV.CALLE PADRE PARDO, 25, 1ºA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL BAIOPROV.CALLE CAMPO DEL ROLLO, 48A CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE BETANZOSPROV.AVDA. FRAGA IRIBARNE, 60A CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CAMBREPROV.SAMOSTEIRO, Nº 5, BAJOA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CARBALLOPROV.DETRÁS DE LA IGREXA, S/NA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CEDEIRAPROV.CALLE PONTENOVA, S/NA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CORCUBIÓNPROV.A VIÑA, S/NA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE FERROLPROV.PLAZA CAMILO JOSÉ CELA, S/NA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MELIDEPROV.PLAZA DEL CONVENTO, Nº 5A CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE NEGREIRAPROV.CALLE CASTELAO, S/NA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE NOIAPROV.CALLE ROSALÍA DE CASTRO, Nº 6, BAJOA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE ORDESPROV.AVDA. DEL GENERALÍSIMO, 41, 1ºA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE ORTIGUEIRAPROV.AVDA. GENERAL FRANCO, 42, BAJOA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE PADRÓNPROV.CALLE DOLORES, S/NA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE PONTEDEUMEPROV.SAN MIGUEL, S/NA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE AS PONTES DE GARCÍA RODRÍGUEZPROV.CALLE PONTEDEUME, 12, BAJOA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE RIBEIRAPROV.CALLE GENERAL FRANCO, 64-66A CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE SANTA COMBAPROV.CALLE SANTA CATALINA, S/NA CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELAPROV.CALLE FONTE DOS CONCHEIROS, 9A CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE TEIXEIROPROV.CALLE SÁNCHEZ ANIDO, 1A CORUÑA

CENTRO DE INVESTIGACIONES AGRARIAS DE MABEGONDOSS.CC.KM 8, CARRETERA BETANZOS-SANTIAGO, APARTADO DE CORREOS 10A CORUÑA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE FOZPROV.PLAZA MARISCAL PARDO CELA, S/NLUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE FRIOLPROV.AVDA. DE A CORUÑA, 21, BAJOLUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A FONSAGRADAPROV.AVDA. DE GALICIA, 36LUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE BECERREÁPROV.RONDA DE OUTEIRO, 1, 1ºLUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CASTROVERDEPROV.ROSALÍA DE CASTRO, 81LUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CHANTADAPROV.PLAZA DE ESPAÑA, 1ºLUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE GUITIRIZPROV.CALLE SESULFE, Nº 21LUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE LUGOPROV.RONDA DE LA MURALLA, 70, BAJOLUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MEIRAPROV.AVDA. DEL GENERALÍSIMO, 47-49, ENTRESUELOLUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MONDOÑEDOPROV.CALLE PARDO DE CELA, 22LUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MONTERROSOPROV.CALLE MIGUEL OLIVAS SOTO, S/NLUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MONFORTE DE LEMOSPROV.AVDA. DE GALICIA, 64, BAJOLUGO

REGISTROTIPODIRECCIÓNPROVINCIA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE QUIROGAPROV.CALLE SAÁ, 1, 1º ELUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE RIBADEOPROV.AVDA. DE GALICIA, 7, BAJOLUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE SARRIAPROV.CALLE VÁZQUEZ QUEIPO, 25LUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VILALBAPROV.CALLE PRIETO ROUCO, S/NLUGO

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VIVEIROPROV.CALLE ALONSO PÉREZ, S/NLUGO

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSEPROV.FLORENTINO LÓPEZ CUEVILLAS, 4OURENSE

REGISTRO DEL FONDO GALLEGO DE GARANTÍA AGRARIA DE OURENSEPROV.CURROS ENRÍQUEZ, 1, 6ºOURENSE

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE O CARBALLIÑOPROV.CALLE JULIO RODRÍGUEZ SOUTO, 14OURENSE

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE RIBADAVIAPROV.TRAVESÍA DE O RIBEIRO, 3, BAJOOURENSE

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CELANOVAPROV.AVDA. SAN ROSENDO, 1, 1º BOURENSE

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE BANDEPROV.MAESTRO TAIBO, 29OURENSE

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE O BARCO DE VALDEORRASPROV.CASA GRANDE DE VILOIRAOURENSE

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A RÚAPROV.CALLE VELÁZQUEZ, 2OURENSE

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VIANA DO BOLOPROV.CALLE CONSTITUCIÓN, S/N, CASA DO CONCELLOOURENSE

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A GUDIÑAPROV.AVDA. BEATO SEBASTIÁN APARICIO, CASA DO CONCELLOOURENSE

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A POBRA DE TRIVESPROV.SAN ROQUE, 4OURENSE

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CASTRO CALDELASPROV.CASA DO CONCELLO, 1, 2ºOURENSE

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VERÍNPROV.CALLE DOCTOR PEDRO GONZÁLEZ, 5, 1ºOURENSE

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE XINZO DE LIMIAPROV.CALLE LADEIRA, 21, 1ºOURENSE

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE ALLARIZPROV.CALLE OLIVEIRA, Nº 6, BAJOOURENSE

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MACEDAPROV.CALLE CARDENAL QUIROGA, 19, 1ºOURENSE

REGISTRO DE DELEGACIÓN DE PONTEVEDRAPROV.BENITO CORBAL, 47, 4ºPONTEVEDRA

REGISTRO DE PRODUCCIÓN Y SANIDAD AGROPECUARIA DE CABANAS-SALCEDOPROV.CENTRO DE APOIO DE CABANAS-SALCEDOPONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE LALÍNPROV.CALLE AREAL, 27, 1ºPONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE SILLEDAPROV.RECINTO FEIRAL, 17PONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VILA DE CRUCESPROV.RÚA NOVA, 39, 1ºPONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A ESTRADAPROV.PLAZA MARTÍNEZ ANIDO, 2, 1ºPONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE FORCAREIPROV.EDIFICIO DEL AYUNTAMIENTOPONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A CAÑIZAPROV.CALLE PROGRESO, 51, 2ºPONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE PONTEAREASPROV.CALLE SANTA ANA, 23, BAJOPONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE O PORRIÑOPROV.CALLE RIBEIRA, S/N, TORNEIROS, EDIF. MULTIUSOSPONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE REDONDELAPROV.PASEO DE A XUNQUEIRA, 15, 1ºBPONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE O ROSALPROV.PLAZA DE O CALVARIO, S/NPONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE TUIPROV.CALLE PÁRROCO RODRÍGUEZ VÁZQUEZ, 1BPONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CALDAS DE REISPROV.CALLE SOUTO MARÍA LÓPEZ, 20, BAJOPONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CANGASPROV.AVDA. OURENSE, 34, 1ºPONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE PONTE CALDELASPROV.AVDA. GALICIA, 19PONTEVEDRA

OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VILAGARCÍA DE AROUSAPROV.CALLE CONDE VALLELLANO, 13, 1ºPONTEVEDRA

REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMOSS.CC.EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL SERVICIO DE TURISMOSS.CC.PLAZA DE MAZARELOS, 15, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL CENTRO GALLEGO DE ARTE CONTEMPORÁNEASS.CC.VALLE INCLÁN, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑAPROV.DURÁN LORIGA, 3, 7ºA CORUÑA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRAPROV.BENITO CORBAL, 47, 2ºPONTEVEDRA

REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE SANIDADSS.CC.EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑAPROV.GREGORIO HERNÁNDEZ, 2-4A CORUÑA

REGISTRO DEL SERGAS DE A CORUÑAPROV.DURÁN LORIGA, 3, BAJOA CORUÑA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE LUGOPROV.MONTEVIDEO, 9, BAJOLUGO

REGISTRO DEL SERGAS DE LUGOPROV.MONTEVIDEO, 9, BAJOLUGO

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSEPROV.AVDA. DE ZAMORA, 13, 4ºOURENSE

REGISTRO DEL SERGAS DE OURENSEPROV.JUAN XXIII, 27-29, 2ºOURENSE

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRAPROV.AVDA. DE VIGO, 16, BAJOPONTEVEDRA

REGISTRO DEL SERGAS DE VIGOPROV.GARCÍA BARBÓN, 51, BAJO, VIGOPONTEVEDRA

REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOSSS.CC.EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE A CORUÑAPROV.RAMÓN Y CAJAL, 1, 5ºA CORUÑA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN COMARCAL DE RIBEIRAPROV.PLAZA DE OS MARIÑEIROS, S/N, RIBEIRAA CORUÑA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LUGOPROV.AVD. RAMÓN CANOSA, S/N, CELEIRO-VIVEIROLUGO

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN COMARCAL DE PONTEVEDRAPROV.ANDRÉS MELLADO, 15, 1ºPONTEVEDRA

REGISTRO DE USOS DEL LITORAL DE VIGOPROV.ALCALDE HEVIA, S/N, 5ºPONTEVEDRA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN COMARCAL DE VILAGARCÍAPROV.ALTO DA ROSA, S/N, CARRILPONTEVEDRA

REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALESSS.CC.EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DE JUSTICIA DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑAPROV.FERNANDO MACÍAS, 18, 1ºA CORUÑA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSEPROV.CAMIÑO PRADO LONIA, S/NOURENSE

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRAPROV.GERMÁN ADRIO SOBRIDO, 6, BAJOPONTEVEDRA

REGISTRO ACADEMIA GALLEGA DE SEGURIDADSS.CC.AVDA. DE LA CULTURA, S/N, A ESTRADAPONTEVEDRA

REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y VOLUNTARIADOSS.CC.EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL SERVICIO GALLEGO DE IGUALDADSS.CC.PLAZA DE EUROPA, 15 A, 2º, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DE LA DIRECCIÓN GENERAL PARA EL DEPORTESS.CC.ESTADIO MULTIUSOS DE SAN LÁZARO, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑAPROV.AVDA. EJÉRCITO 2, 1º AA CORUÑA

REGISTRO DE DEPORTES DE A CORUÑAPROV.COMPLEJO DEPORTIVO DE ELVIÑAA CORUÑA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSEPROV.CAMIÑO PRADO LONIA, S/NOURENSE

REGISTRO DE DEPORTES DE PONTEVEDRAPROV.FERNANDO OLMEDO, 3, BAJOPONTEVEDRA

REGISTROTIPODIRECCIÓNPROVINCIA

REGISTRO DE DEPORTES DE VIGOPROV.MÉXICO, 41, 1º IZDA., VIGOPONTEVEDRA

REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTESS.CC.SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL LABORATORIO DE MEDIO AMBIENTESS.CC.POLÍGONO DE A GRELA, TORRES QUEVEDO, S/NA CORUÑA

REGISTRO DE AGUAS DE GALICIASS.CC.PLAZA CAMILO DÍAZ VALIÑO, 7-9, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REX. DE AGUAS DE GALICIA (DEMARCACIÓN G. CENTRO)SS.CC.PLAZA DE VIGO, 2, BAJO, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DE AGUAS DE GALICIA (DEMARCACIÓN GALICIA NORTE)PROV.WENCESLAO FERNÁNDEZ FLÓREZ, 1, 2ºA CORUÑA

REGISTRO DE INCENDIOS, MONTES Y MAN DE VILALBAPROV.POETISA CARMIÑA PRIETO ROUCO, S/N, VILALBALUGO

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSEPROV.CALLE DE O PASEO, 18, 4ºOURENSE

REG. DE AGUAS DE GALICIA (DEMARCA. CUENCAS INTERCOMUNITARIAS)PROV.SÁENZ DÍEZ, 1OURENSE

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRAPROV.CALLE NOVA DE ABAIXO, 2, 1ºPONTEVEDRA

REG. DE AGUAS DE GALICIA (DEMARCACIÓN G. SUR)PROV.URZÁIZ 18, 2º, VIGOPONTEVEDRA

REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALESSS.CC.SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL CONSEJO GALLEGO DE RR. LL.SS.CC.ALGALIA DE ABAJO, Nº 24, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

REGISTRO DEL SMAC CORUÑAPROV.AVDA. MONSERRAT, S/NA CORUÑA

REGISTRO DEL SMAC FERROLPROV.REAL 1, ENTREPLANTA, FERROLA CORUÑA

REGISTRO DEL SMAC SANTIAGO DE COMPOSTELAPROV.GÓMEZ ULLA, 7, 1ºA CORUÑA

REGISTRO DEL SERVICIO DE ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORALPROV.AVDA. MONSERRAT, S/NA CORUÑA

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑAPROV.CONCEPCIÓN ARENAL, 7-9, BAJOA CORUÑA

REGISTRO DEL SMAC LUGOPROV.RONDA FINGOI, S/N, BAJOLUGO

REGISTRO DEL SERVICIO DE ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORALPROV.RONDA DE FINGOI, S/NLUGO

REGISTRO DEL SMAC OURENSEPROV.CAMIÑO PRADO LONIA, S/N, 1ºOURENSE

REGISTRO DEL SERVICIO DE ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORALPROV.CAMIÑO PRADO LONIA, S/NOURENSE

REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSEPROV.SÁENZ DÍEZ, 33OURENSE

REGISTRO DEL SMAC VIGOPROV.TEÓFILO LLORENTE, 6, BAJO, VIGOPONTEVEDRA

REGISTRO DEL SERVICIO DE ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORALPROV.A REGASENDA, S/N

REDONDELA

PONTEVEDRA

REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE EMIGRACIÓNSS.CC.CALLE DE OS BASQUIÑOS, 2, SANTIAGO DE COMPOSTELAA CORUÑA

ANEXO II

OFICINAS DE REGISTRO CONCERTADAS

Oficinas de registro de la Administración local concertadas con la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

