La Constitución española de 1978 y más recientemente la Lei 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, instauran un nuevo concepto de las relaciones entre las administraciones públicas y los ciudadanos, positivizando el último cuerpo normativo, en el artículo 35, una serie de derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las administraciones públicas.
A fin de alcanzar un acercamiento de la Administración a los ciudadanos, el presente decreto constituye un referente normativo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, que garantiza los derechos que el bloque constitucional les reconoce a los ciudadanos en sus relaciones con la Administración, derechos tales como el derecho de información y atención al ciudadano, el derecho de acceso a los registros y el derecho a presentar sugerencias y quejas, produciéndose el cambio de derechos potenciales a derechos efectivos.
El presente decreto consta de 32 artículos, 3 disposiciones adicionales, 2 disposiciones transitorias, 4 disposiciones derogatorias y 2 disposiciones finales, estructurándose dichos artículos en 4 capítulos.
En el capítulo I se determina su objeto y ámbito de aplicación.
El capítulo II se dedica a la regulación de los registros dando cumplimiento al mandato contenido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que establece en su artículo 38.8º que las administraciones públicas deberán hacer pública y mantener actualizadas las oficinas de registro propias o concertadas, sus sistemas de acceso y comunicación así como los horarios de funcionamiento. Conforme al citado mandato legal se procede en este decreto a determinar, por una parte, las oficinas de registro propias de la Administración de la Comunidad Autónoma, estableciendo el carácter de registro general o auxiliar de los mismos y, por otra, proceder a la fijación de las oficinas de registro concertadas. En este sentido, es necesario decir que desde el 15 de febrero de 1996, fecha en la que se suscribió un convenio de colaboración entre la Consellería de la
Presidencia y Administración Pública y la Federación Gallega de Municipios y Provincias (Fegamp), se estableció la posibilidad de incorporación de los ayuntamientos al mismo lo que significa, a los efectos que nos ocupan, la posibilidade de operar como registros de carácter general de escritos, solicitudes o comunicaciones dirigidas a cualquier órgano de la Administración autonómica de Galicia. Son muchos los ayuntamientos incorporados a dicho sistema desde el año 1996 por lo que a la necesidad de proceder al cumplimiento del mandato contenido en el artículo 38.8º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, es necesario añadir la necesidad de refundición en un único texto normativo de los existentes en la actualidad.
Se acomete en este decreto la creación de un registro telemático que permitirá la presentación por vía telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones y que estará encargado de la gestión y recepción de dichas solicitudes, escritos y comunicaciones para aquellos procedimientos que sean objeto de tramitación electrónica, según lo establecido en el apartado 9 del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, introducido por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, que establece la posibilidad de crear registros telemáticos para la recepción y salida de aquellas solicitudes, escritos y comunicaciones que se transmitan por medios telemáticos.
Con la creación de este registro telemático, se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 30/1992, que insta a las administraciones públicas para que promuevan la incorporación de técnicas o medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias. Dichas técnicas no se circunscriben exclusivamente a la creación del registro telemático de la Xunta de Galicia sino que se extienden también a la multiplicidade de aspectos que se regulan en este decreto y que pretenden la continuación del periplo iniciado por la Xunta de Galicia en el año 1990, cuando comenzó un camino de modernización y agilización de la Administración, con el objetivo de realizar sus actividades bajo los principios de eficacia, eficiencia y garantía
en su ejercicio. En este sentido se observó inmediatamente la necesidad de utilizar el soporte informático y el tratamiento automatizado de la información, así como la de abrir la posibilidad de la comunicación telemática para proporcionar flexibilidad a la comunicación entre las partes, el ejercicio de las funciones, las actividades y las actuaciones de todos los órganos administrativos, generalizando de esta forma el uso de los medios informáticos en el ámbito de la Administración autonómica gallega y produciéndose un crecimiento exponencial de los procedimientos que se tramitan en su totalidad a través de medios informáticos, incluyendo la relación con los administrados.
En este capítulo se establece el régimen básico de los registros de la Administración de la Comunidad Autónoma, resaltándose el derecho de los ciudadanos a presentar solicitudes, escritos y comunicaciones en cualquiera de los registros de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia propios o concertados, y en los recogidos en el artículo 7 del presente decreto, así como el derecho de los ciudadanos a que se expida un recibo acreditativo de la presentación realizada.
En el capítulo III se procede a la regulación de la atención al ciudadano, concibiéndola, dada su trascendencia, en un modo amplio, como el conjunto de actividades y medios que la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia pone a disposición de los ciudadanos para el ejercicio de sus derechos, el cumplimiento de sus obligaciones y el acceso a los servicios públicos, estableciéndose la regulación de las actividades y medios que la integran. Asimismo, resulta necesario regular la organización, el funcionamiento y la coordinación de las unidades administrativas que integran el Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano y que tienen como función y actividad fundamental la información de las actividades y servicios que desarrolla y presta la Administración y, la atención a los ciudadanos; estableciéndose el marco jurídico de su actuación, el contenido de su competencia, la atribución de funciones y el alcance de su responsabilidad en el ejercicio de aquellas. Se
procede también en este capítulo a la regulación del derecho de los ciudadanos a la presentación de sugerencias y quejas como instrumento adecuado para recoger las demandas de los ciudadanos respecto de la creación, ampliación o mejora de los servicios públicos.
Finalmente, en el capítulo IV se procede a la regulación de las webs de la Xunta de Galicia en las que está integrada la información que la Comunidad Autónoma de Galicia ofrece por la rede de Internet en el Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano que, a pesar de estar regulado en el capítulo III deste decreto, requiren por su especificidad un tratamiento autónomo a fin de garantizar la homoxeneidad e integridad de las webs de la Administración Autonómica.