PROVINCIAAYUNTAMIENTOPUBLICACIÓN

EN EL DOG

INICIO DE

REGISTRO

A CORUÑAABEGONDO30-9-19971-10-1997

A CORUÑAAMES30-11-19981-12-1998

A CORUÑAARANGA16-12-200216-12-2002

A CORUÑAARES28-4-20002-5-2000

A CORUÑAARTEIXO29-6-19981-7-1998

A CORUÑAARZÚA1-10-20021-10-2002

A CORUÑABAÑA, A30-11-19981-12-1998

A CORUÑABERGONDO1-6-19981-6-1998

A CORUÑABETANZOS30-4-19993-5-1999

A CORUÑABOIMORTO29-6-19981-7-1998

A CORUÑABOIRO28-4-20002-5-2000

A CORUÑABOQUEIXÓN1-6-19981-6-1998

A CORUÑABRIÓN30-4-19993-5-1999

A CORUÑACABANA DE BERGANTIÑOS30-9-19981-10-1998

A CORUÑACABANAS29-6-19981-7-1998

A CORUÑACAMARIÑAS31-5-20023-6-2002

A CORUÑACAMBRE30-11-19981-12-1998

A CORUÑACAPELA, A1-6-19981-6-1998

A CORUÑACARBALLO28-5-19991-6-1999

A CORUÑACARIÑO29-9-20002-10-2000

A CORUÑACARNOTA30-9-19981-10-1998

A CORUÑACARRAL30-6-19991-7-1999

A CORUÑACEDEIRA30-11-19981-12-1998

A CORUÑACEE31-3-19991-4-1999

A CORUÑACERCEDA30-11-19981-12-1998

A CORUÑACERDIDO28-5-19991-6-1999

A CORUÑACOIRÓS29-6-19981-7-1998

A CORUÑACORCUBIÓN15-2-200218-2-2002

A CORUÑACORISTANCO28-4-20002-5-2000

A CORUÑACULLEREDO30-6-19991-7-1999

A CORUÑACURTIS30-6-19991-7-1999

A CORUÑADODRO1-6-19981-6-1998

A CORUÑADUMBRÍA11-2-200015-2-2000

PROVINCIAAYUNTAMIENTOPUBLICACIÓN

EN EL DOG

INICIO DE

REGISTRO

A CORUÑAFENE30-11-20001-12-2000

A CORUÑAFISTERRA28-5-19991-6-1999

A CORUÑAFRADES30-9-19981-10-1998

A CORUÑAIRIXOA29-6-19981-7-1998

A CORUÑALARACHA, A29-6-19981-7-1998

A CORUÑALOUSAME1-6-19981-6-1998

A CORUÑAMALPICA DE BERGANTIÑOS15-2-200218-2-2002

A CORUÑAMAZARICOS29-6-19981-7-1998

A CORUÑAMELIDE31-3-19991-4-1999

A CORUÑAMIÑO30-9-19981-10-1998

A CORUÑAMOECHE15-2-200218-2-2002

A CORUÑAMONFERO16-2-200119-2-2001

A CORUÑAMUGARDOS31-3-20031-4-2003

A CORUÑAMUROS29-6-19981-7-1998

A CORUÑAMUXÍA30-4-19972-5-1997

A CORUÑANARÓN30-6-19991-7-1999

A CORUÑANEGREIRA30-4-19993-5-1999

A CORUÑANOIA31-3-19991-4-1999

A CORUÑAOLEIROS30-9-19981-10-1998

A CORUÑAORDES16-12-200216-12-2002

A CORUÑAOROSO16-12-200216-12-2002

A CORUÑAORTIGUEIRA30-4-19993-5-1999

A CORUÑAOUTES29-6-19981-7-1998

A CORUÑAPADERNE29-9-20002-10-2000

A CORUÑAPADRÓN29-6-19981-7-1998

A CORUÑAPINO, O16-12-200216-12-2002

A CORUÑAPOBRA DO CARAMIÑAL, A30-9-19981-10-1998

A CORUÑAPONTECESO30-11-19981-12-1998

A CORUÑAPONTEDEUME16-12-200216-12-2002

A CORUÑAPONTES DE GARCÍA RODRÍGUEZ1-6-19981-6-1998

A CORUÑAPORTO DO SON, O29-1-19991-2-1999

A CORUÑARIANXO29-6-19981-7-1998

A CORUÑARIBEIRA31-1-19971-2-1997

A CORUÑAROIS28-10-19992-11-1999

A CORUÑASADA1-6-19981-6-1998

A CORUÑASANTA COMBA15-3-200218-3-2002

A CORUÑASANTISO1-10-20021-10-2002

A CORUÑASOBRADO1-10-20021-10-2002

A CORUÑATEO30-11-20001-12-2000

PROVINCIAAYUNTAMIENTOPUBLICACIÓN

EN EL DOG

INICIO DE

REGISTRO

A CORUÑATORDOIA1-10-20021-10-2002

A CORUÑATOURO1-6-19981-6-1998

A CORUÑATRAZO29-9-20002-10-2000

A CORUÑAVAL DO DUBRA31-3-19991-4-1999

A CORUÑAVALDOVIÑO29-9-20002-10-2000

A CORUÑAVEDRA30-11-20001-12-2000

A CORUÑAVILASANTAR30-9-19981-10-1998

A CORUÑAVILARMAIOR31-3-20031-4-2003

A CORUÑAVIMIANZO16-12-200216-12-2002

A CORUÑAZAS30-11-19981-12-1998

LUGOABADÍN30-11-19981-12-1998

LUGOALFOZ29-1-19991-2-1999

LUGOANTAS DE ULLA30-6-19991-7-1999

LUGOBALEIRA30-9-19971-10-1997

LUGOBARALLA16-2-200119-2-2001

LUGOBECERREÁ31-1-19971-2-1997

LUGOBURELA30-6-19991-7-1999

LUGOCASTRO DE REI28-5-19991-6-1999

LUGOCASTROVERDE29-1-19991-2-1999

LUGOCERVANTES31-3-19991-4-1999

LUGOCERVO16-5-200121-5-2001

LUGOCHANTADA30-1-19982-2-1998

LUGOCORGO, O15-2-200218-2-2002

LUGOFOLGOSO DO COUREL28-4-20002-5-2000

LUGOFONSAGRADA, A16-2-200119-2-2001

LUGOFOZ31-5-20023-6-2002

LUGOGUITIRIZ30-9-19971-10-1997

LUGOGUNTÍN16-2-200119-2-2001

LUGOINCIO, O31-3-20031-4-2003

LUGOLÁNCARA31-5-20023-6-2002

LUGOLOURENZÁ31-1-19971-2-1997

LUGOMEIRA15-3-200218-3-2002

LUGOMONDOÑEDO16-2-200119-2-2001

LUGOMONFORTE DE LEMOS30-1-19982-2-1998

LUGOMONTERROSO29-6-19981-7-1998

LUGOMURAS28-10-19992-11-1999

LUGONAVIA DE SUARNA16-5-200121-5-2001

LUGOPALAS DE REI30-9-19981-10-1998

LUGOPANTÓN30-4-19993-5-1999

LUGOPARADELA16-2-200119-2-2001

LUGOPÁRAMO, O16-2-200119-2-2001

LUGOPASTORIZA, A16-5-200121-5-2001

LUGOPEDRAFITA DO CEBREIRO16-5-200121-5-2001

LUGOPOL30-11-20001-12-2000

LUGOPONTENOVA, A29-1-19991-2-1999

LUGOPORTOMARÍN15-3-200218-3-2002

LUGOQUIROGA30-4-19972-5-1997

LUGORÁBADE28-5-19991-6-1999