En definitiva, el presente decreto constituye una aportación para el ejercicio fácil de los derechos que los ciudadanos tienen frente a la Administración, derechos reconocidos en el artículo 35 de la Ley 30/1992, que, a pesar de la trascendental aportación que supuso desde el punto de vista normativo, requieren para que se produzca el cambio de derechos potenciales a derechos efectivos de un esfuerzo por parte de la Administración de acercamiento a los ciudadanos de modo que se per
ciba el aire continuo de reforma sensible y receptor de las continuas innovaciones técnicas como le corresponde a una Administración moderna.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Galicia y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinte de marzo de dos mil tres,
DISPONGO:
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1º.-Objeto.
El presente decreto tiene por objeto regular y determinar las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, proceder a la creación del registro telemático de la Xunta de Galicia y regular la atención al ciudadano.
Artículo 2º.-Ámbito de aplicación.
1. El presente decreto será de aplicación a todos los órganos y unidades de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como a todos los organismos autónomos, entidades de derecho público y demás entes públicos vinculados o dependientes de la misma. Estas entidades sujetarán su actividad al presente decreto en cuanto ejerzan potestades administrativas, sometiéndose en el resto de su actividad a lo que dispongan sus normas de creación.
2. El ámbito de aplicación del presente decreto se extenderá a todas las entidades de la Administración local de la Comunidad Autónoma de Galicia que en virtud de convenio suscrito con la Administración de la Comunidad Autónoma se incorporen al régimen establecido en el.
Capítulo II
De los registros
Artículo 3º.-De los registros de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
1. Las oficinas de registro de la Xunta de Galicia son unidades administrativas que tienen la consideración de órganos administrativos por tener atribuidas funciones que tienen efectos jurídicos frente a terceros.
2. El registro general de la Xunta de Galicia está adscrito a la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
3. En todas las consellerías de la Xunta de Galicia, organismos autónomos, entidades de derecho público y demás entes públicos vinculados o dependientes de ella, así como en las delegaciones o direcciones provinciales o territoriales de las mismas, existirá una oficina de registro.
4. Cuando estén ubicadas en un mismo edificio o complejo administrativo dependencias de dos o más consellerías, organismos autónomos, entidades de derecho público y entes públicos existirá un solo registro unificado que pasará a depender del registro general.
Artículo 4º.-De los registros auxiliares.
1. Cuando el volumen o la naturaleza de las actividades de un órgano o de una unidad administrativa lo aconsejen, podrán establecerse en ellos registros auxi
liares vinculados a las oficinas de registro de la consellería, organismos autónomos, entidades de derecho público y entes públicos de los que dependan orgánicamente.
2. Los registros auxiliares estarán obligados a comunicar a las oficinas de registro de la consellería, organismos autónomos, entidades de derecho público y entes públicos de los que dependan, todos los asientos que realicen, salvo que estén conectados en la red privada de voz y datos de la Xunta de Galicia.
3. Su creación, modificación o supresión se hará por orden conjunta de la Conselleria de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública y la consellería correspondiente.
Artículo 5º.-Registro Telemático de la Xunta de Galicia.
1. Se crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia para la recepción o salida de todas las solicitudes, escritos y comunicaciones que se transmitan por vía telemática mediante firma electrónica avanzada en el ámbito de los procedimientos que figuran en el anexo VII.
Para la utilización del Registro Telemático de la Xunta de Galicia es necesario que esta posibilidad esté previamente contemplada en la normativa aplicable a los procedimientos administrativos objeto de tramitación electrónica en la Xunta de Galicia.
2. Todas las solicitudes, escritos y comunicaciones que se habiliten para la tramitación electrónica estarán disponibles en la dirección: http://www.xunta.es/servicios/
3. El Registro Telemático de la Xunta de Galicia queda adscrito a la Secretaría General de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
4. Para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones en el Registro Telemático el interesado deberá poseer un certificado digital bajo la norma X.509 V3 expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.
Artículo 6º.-De las actividades propias de los registros.
Constituyen actividades propias de los registros:
a) La recepción de solicitudes, escritos y comunicaciones presentadas por los ciudadanos, así como de los documentos que los acompañen dirigidos a las administraciones públicas.
b) La expedición de recibos de presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones.
c) La anotación de asientos de entrada y salida de las solicitudes, escritos y comunicaciones.
d) La remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones a los órganos o unidades destinatarias.
e) Emitir certificaciones de las solicitudes, escritos y comunicaciones que se hayan presentado.
f) Cualquier otra que le atribuyan legal o reglamentariamente.
Artículo 7º.-Lugares de presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan a los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma podrán presentarse:
a) En cualquiera de las oficinas de registro, propias o concertadas, de la Administración de la Comunidad Autónoma que se determinan en los anexos I y II del presente decreto y, en su caso, a través del Registro Telemático.
b) En cualquier oficina de registro de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración general del Estado y a la de cualquier Administración de las comunidades autónomas.
c) En las oficinas de correos en la forma establecida reglamentariamente.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Artículo 8º.-De los recibos de presentación.
1. Los registros expedirán un recibo acreditativo de la fecha de presentación de todas las solicitudes, escritos y comunicaciones que presenten los ciudadanos. El recibo se expedirá en el mismo momento de la presentación y en él quedará constancia de la identidad del remitente, el órgano destinatario, el lugar y la fecha de presentación y un extracto del contenido de la solicitud.
2. Cuando la presentación se efectúe aportando una copia en papel, el recibo consistirá en la mencionada copia, en la que se hará constar el lugar de presentación y la fecha. Si no se aportase copia, el registro podrá optar por realizar una copia de la solicitud, escrito o comunicación o por la expedición del recibo referido en el apartado anterior, según el modelo que se recoge en el anexo III.
3. Cuando el ciudadano efectúe la presentación a través de soportes, medios o aplicaciones informáticas, electrónicas o telemáticas, el recibo se expedirá de acuerdo con las características del soporte, medio o aplicación del asiento efectuado, y su información deberá reunir los requisitos expresados en los apartados anteriores.
Artículo 9º.-Registro de entrada y salida.
1. Serán registrados de entrada todas las solicitudes, escritos o comunicaciones dirigidas a un órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma o a otros órganos de cualquiera de las administraciones públicas referidas en el artículo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en los términos previstos en el mismo y, en caso de entidades que integran la Administración local de Galicia, a los efectos previstos en el artículo 38.4º b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, siempre que se haya suscrito el oportuno convenio.
2. Serán registrados de salida los escritos o comunicaciones oficiales dirigidos a otros órganos de la Admi
nistración de la Comunidad Autónoma, a órganos de otras administraciones públicas y a los particulares.
3. En las oficinas de registro a la que se refiere el artículo 7º a) se pondrá a disposición de aquellas personas que pretendan la presentación simultánea de un número superior a 10 solicitudes, escritos o comunicaciones un impreso, según el modelo que se adjunta como anexo IV al presente decreto, para que relacionen aquellas, numerándolas y especificando la identidad de los interesados, los órganos destinatarios así como un extracto de los contenidos.
Artículo 10º.-Envío de documentos dirigidos a otras administraciones públicas.
Los documentos presentados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, que estén dirigidos a otras administraciones públicas, una vez registrados de entrada, se enviarán a los órganos a los que estén dirigidos dentro del plazo máximo de 2 días hábiles procediéndose al registro de salida, del que se hará el correspondente asiento.
Artículo 11º.-Características de los asientos.
1. Cada documento que se reciba en las dependencias del registro o se presente por medios telemáticos tendrá el correspondente asiento que contendrá, como mínimo, los siguientes datos:
a) El número de registro, que es el número identificador del documento.
b) La fecha y hora de presentación en el registro; que indica el día, la hora y el minuto en que se presenta el documento en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7º a) del presente decreto.
c) El tipo de documento, indicativo de la naturaleza del documento que se rexistra.
d) El asunto del documento, con un resumen explicativo del contenido de éste.
e) La identificación de la persona, el órgano, la unidad administrativa o el organismo público de procedencia.
f) La identificación de la persona, el órgano, la unidad administrativa o el organismo público al que se dirige.
2. Cada asiento relativo a la salida de un documento deberá contener los mismos datos señalados en el apartado anterior, si bien la fecha y la hora que se hará constar, será la de la salida del documento.
3. Cuando el documento se registrase de entrada en otra dependencia del registro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, dicho documento mantendrá la identificación numérica que le asignó el primer registro.
Artículo 12º.-Sellado de documentos.
1. Todos los escritos que sean registrados en las oficinas de registro propias o concertadas deberán ser sellados excepto los presentados en el registro telemático.
2. Los sellos del registro contendrán los siguientes datos:
a) La especificación del registro de que se trate.
b) El espacio destinado al número de entrada o salida que se le asigne al documento.
c) El espacio destinado a la fecha, la hora y el minuto de presentación en el registro del documento.
Artículo 13º.-Garantías del registro.
1. Los registros tendrán que cerrar cada día y los asientos registrales quedarán ordenados cronológicamente según el orden de presentación o salida de los documentos.
2. La instalación en soporte informático de las oficinas de registro garantizará la plena interconexión e integración de los registros entre ellos.
3. En todos los casos tendrá que garantizarse la certeza de los datos registrales.
Artículo 14º.-Sistemas de acceso.
El sistema de acceso para todos los registros que se determinan en el presente decreto será mediante personación en la correspondiente oficina, por correo o por vía telemática, en su caso.
Artículo 15º.-Medios de presentación.
La presentación de las distintas solicitudes, escritos o comunicaciones ante las oficinas de registros propias o concertadas podrá efectuarse en soporte papel o por medios informáticos, electrónicos o telemáticos.
Artículo 16º.-Efectos de la presentación.
1. A efectos de cumplimiento de los plazos por los ciudadanos, se entenderá como fecha de recepción, la fecha de entrada de las solicitudes, escritos y comunicaciones, en los lugares previstos en el artículo 7º de este decreto.
2. A efectos de cumplimiento de los plazos por la Administración, y en particular del plazo máximo en que debe notificarse la resolución expresa, éstos se computarán desde la fecha de entrada de las solicitudes, escritos y comunicaciones en el registro del órgano competente para su tramitación, de conformidad con la disposición adicional primera de la Ley 6/2001, de 29 de junio, de adecuación de la normativa de la Comunidad Autónoma de Galicia a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Capítulo III
De la atención al ciudadano
Artículo 17º.-La atención al ciudadano.
1. Las actividades que integran la atención al ciudadano son la información, orientación y recepción de las sugerencias o quejas que puedan mejorar la calidad de los servicios públicos de la Comunidad Autónoma.
2. El Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, dependiente funcionalmente de la Inspección General de Servicios de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, estará integrado por:
-El Centro de Información Administrativa y Atención al Ciudadano de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
-Las oficinas de Información Administrativa y Atención al Ciudadano de las diferentes consellerías y delegaciones provinciales o territoriales.
-Las oficinas de Información Administrativa y Atención al Ciudadano en los edificios administrativos de la Xunta de Galicia.
-Las oficinas comarcales de la Xunta de Galicia.
-Los puntos de Información Administrativa y Atención al ciudadano (PIC).
-El teléfono de Información Administrativa y Atención al Ciudadano 902 12 00 12.
-La red de ventanilla única con la Administración local (anexo II).
-Las webs de la Xunta de Galicia en la dirección: http://www.xunta.es/
3. La relación completa de los órganos que integran el Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, las direcciones postales, las direcciones electrónicas, los números de teléfonos y telefax, se publica como anexo V a este decreto.
Artículo 18º.-Información.
La información al ciudadano de la Comunidad Autónoma de Galicia se configura como un sistema de información de interés para el ciudadano y tiene como finalidad mejorar y facilitar el acceso a los servicios que presta la Administración autonómica de Galicia en sus relaciones con los ciudadanos.
Artículo 19º.-Tipos de información.
La información facilitada por las oficinas de información administrativa y atención al ciudadano podrá ser general o particular.
Artículo 20º.-Información general.