LUGORIBADEO31-1-19971-2-1997

LUGORIBAS DE SIL28-10-19992-11-1999

LUGORIOTORTO15-2-200218-2-2002

LUGOSAMOS29-9-20002-10-2000

LUGOSAVIÑAO, O31-3-20031-4-2003

LUGOTABOADA30-6-19991-7-1999

LUGOTRABADA28-4-20002-5-2000

LUGOTRIACASTELA30-11-20001-12-2000

LUGOVALADOURO, O11-2-200015-2-2000

LUGOVICEDO, O31-5-20023-6-2002

LUGOVILALBA16-12-200216-12-2002

LUGOVIVEIRO30-4-19972-5-1997

LUGOXOVE30-1-19982-2-1998

OURENSEALLARIZ11-2-200015-2-2000

OURENSEARNOIA30-6-19991-7-1999

OURENSEAVIÓN30-1-19982-2-1998

OURENSEBALTAR11-2-200015-2-2000

OURENSEBANDE30-6-19991-7-1999

OURENSEBAÑOS DE MOLGAS30-6-19991-7-1999

OURENSEBEADE31-3-19991-4-1999

PROVINCIAAYUNTAMIENTOPUBLICACIÓN

EN EL DOG

INICIO DE

REGISTRO

OURENSEBEARIZ31-5-20023-6-2002

OURENSEBLANCOS, OS16-5-200121-5-2001

OURENSEBOBORÁS15-3-200218-3-2002

OURENSEBOLA, A15-3-200218-3-2002

OURENSEBOLO, O15-2-200218-2-2002

OURENSECALVOS DE RANDÍN16-5-200121-5-2001

OURENSECARBALLEDA DE VALDEORRAS31-5-20023-6-2002

OURENSECARBALLIÑO, O29-1-19991-2-1999

OURENSECARTELLE30-9-19971-10-1997

OURENSECASTRELO DE MIÑO30-4-19993-5-1999

OURENSECASTRELO DO VAL15-2-200218-2-2002

OURENSECASTRO CALDELAS1-10-20021-10-2002

OURENSECELANOVA28-10-19992-11-1999

OURENSECENLLE31-3-20031-4-2003

OURENSECHANDREXA DE QUEIXA28-5-19991-6-1999

OURENSECOLES29-1-19991-2-1999

OURENSECONSORCIO DOS PEARES15-3-200218-3-2002

OURENSECORTEGADA29-9-20002-10-2000

OURENSEENTRIMO28-5-19991-6-1999

OURENSEESGOS30-1-19982-2-1998

OURENSEGUDIÑA, A11-2-200015-2-2000

OURENSEIRIXO, O29-6-19981-7-1998

OURENSELAZA29-1-19991-2-1999

OURENSELEIRO15-3-200218-3-2002

OURENSELOBEIRA16-5-200121-5-2001

OURENSELOBIOS1-10-20021-10-2002

OURENSEMACEDA30-11-19981-12-1998

OURENSEMANCOM. DOS CONCELLOS DA LIMIA30-11-20001-12-2000

OURENSEMANCOM. TERRAS DE CELANOVA30-6-19991-7-1999

OURENSEMANCOM. TERRAS DO NAVEA-BIBEI30-9-19981-10-1998

OURENSEMANZANEDA30-1-19982-2-1998

OURENSEMASIDE16-2-200119-2-2001

OURENSEMELÓN31-5-20023-6-2002

OURENSEMERCA, A30-9-19981-10-1998

OURENSEMEZQUITA, A1-10-20021-10-2002

OURENSEMONTEDERRAMO31-3-20031-4-2003

OURENSEMONTERREI30-11-19981-12-1998

OURENSEMUÍÑOS30-11-20001-12-2000

OURENSENOGUEIRA DE RAMUÍN30-1-19982-2-1998

OURENSEOÍMBRA28-5-19991-6-1999

OURENSEPADERNE DE ALLARIZ16-5-200121-5-2001

OURENSEPARADA DE SIL15-2-200218-2-2002

OURENSEPEREIRO DE AGUIAR, O29-1-19991-2-1999

OURENSEPEROXA, A16-12-200216-12-2002

OURENSEPETÍN30-11-20001-12-2000

OURENSEPIÑOR31-3-20031-4-2003

OURENSEPONTEDEVA16-12-200216-12-2002

OURENSEPORQUEIRA11-2-200015-2-2000

OURENSEQUINTELA DE LEIRADO30-4-19993-5-1999

OURENSERAIRIZ DE VEIGA1-10-20021-10-2002

OURENSERAMIRÁS28-5-19991-6-1999

OURENSERIBADAVIA11-2-200015-2-2000

OURENSERIÓS28-4-20002-5-2000

OURENSERÚA DE VALDEORRAS, A11-2-200015-2-2000

OURENSERUBIÁ28-10-19992-11-1999

OURENSESAN AMARO30-1-19982-2-1998

OURENSESAN XOÁN DE RÍO31-3-20031-4-2003

OURENSESANDIÁS31-3-20031-4-2003

OURENSESARREAUS15-3-200218-3-2002

OURENSETABOADELA30-1-19982-2-1998

OURENSETEIXEIRA, A29-9-20002-10-2000

OURENSETOÉN30-6-19991-7-1999

OURENSETRASMIRAS1-10-20021-10-2002

OURENSEVEIGA, A30-4-19993-5-1999

PROVINCIAAYUNTAMIENTOPUBLICACIÓN

EN EL DOG

INICIO DE

REGISTRO

OURENSEVEREA30-4-19993-5-1999

OURENSEVERÍN30-9-19981-10-1998

OURENSEVIANA DO BOLO28-10-19992-11-1999

OURENSEVILAMARÍN15-2-200218-2-2002

OURENSEVILAR DE BARRIO16-2-200119-2-2001

OURENSEVILAR DE SANTOS28-10-19992-11-1999

OURENSEVILARDEVÓS30-11-19981-12-1998

OURENSEVILARIÑO DE CONSO31-3-19991-4-1999

OURENSEXINZO DE LIMIA15-3-200218-3-2002

OURENSEXUNQUEIRA DE AMBÍA31-3-19991-4-1999

OURENSEXUNQUEIRA DE ESPADANEDO29-1-19991-2-1999

PONTEVEDRAAGOLADA29-6-19981-7-1998

PONTEVEDRABAIONA30-11-19981-12-1998

PONTEVEDRABARRO11-2-200015-2-2000

PONTEVEDRABUEU31-3-20031-4-2003

PONTEVEDRACALDAS DE REIS28-10-19992-11-1999

PONTEVEDRACAMBADOS30-11-19981-12-1998

PONTEVEDRACANGAS29-9-20002-10-2000

PONTEVEDRACAÑIZA, A30-9-19971-10-1997

PONTEVEDRACATOIRA31-3-19991-4-1999

PONTEVEDRACERDEDO31-5-20023-6-2002

PONTEVEDRACOTOBADE31-3-19991-4-1999

PONTEVEDRACOVELO28-4-20002-5-2000

PONTEVEDRACRECENTE31-5-20023-6-2002

PONTEVEDRACUNTIS30-4-19972-5-1997

PONTEVEDRADOZÓN16-5-200121-5-2001

PONTEVEDRAESTRADA, A16-2-200119-2-2001

PONTEVEDRAFORCAREI28-4-20002-5-2000

PROVINCIAAYUNTAMIENTOPUBLICACIÓN

EN EL DOG

INICIO DE

REGISTRO