La información general tiene por objeto ofrecer a los ciudadanos una visión global, homogénea y sistematizada de la Xunta de Galicia, que comprenderá:
a) Información relativa a la estructura organizativa y funcional, incluyendo directorio de unidades administrativas y centros, y horarios de los mismos.
b) Información de cada procedimiento administrativo referida a su finalidad, legislación aplicable, requisitos y documentación necesaria para su tramitación, así como el órgano responsable de su gestión.
c) En general, cuantos datos sirvan de base a quien tenga que relacionarse con la Administración autonómica, y, de conformidad con el artículo siguiente, no tuviesen el carácter de información particular.
Artículo 21º.-Información particular.
1. La información particular consistirá en facilitar a los interesados o a sus representantes legales, el estado de la tramitación en que se encuentra su expediente administrativo.
2. La petición de información de carácter particular vendrá avalada por la identificación del solicitante, garantizándose la confidencialidad y la integridad de los datos de carácter personal, de acuerdo con la normativa estatal y autonómica sobre protección de datos de carácter personal.
Artículo 22º.-Actualización de la información.
La Inspección General de Servicios, en coordinación con las distintas secretarías generales de las consellerías de la Xunta de Galicia, que a tal efecto designarán un interlocutor, será la responsable de la gestión y actualización del contenido de la información general.
Artículo 23º.-Acceso a la información.
1. Los ciudadanos podrán acceder al sistema de información de la Administración de la Comunidad Autó
noma de Galicia, en las oficinas de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, presencialmente, por escrito, por teléfono o por correo electrónico a través de Internet.
2. Las informaciones que se suministren serán claras y comprensibles, concretas, íntegras y adecuadas a la información solicitada.
3. Si la petición de información por parte del ciudadano no pudiese ser resuelta de modo inmediato con los medios de que dispone el empleado de atención al público, la misma será contestada en el plazo de dos días hábiles siempre que el ciudadano le facilite los datos precisos para efectuar el contacto.
Artículo 24º.-Carácter de las informaciones emitidas.
Las actuaciones que realicen los empleados públicos del Sistema de Información Administrativa y Atención al ciudadano tendrán un carácter informativo para quien lo solicite, y, por lo tanto, en ningún caso entrañarán una interpretación normativa a la que se refiere el artículo 37.10º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. La información facilitada no podrá invocarse a efectos de interrupción o suspensión de plazos, caducidad o prescripción, ni servirá de instrumento formal de notificación en el expediente.
Artículo 25º.-Sugerencias y quejas.
1. Los ciudadanos e instituciones públicas o privadas podrán formular las sugerencias o quejas que estimen convenientes sobre el funcionamiento de los servicios públicos de la Administración autonómica a fin de mejorar la calidade de los mismos.
2. Las sugerencias y quejas formuladas según lo dispuesto en el apartado anterior, no tendrán en ningún caso la calificación de recurso administrativo ni su presentación suspenderá los plazos establecidos en la normativa vigente.
3. La presentación de sugerencias y quejas no condiciona en modo alguno el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercitar los que figuren en él como interesados.
Artículo 26º.-Presentación.
1. La forma de presentación de las sugerencias y quejas podrá ser:
a) Por escrito dirigido a la Inspección General de Servicios, que contendrá los datos de la oficina tramitadora, nombre del funcionario, y los hechos que motivaron la sugerencia o queja, los datos que permitan la identificación del ciudadano para los efectos de su notificación, así como el objeto de su sugerencia o reclamación.
A estos efectos, se publica como anexo VI un modelo impreso del que se facilitarán ejemplares en todas las oficinas de registro.
b) Por correo electrónico, a través de Internet, accediendo a la página web de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública. Igualmente en este caso, las sugerencias o quejas irán dirigidas a la Inspección General de Ser
vicios, debiendo figurar el nombre, apellidos y domicilio a efectos de notificación.
2. En caso de quejas o sugerencias que afecten a organismos o instituciones ajenas a la Administración autónomica, se dará traslado de las mismas a quien corresponda notificándolo al interesado.
3. Las sugerencias y quejas podrán presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7º del presente decreto.
Artículo 27º.-Tramitación de quejas.
1. Recibida la queja en las oficinas o registros referidos, se dará traslado inmediato de la misma a la Inspección General de Servicios.
2. Una vez recibida en la Inspección General de Servicios, esta, a su vez, dará traslado de la queja a la secretaría general de la consellería afectada por la misma, quien en el plazo de 15 días deberá remitir informe al respecto, en el que se añada una propuesta de actuación en relación a la queja.
3. Una vez emitido el informe y recibido en la Inspección General de Servicios, esta dará traslado del mismo al interesado, dándole un plazo de 10 días para que formule las alegaciones que estime oportunas.
4. A la vista del informe solicitud, y de las alegaciones formuladas por el interesado, la Inspección General de Servicios, podrá adoptar alguna de las medidas siguientes:
a) Recomendar la adopción de las medidas tendentes a la subsanación de la /de las anomalía/as detectadas.
b) Formular una propuesta de mediación con el interesado, cuando la entidad del asunto lo permita y sea aceptada por el interesado.
c) Proponer la incoación de un expediente disciplinario cuando se constate la existencia de alguna de las causas previstas legalmente para su incoación.
d) Cualquier otra medida, tendente a solucionar la queja planteada.
En todo caso, y en el plazo de 20 días contados desde la recepción de la queja en la Inspección General de Servicios, ésta deberá notificar al interesado las actuaciones llevadas a cabo al respecto.
5. En el supuesto de que expire el plazo de 15 días para que la correspondiente secretaría general emita el informe solicitado, la Inspección General de Servicios, le remitirá nuevo escrito advirtiendo de la obligación de emitir el informe solicitado a la mayor brevedad posible, poniéndolo en conocimiento de la Secretaría General de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública para su elevación a la Comisión de Secretarios Generales.
Artículo 28º.-Tramitación de sugerencias.
1. Recibida la sugerencia en las oficinas o registros referidos, se dará traslado de la misma a la Inspección General de Servicios.
2. Una vez recibida en la Inspección General de Servicios, ésta, a su vez, dará traslado de la sugerencia a la secretaria general de la consellería afectada por la misma, quien en el plazo de 20 días deberá remitir informe al respecto.
3. Una vez emitido el informe y recibido en la Inspección General de Servicios, se dará traslado del mismo al interesado, poniendo fin con la referida notificación, a su tramitación.
Artígo 29º.-Seguimiento y control.
La Inspección General de Servicios llevará el control y seguimiento de las quejas y sugerencias planteadas en las distintas unidades administrativas de la Administración autónomica.
El ámbito de la actuación de la Inspección General de Servicios, se entenderá sin perjuicio de las inspecciones sanitaria, financiera, tributaria, educativa, laboral o cualquier otra que establezcan las disposiciones normativas vigentes por las que se rigen.
Capítulo IV
Webs de la Xunta de Galicia
Artículo 30º.-Información en las webs de la Xunta de Galicia.
1. El acceso a la información de las webs de la Xunta de Galicia tendrá lugar a través de la dirección de Internet: http://www.xunta.es/
2. La información que la Xunta de Galicia ofrece por la red Internet como parte integrante del Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano se organiza en las diferentes webs de las consellerías, centros directivos, organismos autónomos y entidades de derecho público de ellas dependientes. El sitio web oficial de la Xunta de Galicia dispondrá de los vínculos a dichas webs.
3. Desde la primera página del sitio web de la Xunta de Galicia se accederá al Sistema de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, al Sistema de Sugerencias y Quejas, a la tramitación telemática de procedimientos y al Diario Oficial de Galicia.
En caso de tramitación telemática de procedimientos se estará a lo que se especifique en la norma de creación de los mismos, así como será necesario que el interesado disponga de una dirección electrónica habilitada para ello, según lo dispuesto en las disposiciones vigentes en la materia.
Artículo 31º.-Contenido de las webs.
1. El diseño y contenido de las páginas que se editen en Internet será adecuado a las necesidades de los distintos órganos. En cualquier caso, el criterio general será suministrar información de utilidad a los usuarios y facilitar su localización en las webs de la Xunta de Galicia.
2. La Inspección General de Servicios de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, actuará como centro coordinador de la información, garantizando la homogeneidad e integridad de su contenido, con el objeto de evitar duplicidades y contradicciones.
La Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos, facilitará, en su caso, los medios técnicos necesarios para que cada consellería, centro directivo, organismo autónomo y entidade de derecho público publique en Internet o en la Intranet sus páginas y realicen su mantenimiento y actualización; revisará los formatos y la calidad técnica de los contenidos y los servicios publicados.
En cualquier caso, cada página contendrá en su cabecera el logotipo de la Xunta de Galicia, que servirá de enlace con la página de inicio de la comunidad, la consellería, centro directivo, organismo autónomo y entidade de derecho público a la que pertenece la página consultada, un enlace a la página principal de dicha consellería, un enlace al sistema de sugerencias y quejas, un buscador, y un buzón a través del que los ciudadanos harán llegar sus consultas, sugerencias o comentarios sobre la página web.
3. Asimismo, cada página llevará la dirección del organismo o unidad responsable e información necesaria para que el usuario pueda contactar con la unidad, incluyendo una dirección de correo electrónico.
4. En la primera edición se determinarán los plazos de revisión de las respectivas páginas, excepto en aquellas que sean de actualización continua. Aquellas que no sean revisadas y, en su caso, actualizadas en los plazos establecidos serán retiradas directamente por la Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública hasta su actualización, de conformidad con la consellería correspondiente.
Artículo 32º.-Comisión de las Webs de la Xunta de Galicia.
1. Se crea la Comisión de las Webs de la Comunidad Autónoma de Galicia dependiente de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública que estará integrada por el secretario general para las Relaciones con los Medios Informativos, el inspector general de Servicios, el director general de Organización y Sistemas Informáticos, y los secretarios generales de cada consellería; estará presidida por el secretario xeral de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, y actuará como secretario un funcionario designado por el director general de Organización y Sistemas Informáticos.
2. Le corresponde a la Comisión de las Webs de la Xunta de Galicia determinar el contenido de la información general a que se refiere el artículo 20º del presente decreto y adoptar cuantas medidas sean precisas para garantizar la coordinación de la información específica aportada por las distintas consellerías en sus páginas webs, y adoptando, en su caso, las medidas precisas a fin de alcanzar la homogeneidad y sistematización a que hace referencia dicho artículo. A estos efectos ejercerá las siguientes funciones:
a) La revisión y aprobación de los proyectos de webs propuestos por los departamentos y organismos de la Comunidad Autónoma. Previamente, recibirá la correspondiente aprobación y certificación emitida por la Comisión de Informática en relación a la arquitectura, características y formatos técnicos de los proyectos de webs.
b) El seguimiento de las operaciones que se realicen en relación a las creaciones, elaboraciones, modificaciones, actualizaciones o supresiones de las páginas webs de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia o de sus contenidos.
c) La elaboración de una memoria anual para su elevación al Consello de la Xunta a través del conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Admi
nistración Pública sobre el funcionamiento y contenidos de las webs de la Comunidad Autónoma, para el cual podrá recabar la información necesaria de los órganos correspondientes.
d) La elaboración de un manual de instrucciones de las webs de la Xunta de Galicia referido a su presentación, contenidos y aspectos técnicos.
3. Con la finalidad de facilitar la actividad de esta comisión se crea la Subcomisión de Presentación y Contenidos, que elevará las correspondientes propuestas a la Comisión de las Webs de la Xunta de Galicia.
Disposiciones adicionales
Primera.-En los anexos I y II del presente decreto se relacionan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia. Cuando como consecuencia de orden de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública se proceda a la creación o modificación de oficinas de registro se procederá a la permanente actualización de la relación de las oficinas de registro propias o concertadas, estando la citada relación a disposición de los ciudadanos en todo el Sistema General de Información al Ciudadano de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
Segunda.-Horarios de los registros:
a) El Registro Telemático de la Xunta de Galicia estará en funcionamiento durante las veinticuatro horas del día, todos los días del año. La presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones podrá realizarse en los registros telemáticos durante las veinticuatro horas de todos los días del año.
La presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones en registros telemáticos, su recepción, así como las remisiones de escritos y comunicaciones por aquellos, se regirá a efectos de cómputo de los plazos fijados en días inhábiles por los siguientes criterios:
1. Serán considerados días inhábiles, para los registros telemáticos y para los usuarios de este, sólo los así declarados para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia en el calendario laboral de días inhábiles.
2. La recepción de solicitudes, escritos y comunicaciones efectuadas en un día inhábil para el registro telemático se entenderá efectuada en la primera hora del primer día hábil siguiente. A estos efectos en el asiento de la entrada se inscribirán como fecha y hora de presentación aquellas en que se produjo efectivamente la recepción; constando como fecha y hora de entrada las cero horas y un minuto del primer día hábil siguiente.
3. Los registros telemáticos no realizarán ni anotarán salidas de escritos y comunicaciones en días inhábiles.
b) El horario de atención al público del Registro General de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública en Santiago de Compostela, de los registros de las respectivas delegaciones provinciales de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, y de los edificios administrativos de A Coruña (Monelos), Ferrol, Lugo y Vigo, será de 8 horas a 20 horas en jornada de lunes a viernes.
c) El horario de atención al público de los registros no previstos en el apartado anterior será de 9 a 14 horas en jornada de lunes a viernes.
d) Los sábados funcionarán en horario de 9 a 14 horas el registro general de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública en Santiago de Compostela, los registros de las respectivas delegaciones provinciales de la citada consellería y de los edificios administrativos de la Xunta de Galicia en A Coruña (Monelos), Ferrol, Lugo y Vigo.
e) Las oficinas de registro de la Administración local concertadas con la Administración de la Comunidade Autónoma de Galicia, se ajustarán a sus propios horarios.
Tercera.-El presente decreto no supondrá incremento de gasto.
Disposiciones transitorias
Primera.-Las oficinas de registro reguladas en el apartado 3 del artículo 3º del presente decreto dependerán de las diferentes consellerías en tanto no se proceda a la creación de una oficina única de registro, adscrita al Registro General de la Xunta de Galicia.
Segunda.-El horario de atención al público de las oficinas de registro, previsto en la disposición adicional segunda, párrafo b, en el que exceda del horario de funcionamiento actual, entrará en vigor por orden de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, previos los trámites exigidos por la normativa vigente en la materia.
Disposiciones derogatorias
Primera.-Queda derogado el capítulo II del Decreto 21/1999, de 5 de febrero, por el que se regula la utilización de la red Internet por la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Segunda.-Queda derogado el artículo 3.3º del Decreto 121/1992, de 14 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica y las funciones de la Inspección General de Servicios de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.
Terceira.-Queda derogada la Orden de 21 de diciembre de 1993, por la que se regula la llevanza de los libros de registro en las cofradías de pescadores.
Cuarta.-Queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango que se oponga a lo establecido en este decreto.
Disposiciones finales
Primera.-Se faculta al conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo del presente decreto.
Segunda.-Este decreto entrará en vigor al día seguinte de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, veinte de marzo de dos mil tres.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente
Jaime Pita Varela
Conselleiro de la Presidencia, Relaciones
Institucionales y Administración Pública
ANEXO I
OFICINAS DE REGISTRO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE GALICIA
REGISTRO TIPO DIRECCIÓN PROVINCIA
REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RR.II. Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA SS.CC. EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA SS.CC. CALLE MADRID, 2-4, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN AL CIUDADANO SS.CC. DOCTOR TEIJEIRO, 26, ENTREPLANTA, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA SECRETARÍA PARA LAS RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN EXTERIOR SS.CC. FEÁNS, 5, BAJO A CORUÑA
REGISTRO DE LA CASA DE GALICIA EN MADRID SS.CC. CASADO DE ALISAL, 8 MADRID
REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE A CORUÑA PROV. PZA. LUIS SEOANE, EDIF. ADMVO. MONELOS A CORUÑA
REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE FERROL PROV. PLAZA CAMILO JOSÉ CELA, S/N, 1º, FERROL A CORUÑA
REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE LUGO PROV. RONDA DE LA MURALLA, Nº 70 LUGO
REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL DE ORDES PROV. GENERAL MOLA, S/N, ORDES A CORUÑA
REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL DE VILALBA PROV. POETISA CARMIÑA PRIETO ROUCO, S/N, VILALBA LUGO
REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO AMINISTRATIVO DE OURENSE PROV. AVDA. DE LA HABANA, 79 OURENSE
REGISTRO OFICINA COMARCAL DE O BARCO DE VALDEORRAS PROV. RAMÓN OTERO PEDRAYO, 11, CASA GRANDE DE VILOIRA, O BARCO DE VALDEORRAS OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA PROV. BENITO CORBAL, 47, 1º PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL DE LALÍN PROV. AREAL, 30, BAJO, LALÍN PONTEVEDRA
REGISTRO ÚNICO DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE VIGO PROV. CONCEPCIÓN ARENAL 8, BAJO, VIGO PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA SS.CC. EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, BLOQUE 3 SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE ESTADÍSTICA (IGE) SS.CC. COMPLEJO ADMINISTRATIVO SAN LÁZARO, SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) SS.CC. COMPLEJO ADMINISTRATIVO SAN LÁZARO, SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL CENTRO INFORMÁTICO PARA LA GESTIÓN TRIBUTARIA ECONÓMICO FINANCIERA Y CONTABLE (CIXTEC) SS.CC. CALLE DOMINGO FONTÁN, 9, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑA PROV. PLAZA DE PONTEVEDRA, Nº 22 A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE LUGO PROV. RONDA DE LA MURALLA, Nº 70, 1º PISO LUGO