PONTEVEDRAGONDOMAR28-10-19992-11-1999

PONTEVEDRAGROVE, O16-12-200216-12-2002

PONTEVEDRAGUARDA, A29-9-20002-10-2000

PONTEVEDRALAMA, A31-5-20023-6-2002

PONTEVEDRAMEAÑO30-9-19981-10-1998

PONTEVEDRAMOAÑA30-6-19991-7-1999

PONTEVEDRAMONDARIZ-BALNEARIO15-2-200218-2-2002

PONTEVEDRAMORAÑA30-6-19991-7-1999

PONTEVEDRAMOS15-3-200218-3-2002

PONTEVEDRANEVES, AS30-11-20001-12-2000

PONTEVEDRAPAZOS DE BORBÉN1-10-20021-10-2002

PONTEVEDRAPONTE CALDELAS28-4-20002-5-2000

PONTEVEDRAPONTEAREAS30-9-19981-10-1998

PONTEVEDRAPONTECESURES28-10-19992-11-1999

PONTEVEDRAPORRIÑO, O1-6-19981-6-1998

PONTEVEDRAREDONDELA16-5-200121-5-2001

PONTEVEDRARIBADUMIA30-11-20001-12-2000

PONTEVEDRARODEIRO30-4-19972-5-1997

PONTEVEDRAROSAL, O29-1-19991-2-1999

PONTEVEDRASALCEDA DE CASELAS28-4-20002-5-2000

PONTEVEDRASANXENXO30-9-19971-10-1997

PONTEVEDRASILLEDA30-11-20001-12-2000

PONTEVEDRASOUTOMAIOR11-2-200015-2-2000

PONTEVEDRAVALGA30-4-19993-5-1999

PONTEVEDRAVILA DE CRUCES31-1-19971-2-1997

PONTEVEDRAVILABOA29-9-20002-10-2000

PONTEVEDRAVILAGARCÍA DE AROUSA30-6-19991-7-1999

PONTEVEDRAVILANOVA DE AROUSA28-5-19991-6-1999

ANEXO V

SISTEMA DE INFORMACIÓN AL CIUDADANO

* Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

-Centro de Información Administrativa y Atención al Ciudadano.

Edificio Administrativo San Caetano s/n.

CP 15704 Santiago de Compostela.

Tel. 981 54 42 94-54 42 99.

Fax 981 54 54 99.

E-mail: infocidadan*xunta.es

-Centro de Atención al Ciudadano.

Doctor Teixeiro, 26-entreplanta.

CP 15701 Santiago de Compostela.

Tel. 981 55 24 36.

Fax 981 55 24 37.

E-mail: infocidadan*xunta.es

-Teléfono de Información Administrativa y Atención al Ciudadano: 902 12 00 12.

Horario:

Lunes a viernes, de 9 a 19 horas.

Sábados, de 9 a 14 horas.

* Oficinas de Información en los servicios centrales.

-Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Edificio Administrativo San Caetano, bloque 2, bajo CP 15704.

Tel. 981 54 44 00. Fax 981 54 54 43.

-Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.-Consellería de Innovación, Industria y Comercio.-Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos.

Edificio Administrativo San Caetano, bloque 5, bajo CP 15704.

Tel. 981 54 43 42-54 43 41-54 43 50. Fax 981 54 45 29.

-Consellería de Familia, Juventud y Voluntariado.

Edificio Administrativo San Caetano, bloque 8, sótano CP 15704.

Tel. 981 54 41 10. Fax 981 54 56 26.

-Dirección General del Voluntariado.

Complejo Administrativo San Lázaro CP 15781.

Tel. 981 54 74 73. Fax 981 54 62 13.

-Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Edificio Administrativo San Caetano, bloque 3, 2º CP 15704.

Tel. 981 54 48 65. Fax 981 54 48 02.

-Consellería de Sanidad.

Complejo Administrativo San Lázaro, CP 15781.

Tel. 981 54 27 37. Fax 981 54 27 28.

-Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural.

Edificio Administrativo San Caetano, bloque 4, bajo CP 15704.

Tel. 981 54 57 17. Fax 981 54 57 62.

* Oficinas de Información en las delegaciones de la Xunta.

A Coruña.

-Delegación de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

Oficina de Atención al Ciudadano.

Edificio Administrativo Monelos.

Salvador de Madariaga, s/n bajo CP 15008.

Tel. 981 18 22 80-18 22 81. Fax 981 18 44 57.

-Delegación de Justiza, Interior y Administración Local.

Fernando Macías, 18-20, 1º CP 15071.

Tel. 981 18 58 99. Fax 981 18 57 61.

-Delegación de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Durán Loriga, 3, 7º CP 15003.

Tel. 981 18 56 92. Fax 981 18 56 91.

-Delegación de Pesca y Asuntos Marítimos.

Ramón y Cajal, 1.

Casa del Mar, 5º CP 15006.

Tel. 981 18 20 00. Fax 981 18 20 27.

-Delegación de Familia, Juventud y Voluntariado.

Avda. del Ejército, 2, 1º CP 15006.

Tel. 981 18 57 18. Fax 981 18 57 02.

-Dirección Provincial del Servicio Gallego de Salud (Sergas).

Durán Loriga, 3, bajo CP 15003.

Tel. 981 18 56 02. Fax 981 18 56 78.

Ferrol.

-Oficina de Atención al Ciudadano.

Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia.

Plaza Camilo José Cela, s/n CP 15403.

Tel. 981 33 70 16. Fax 981 33 70 13.

Lugo.

-Delegación de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

Oficina de Atención al Ciudadano.

Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia.

Ronda de la Muralla, nº 70, bajo CP 27071.

Tel. 982 29 45 74/79/71. Fax 982 29 40 67/70.