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE PROV. C/ PROGRESO, Nº 38 OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA PROV. C/ MICHELENA, Nº 30 PONTEVEDRA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) TERR. PLAZA DE PONTEVEDRA, 22, 2º A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) TERR. CALLE VALLE INCLÁN, 2 OURENSE
REGISTRO TIPO DIRECCIÓN PROVINCIA
POLÍGONO DE AS FONTIÑAS, SANTIAGO DE COMPOSTELA
EDIFICIO ÁREA CENTRAL, SANTIAGO DE COMPOSTELA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE) TERR. CALLE MICHELENA, 30 PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA SS.CC. EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO SS.CC. ÁREA CENTRAL, S/N
A CORUÑA
REGISTRO DE PUERTOS DE GALICIA SS.CC. PLAZA DE EUROPA, Nº 5 A, 6º
A CORUÑA
REGISTRO DE URBANISMO DE A CORUÑA PROV. ALFÉREZ PROVISIONAL, 1, 3º A CORUÑA
REGISTRO DE TRANSPORTES DE A CORUÑA PROV. ALCALDE PÉREZ ARDÁ, 4 A CORUÑA
REGISTRO PUERTOS DE GALICIA ZONA CENTRO PROV. AVDA. ALFÉREZ PROVISIONAL 1, 1º A CORUÑA
REGISTRO DE URBANISMO DE LUGO PROV. AVDA. RAMÓN FERREIRO, Nº 28 LUGO
REGISTRO DEL IGVS DE LUGO PROV. AVDA. RAMÓN FERREIRO, Nº 28 LUGO
REGISTRO DE PUERTOS DE GALICIA. ZONA NORTE PROV. NICOMEDES PASTOR DÍAZ, Nº 13, 1º LUGO
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE PROV. SÁENZ DÍEZ, 1 OURENSE
REGISTRO DE URBANISMO DE OURENSE PROV. AVDA. DE LA HABANA, 1, 2º OURENSE
REGISTRO DE TRANSPORTES DE OURENSE PROV. CURROS ENRÍQUEZ, 1, ENTRESUELO OURENSE
REGISTRO DEL IGVS OURENSE PROV. SÁENZ DÍEZ, 1 OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA PROV. ALCALDE HEVIA, S/N, 3º PONTEVEDRA
REGISTRO DE CARRETERAS DE PONTEVEDRA PROV. SAID ARMESTO, 1, 1º PONTEVEDRA
REGISTRO DE TRANSPORTES DE PONTEVEDRA PROV. ESTACIÓN AUTOBUSES, S/N, BAJO PONTEVEDRA
REGISTRO DEL IGVS PONTEVEDRA PROV. ALCALDE HEVIA, S/N, BAJO PONTEVEDRA
REGISTRO PUERTOS DE GALICIA ZONA SUR PROV. BENITO CORBAL, 37, 3º PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA SS.CC. EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO INSPECCIÓN TÉCNICA EDUCATIVA SS.CC. CALLE DE LA ROSA, 16, 1º, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL CENTRO RAMÓN PIÑEIRO SS.CC. CARRETERA SANTIAGO-NOIA, KM 3, A BARCIA, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE PROV. CONCELLO, 11, 7º OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA PROV. MONTERO RÍOS, S/N, BAJO PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO SS.CC. EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE CONSUMO SS.CC. PLAZA DE EUROPA, 10A, 2º, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO SS.CC. CALLE DE OS FEÁNS, 7, BAJO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO ENERGÉTICO DE GALICIA SS.CC. CALLE OURENSE, Nº 6, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE CONSUMO DE OURENSE PROV. AVDA. DE ZAMORA, 13 OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE PROV. CURROS ENRIQUEZ, 1, 5º OURENSE
REGISTRO DEL INSTITUTO GALLEGO DE CONSUMO DE PONTEVEDRA PROV. AVDA. DE VIGO, 16, 1º PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA PROV. EDUARDO PONDAL, 64, BAJO PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA Y DESARROLLO RURAL SS.CC. EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE CENTRO DE FORMACIÓN, I.T.A. GALICIA SS.CC. AS FONTIÑAS, 31, BAJO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL FONDO GALLEGO DE GARANTÍA AGRARIA SS.CC. CALLE DE OS IRMANDIÑOS, S/N, SALGUEIRIÑOS, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS Y PROMOCIÓN AGROALIMENTARIA SS.CC. CALLE DE OS IRMANDIÑOS, S/N, SALGUEIRIÑOS, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE ARZÚA PROV. CALLE PADRE PARDO, 25, 1º A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL BAIO PROV. CALLE CAMPO DEL ROLLO, 48 A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE BETANZOS PROV. AVDA. FRAGA IRIBARNE, 60 A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CAMBRE PROV. SAMOSTEIRO, Nº 5, BAJO A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CARBALLO PROV. DETRÁS DE LA IGREXA, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CEDEIRA PROV. CALLE PONTENOVA, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CORCUBIÓN PROV. A VIÑA, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE FERROL PROV. PLAZA CAMILO JOSÉ CELA, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MELIDE PROV. PLAZA DEL CONVENTO, Nº 5 A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE NEGREIRA PROV. CALLE CASTELAO, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE NOIA PROV. CALLE ROSALÍA DE CASTRO, Nº 6, BAJO A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE ORDES PROV. AVDA. DEL GENERALÍSIMO, 41, 1º A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE ORTIGUEIRA PROV. AVDA. GENERAL FRANCO, 42, BAJO A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE PADRÓN PROV. CALLE DOLORES, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE PONTEDEUME PROV. SAN MIGUEL, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE AS PONTES DE GARCÍA RODRÍGUEZ PROV. CALLE PONTEDEUME, 12, BAJO A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE RIBEIRA PROV. CALLE GENERAL FRANCO, 64-66 A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE SANTA COMBA PROV. CALLE SANTA CATALINA, S/N A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA PROV. CALLE FONTE DOS CONCHEIROS, 9 A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE TEIXEIRO PROV. CALLE SÁNCHEZ ANIDO, 1 A CORUÑA