-Dirección Provincial del Servicio Gallego de Salud (Sergas).

Montevideo, 9, 1º, CP 27071.

Tel. 982 29 69 11. Fax 982 29 69 07.

-Delegación de Pesca y Asuntos Marítimos.

Avda. Ramón Canosa, s/n.

CP 27863 Viveiro.

Tel. 982 55 17 69. Fax 982 55 17 68.

Ourense.

-Delegación de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.-Delegación de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Avda. de la Habana, 79, bajo CP 32004.

Tel. 988 38 60 01. Fax 988 38 60 03.

-Delegación de Educación y Ordenación Universitaria.

Concello, nº 11, bajo CP 32003.

Tel. 988 38 66 60. Fax 988 38 66 00.

-Dirección Provincial del Servicio Gallego de Salud (Sergas).

Xoán XXIII, 27-29, 1º CP 32003.

Tel. 988 38 55 95 (centralita). Fax 988 38 55 60.

-Delegación de Innovación, Industria y Comercio.

Curros Enríquez, 1, 4º CP 32003.

Tel. 988 38 67 43. Fax 988 38 67 27.

-Delegación de Justicia, Interior y Administración Local.

Camiño Vello-Prado Lonia, s/n CP 32004.

Tel. 988 38 63 83. Fax 988 38 63 84.

-Delegación de Sanidad.

Avda. de Zamora, 13 CP 32005.

Tel. 988 38 63 00 (centraliña). Fax 988 38 63 02/69.

-Delegación de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural.

Florentino López Cuevillas, 4-6, bajo CP 32003.

Tel. 988 38 64 57. Fax 988 38 65 66.

-Delegación de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.-Delegación del IGVS.

Sáenz Díez, 1 CP 32003.

Tel. 988 38 62 36. Fax 988 38 62 40.

Pontevedra.

-Delegación de Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.-Delegación de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural.-Delegación de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Benito Corbal, 47, bajo CP 36001.

Tel. 986 80 54 91. Fax 986 80 55 09.

-Delegación de Educación y Ordenación Universitaria.

Montero Ríos, s/n, bajo CP 36001.

Tel. 986 80 59 38. Fax 986 80 59 37.

-Delegación de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.-Delegación del IGVS.

Alcalde Hevia, nº 7, bajo CP 36001.

Tel. 986 80 56 10-80 56 11. Fax 986 80 56 63.

-Delegación de Innovación, Industria y Comercio.

Eduardo Pondal 64, bajo CP 36071.

Tel. 986 80 52 40. Fax 986 80 52 47.

Vigo.

-Oficina de Atención al Ciudadano.

Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia.

Concepción Arenal, 8. CP 36201.

Telf.: 986 81 76 05-81 76 06-81 76 07. Fax 986 81 76 16.

-Dirección Provincial del Servicio Gallego de Salud (Sergas).

García Barbón, 51 CP 36201.

Tel. 986 81 41 18. Fax 986 81 41 16.

* Oficinas comarcales.

-Ordes.

General Mola, s/n esq., Camino de Piñeiro CP 15680.

Tel. 981 68 29 97. Fax 981 68 29 97.

-Lalín.

Calle del Areal, 30 CP 36500.

Tel. 986 78 41 07. Fax 986 78 41 18.

-Vilalba.

Calle Carmiña Prieto Rouco, s/n CP 27800.

Tel. 982 51 22 18. Fax 982 51 22 02.

-O Barco de Valdeorras.

Plaza Ramón Otero Pedrayo, 11 CP 32300.

Casa Xeral de Viloira.

Tel. 988 32 02 64. Fax 988 32 57 43.

* Oficina de Información de la Xunta de Galicia en Madrid.

-Casa de Galicia.

Casado del Alisal, 8

CP 28014-Madrid.

Tel. 91 595 42 29. Fax 91 595 42 33.

E-mail: casa.galicia*xunta.es

* Puntos de Información al Ciudadano.

-A Coruña.

Delegación de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

Praza de Pontevedra, 22-2º.

-Lugo.

Praza de Santo Domingo.

Delegación de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

Ronda de la Muralla, 70.

-Ourense.

Delegación de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

Avda. de la Habana, 79.

-Pontevedra.

Delegación de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

Benito Corbal, 47.

-Santiago de Compostela.

Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP).

Calle Madrid, 2-4.

Centro Comercial Área Central.

Polígono de As Fontiñas, s/n.

-Vigo.

Príncipe (cruce con la calle Colón).

-Lalín.

Centro Comarcal de Deza.

Parque Empresarial Lalín 2000.

-Buño.

Centro Comarcal de Bergantiños.

Carretera Buño-Malpica, km 0,5.

-Monforte de Lemos.

Centro Comarcal Terra de Lemos.

Carretera N-120, km 519,2.

-Cambados.

Centro Comarcal de O Salnés.

Paseo de la Calzada, s/n.

-A Pobra de Trives.

Centro Comarcal de Terra de Trives.

Carretera C-536 (Ourense-Trives) km 68.

-A Estrada.

Centro Comarcal de Tabeirós-Terra de Montes.

Toedo, Parque Empresarial de A Estrada.

ANEXO VII

PROCEDEMENTOS PARA LOS QUE ESTARÁ HABILITADO

EL REGISTRO TELEMÁTICO

* Contratación administrativa.

* Procedimientos informativos de las compañías transportistas y distribuidoras de electricidade.

* Procedimientos internos en materia de personal.

* Procedimientos relativos a solicitudes, escritos y comunicaciones con la Administración local que a continuación se relacionan:

-Subvenciones a ayuntamientos para la realización de actividades dirigidas a la juventud.

-Subvenciones a ayuntamientos para la promoción de la información juvenil.

-Ayudas a las familias para la escolarización de sus hijos para el curso académico a través de las corporaciones locales.

-Ayudas para llevar a cabo programas de educación familiar que desarrollen las corporaciones locales.

-Ayudas para el mantenimiento de centros de atención a la primera infancia dependientes de las corporaciones locales.

-Subvenciones para actividades deportivas promovidas por los ayuntamientos de Galicia.

-Subvenciones a corporaciones locales para actividades de información, educación y defensa del consumidor y usuario.

-Subvenciones para inversiones con destino a la promoción de mercados minoristas, calles y zonas peatonales-comerciales y otros equipamientos comerciales de carácter social.

-Ayudas a ayuntamientos para realizar infraestructuras eléctricas municipales e inversiones para el ahorro energético.

-Ayudas para la realización y mejora de infraestructuras en los polígonos empresariales de la Comunidad Autónoma de Galicia.

-Ayudas para el fomento de actuaciones destinadas a la protección y defensa de los animales domésticos.

-Informe sobre licencias en zonas urbanas.

-Convenios de colaboración/cooperación para el tratamiento, prevención y reinserción social de drogodependientes.

-Ayudas destinadas a subvencionar obras de construcción, reforma, rehabilitación y equipamientos de las sedes locales.

-Declaración de urgente ocupación de bienes de expropiación.

-Autorización de enajenación de bienes municipales.

-Comunicación de enajenación de bienes municipales.

-Autorización para la desafectación de bienes municipales.

-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Inscripción de entidades locales territoriales.

-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Inscripción de otras entidades locales.

-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Modificación de entidades locales.

-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Anotación preventiva.

-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Cancelación de entidades locales.

-Autorización de alteración del término municipal.

-Autorización de cambio de nombre o capitalidad de municipio.

-Autorización para la municipalización y provincialización de servicios.

-Aprobación de adopción de escudos y/o banderas.

-Subvenciones a las corporaciones locales de Galicia para la normalización de la lengua gallega.

-Cursos de formación en lengua gallega para personal de las corporaciones locales.

-Subvenciones para la realización de actividades por parte de las confederaciones, federaciones, coordinadoras o agrupaciones de vecinos.

-Subvenciones para la realización de obras y equipamientos locales por parte de las entidades locales.

-Medidas de apoyo a los cuerpos de la policía local de los ayuntamientos, consistente en la cesión de vehículos.

-Medidas de apoyo a los cuerpos de la policía local de los ayuntamientos. Cesión de equipos de atestados.

-Ayudas económicas a los ayuntamientos de Galicia para la contratación temporal de auxiliares de la policía local durante la temporada de verano.

-Subvenciones a los ayuntamientos para estudios sobre asociacionismo municipal y fusión/incorporación voluntaria de municipios.

-Régimen de concesión de subvenciones a las agrupaciones de voluntarios de Protección Civil.

-Medidas de apoyo a los ayuntamientos gallegos consistentes en la cesión en propiedad de vehículos preparados misiones de protección civil.

-Subvenciones de voluntarios de protección civil que colaboran en el Plan de protección civil de atención al peregrino.

-Apoyos a los ayuntamientos en la concesión de material quitanieves para misiones de protección civil.

-Apoyos a los ayuntamientos en la concesión de material de excarcelación para misiones de protección civil.

-Apoyos a los ayuntamientos en la cesión de material para el Plan de Salvamento en Playas de Galicia (Sapraga) para misiones de protección civil.

-Concesión de equipos de comunicación base radio trunking a las agrupaciones de voluntarios de protección civil.

* Otros procedimientos:

-Solicitudes de plazas en campamentos y residencias juveniles en la Administración gallega en el Programa Campaña de Verán.

-Solicitudes para la programación de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional en la comunidad autónoma.

-Subvenciones para apoyar el desarrollo de proyectos de producción audiovisual en lengua gallega.

-Subvenciones para apoyar la producción audiovisual en lengua gallega.

-Solicitud de inscripción en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia.

-Modificación de la documentación del Registro de Contratistas.

-Inscripción de nuevas organizaciones de consumidores y usuarios.

-Subvenciones a asociaciones de consumidores y usuarios, información y defensa del consumidor.

-Ayudas a organizaciones de consumidores y usuarios para proyectos de mejora del mercado en relación con los intereses de los consumidores.

-Subvenciones a federaciones y asociaciones sin fines de lucro para actividades de logística, promoción y distribución comercial.

-Subvención para la renovación y mejora del pequeño comercio.

-Subvenciones a asociaciones de comerciantes para actuaciones en revitalización urbanístico-comercial. Programas Calidad.

-Ayudas a pequeños comerciantes individuales autónomos que abandonen la actividad comercial.

-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de recursos naturales/recursos agroalimentarios.

-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de recursos naturales/recursos marinos.

-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de recursos naturales/biodivesidad/recursos forestales.

-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa recursos naturales/recursos energéticos y mineros.

-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/biotecnología y tecnologías farmacéutica y ciencias de la salud.

-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la alimentación.

-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías ambientales.

-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de los materiales.

-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la construcción y conservación del patrimonio.

-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la información y las comunicaciones.

-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de diseño y producción industrial.

-Dotación de laboratorios y departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de servicios al ciudadano/de ciencias sociales.

-Dotación de laboratorios y departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de servicios al ciudadano/sociedad de la información.

-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa recursos naturales/recursos agropecuarios.

-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa recursos naturales/recursos marinos.

-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa recursos naturales/biodiversidad y recursos forestales.

-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa recursos naturales/recursos energéticos y mineros.

-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de tecnologías para la innovación/biotecnología y tecnologías farmacéutica y ciencias de la salud.

-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la alimentación.

-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías ambientales.

-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de los materiales.

-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la construcción y conservación del patrimonio.

-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la información y las comunicaciones.

-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de diseño y producción industrial.

-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de servicios al ciudadano/ciencias sociales.

-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de servicios al ciudadano/sociedad de la información.

-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de recursos naturales/recursos agropecuarios.

-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de recursos naturales/recursos marinos.

-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de recursos naturales/biodiversidad y recursos forestales.

-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de recursos naturales/recursos energéticos y mineros.

-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de tecnologías para la innovación/biotecnología y tecnologías farmacéutica y ciencias de la salud.

-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la alimentación.

-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías ambientales.

-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de los materiales.

-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la construcción y conservación del patrimonio.

-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la información y las comunicaciones.

-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de diseño y producción industrial.

-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de servicios al ciudadano/ciencias sociales.

-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de servicios al ciudadano/sociedad de la información.

-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de recursos naturales/recursos agropecuarios.

-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de recursos naturales/recursos marinos.

-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de recursos naturales/biodiversidad y recursos forestales.

-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de recursos naturales/recursos energéticos y mineros.

-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/biotecnología y tecnologías farmacéutica y de ciencias de la salud.

-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la alimentación.

-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación /tecnologías ambientales.

-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de los materiales.

-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la construcción y conservación del patrimonio.

-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la información y las comunicaciones.

-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de diseño y producción industrial.

-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de servicios al ciudadano/ciencias sociales.

-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de servicios al ciudadano/sociedad de la información.

-Ayudas para la adquisición de instrumentación científica (solicitudes de grupos de investigación). Programa de promoción general de la investigación.

-Ayudas para la adquisición de infraestructuras de instrumentación científica y bibliotecaria (solicitudes institucionales). Programa de promoción general de la investigación.

-Becas para personal auxiliar de investigación (técnicos especialistas FP2). Programa de recursos humanos.

-Ayudas para investigadores/tecnólogos visitantes. Programa de promoción general de la investigación.

-Becas predoctorales nuevas. Programa de recursos humanos.

-Predoctorales 2ª prórroga. Programa de recursos humanos.

-Becas para estancias fuera de la comunidad autónoma. Programa de recursos humanos.

-Ayudas para asistencias a reuniones científicas por parte de investigadores no vinculados a las universidades gallegas. Programa de promoción general de investigación.

-Ayudas para la organización de congresos. Programa de promoción general de investigación.

-Becas para técnicos especialistas de FP2 para la realización de prácticas en informática en el Centro de Supercomputación de Galicia. Programa de recursos humanos.

-Ayudas para publicaciones periódicas. Programa de promoción general de investigación.

-Becas de colaboración en tareas relacionadas con el PGIDT. Programa de sensibilización social.

-Premios Galicia de Investigación. Programa de sensibilización social.

-Premios Galicia de Investigación. Premio Investigadores Jóvenes. Programa de sensibilización social.

-Premio Galicia de Innovación Junior. Programa de sensibilización social.

-I Premio Periodismo Científico Galicia Innovación. Programa de sensibilización social.

-Premios Galicia a la Innovación Empresarial. Programa de sensibilización social.

-Ayudas para formación de nuevos grupos de investigación. Programa de promoción general de la investigación.

-Ayudas para proyectos de promoción general del conocimiento. Programa de promoción general de la investigación.

-Ayudas e incentivos para participar en otros programas. Programa de promoción general de la investigación.

-Ayudas para la realización de proyectos de investigación en establecimientos sanitarios públicos de la Comunidad Autónoma gallega.

-Solicitudes de ayuda para la constitución de redes temáticas. Programa de promoción general de la investigación.

-Ayudas a empresas mineras o asociaciones de empresas y corporaciones de derecho público para inversiones en infraestructuras e investigación.

-Contratación de doctores en organismos públicos de investigación de la Comunidad Autónoma de Galicia (Programa Eduardo Pondal).

-Ayudas a industrias y empresas mineras para el desarrollo de acciones encaminadas a disminuir el deterioro del medio ambiente.

-Ayudas a la innovación empresarial y prestación de servicios en el sector de minería.

-Otorgamiento de permisos de investigación.

-Concesiones derivadas de permisos de investigación.

-Intrusiones y deslindes.

-Demasías.

-Ayudas para la mejora de la calidad del suministro eléctrico en el medio rural.

-Ayudas a ayuntamientos para la realización de auditorias energéticas.

-Autorización de instalaciones de transformación, transporte y distribución de energía eléctrica.

-Autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica.

-Ayudas para la adecuación de instalaciones eléctricas.

-Ayudas para el desarrollo de infraestructuras en materia de gas.

-Ayudas para la promoción del uso racional de la energía.

-Ayudas para la promoción del uso racional de la energía (ayuntamientos).

-Ayudas para el fomento de las energías renovables.

-Ayudas para sustitución de grúas torre desmontables para obras en la comunidad autónoma.

-Ayudas a asociaciones de empresarios para la habilitación y mejora de infraestructuras en los parques empresariales de la comunidad autónoma.

-Ayudas para el abastecimiento de gas natural en los parques empresariales de la comunidad autónoma.

-Autorización de aparatos a presión: calderas.

-Autorización de aparatos a presión: depósitos criogénicos.

-Autorización de aparatos a presión: instalaciones aire comprimido.

-Autorización/modificación de instalaciones en ascensores.

-Autorización de instalaciones interiores de aguas (con proyecto).

-Autorización de instalación de grúas-torres desmontables.

-Autorización de instalaciones interiores de aguas (carpetillas, boletines).

-Autorización/renovación de empresas instaladoras de electricidad en baja tensión (documento de calificación empresarial).

-Autorización/renovación de empresas de la construcción (documento de calificación empresarial).

-Autorización/renovación de empresas de fontanería (documento de acreditación empresarial).

-Autorización/renovación de empresas de gas: categorías IG-I, IG-II, IG-III, IG-IV (documento de acreditación empresarial).

-Autorización/renovación de empresas instaladoras y mantenedoras de calefacción (documento de calificación empresarial).

-Autorización/renovación de empresas instaladoras y/o mantenedoras de protección contra incendios.

-Renovación anual de empresas mantenedoras de extintores.

-Autorización/renovación de empresas mantenedoras de grúas móviles autopropulsadas.

-Autorización/renovación de empresas instaladoras-mantenedoras de ascensores.

-Autorización/renovación de empresas instaladoras-mantenedoras de grúas.

-Autorización/renovación de empresas de madera y corcho.

-Autorización/renovación de empresa instaladora frigoristas.

-Autorización/renovación de empresas instaladoras aparatos a presión.

-Autorización/renovación de talleres instaladores de limitadores de velocidad.

-Autorización/renovación de empresas de medición de tensiones de paso y contacto en instalaciones de puesta a tierra.

-Autorización/renovación empresas instaladoras de productos petrolíferos líquidos de categoría EP-I y EP-II.

-Autorización/renovación de empresas conservadoras-reparadoras frigoristas.

-Autorización/renovación de empresas instaladoras y conservadoras-reparadoras de cafeterías.

-Expedición de carnés profesionales de operadores industriales de calderas.

-Expedición de carnés profesionales a instaladores frigoristas.

-Expedición de carnés profesionales a instaladores y mantenedores de calefacción y agua caliente sanitaria.

-Expedición de carnés profesionales para instaladores de gas.

-Expedición de carnés profesionales para electricista de baja tensión.

-Expedición de carnés profesionales a instaladores de fontanería.

-Expedición de carnés profesionales de peluquería y estética.

-Expedición de carnés profesionales para operador industrial de calderas de recuperación de lejías negras.

-Expedición de carnés profesionales conservador-reparador frigorista.

-Expedición de carnés profesionales a instaladores y conservadores-reparadores de aparatos para la preparación rápida de café.

-Expedición de carnés profesionales de instalador de productos petrolíferos líquidos de categoría IP-I y IP-II.

-Autorización de instalación eléctrica de baja tensión tipo A.

-Autorización de instalaciones eléctricas de baja tensión de tipo B y C (carpetillas, boletines).

-Autorización e inscripción de industrias en el registro industrial.

-Reclamaciones administrativas en materia de energía/electricidad.

-Reclamaciones administrativas en materia de industria.

-Autorización a entidades para impartir cursos de instaladores, mantenedores de instalaciones de calefacción y climatización y agua caliente.

-Autorización/renovación de las entidades para impartir la formación de profesionales del sector de automóviles.

-Autorización a entidades para impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnés profesionales de instalador PPL (productos pretolíferos líquidos).

-Autorización a entidades para impartir cursos de gas.

-Obtención de la carta de artesano y maestro artesano.

-Obtención del documento de calificación de talleres artesanos.

-Inscripción en el registro general de artesanía de Galicia.

-Concesión, uso y control de la marca artesanía de Galicia, propiedad de la Xunta de Galicia.

-Ayudas a la calidad y diseño industrial.

-Ayudas para el fomento de la innovación empresarial y prestación de servicios.

-Ayudas en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.

-Convenio abierto del 13 de mayo de 2002, para el fomento de las tecnologías de la comunicación (DOG nº 102, del 29 de mayo).

-Convenio abierto del 18 de junio de 2002, para el fomento de la certificación de los sistemas de gestión de la calidad (DOG nº 132, del 10 de julio).