CENTRO DE INVESTIGACIONES AGRARIAS DE MABEGONDO SS.CC. KM 8, CARRETERA BETANZOS-SANTIAGO, APARTADO DE CORREOS 10 A CORUÑA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE FOZ PROV. PLAZA MARISCAL PARDO CELA, S/N LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE FRIOL PROV. AVDA. DE A CORUÑA, 21, BAJO LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A FONSAGRADA PROV. AVDA. DE GALICIA, 36 LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE BECERREÁ PROV. RONDA DE OUTEIRO, 1, 1º LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CASTROVERDE PROV. ROSALÍA DE CASTRO, 81 LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CHANTADA PROV. PLAZA DE ESPAÑA, 1º LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE GUITIRIZ PROV. CALLE SESULFE, Nº 21 LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE LUGO PROV. RONDA DE LA MURALLA, 70, BAJO LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MEIRA PROV. AVDA. DEL GENERALÍSIMO, 47-49, ENTRESUELO LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MONDOÑEDO PROV. CALLE PARDO DE CELA, 22 LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MONTERROSO PROV. CALLE MIGUEL OLIVAS SOTO, S/N LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MONFORTE DE LEMOS PROV. AVDA. DE GALICIA, 64, BAJO LUGO
REGISTRO TIPO DIRECCIÓN PROVINCIA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE QUIROGA PROV. CALLE SAÁ, 1, 1º E LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE RIBADEO PROV. AVDA. DE GALICIA, 7, BAJO LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE SARRIA PROV. CALLE VÁZQUEZ QUEIPO, 25 LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VILALBA PROV. CALLE PRIETO ROUCO, S/N LUGO
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VIVEIRO PROV. CALLE ALONSO PÉREZ, S/N LUGO
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE PROV. FLORENTINO LÓPEZ CUEVILLAS, 4 OURENSE
REGISTRO DEL FONDO GALLEGO DE GARANTÍA AGRARIA DE OURENSE PROV. CURROS ENRÍQUEZ, 1, 6º OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE O CARBALLIÑO PROV. CALLE JULIO RODRÍGUEZ SOUTO, 14 OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE RIBADAVIA PROV. TRAVESÍA DE O RIBEIRO, 3, BAJO OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CELANOVA PROV. AVDA. SAN ROSENDO, 1, 1º B OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE BANDE PROV. MAESTRO TAIBO, 29 OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE O BARCO DE VALDEORRAS PROV. CASA GRANDE DE VILOIRA OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A RÚA PROV. CALLE VELÁZQUEZ, 2 OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VIANA DO BOLO PROV. CALLE CONSTITUCIÓN, S/N, CASA DO CONCELLO OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A GUDIÑA PROV. AVDA. BEATO SEBASTIÁN APARICIO, CASA DO CONCELLO OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A POBRA DE TRIVES PROV. SAN ROQUE, 4 OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CASTRO CALDELAS PROV. CASA DO CONCELLO, 1, 2º OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VERÍN PROV. CALLE DOCTOR PEDRO GONZÁLEZ, 5, 1º OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE XINZO DE LIMIA PROV. CALLE LADEIRA, 21, 1º OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE ALLARIZ PROV. CALLE OLIVEIRA, Nº 6, BAJO OURENSE
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE MACEDA PROV. CALLE CARDENAL QUIROGA, 19, 1º OURENSE
REGISTRO DE DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA PROV. BENITO CORBAL, 47, 4º PONTEVEDRA
REGISTRO DE PRODUCCIÓN Y SANIDAD AGROPECUARIA DE CABANAS-SALCEDO PROV. CENTRO DE APOIO DE CABANAS-SALCEDO PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE LALÍN PROV. CALLE AREAL, 27, 1º PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE SILLEDA PROV. RECINTO FEIRAL, 17 PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VILA DE CRUCES PROV. RÚA NOVA, 39, 1º PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A ESTRADA PROV. PLAZA MARTÍNEZ ANIDO, 2, 1º PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE FORCAREI PROV. EDIFICIO DEL AYUNTAMIENTO PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE A CAÑIZA PROV. CALLE PROGRESO, 51, 2º PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE PONTEAREAS PROV. CALLE SANTA ANA, 23, BAJO PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE O PORRIÑO PROV. CALLE RIBEIRA, S/N, TORNEIROS, EDIF. MULTIUSOS PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE REDONDELA PROV. PASEO DE A XUNQUEIRA, 15, 1ºB PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE O ROSAL PROV. PLAZA DE O CALVARIO, S/N PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE TUI PROV. CALLE PÁRROCO RODRÍGUEZ VÁZQUEZ, 1B PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CALDAS DE REIS PROV. CALLE SOUTO MARÍA LÓPEZ, 20, BAJO PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE CANGAS PROV. AVDA. OURENSE, 34, 1º PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE PONTE CALDELAS PROV. AVDA. GALICIA, 19 PONTEVEDRA
OFICINA AGRARIA COMARCAL DE VILAGARCÍA DE AROUSA PROV. CALLE CONDE VALLELLANO, 13, 1º PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO SS.CC. EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL SERVICIO DE TURISMO SS.CC. PLAZA DE MAZARELOS, 15, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL CENTRO GALLEGO DE ARTE CONTEMPORÁNEA SS.CC. VALLE INCLÁN, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑA PROV. DURÁN LORIGA, 3, 7º A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA PROV. BENITO CORBAL, 47, 2º PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE SANIDAD SS.CC. EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑA PROV. GREGORIO HERNÁNDEZ, 2-4 A CORUÑA
REGISTRO DEL SERGAS DE A CORUÑA PROV. DURÁN LORIGA, 3, BAJO A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE LUGO PROV. MONTEVIDEO, 9, BAJO LUGO
REGISTRO DEL SERGAS DE LUGO PROV. MONTEVIDEO, 9, BAJO LUGO
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE PROV. AVDA. DE ZAMORA, 13, 4º OURENSE
REGISTRO DEL SERGAS DE OURENSE PROV. JUAN XXIII, 27-29, 2º OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA PROV. AVDA. DE VIGO, 16, BAJO PONTEVEDRA
REGISTRO DEL SERGAS DE VIGO PROV. GARCÍA BARBÓN, 51, BAJO, VIGO PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS SS.CC. EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE A CORUÑA PROV. RAMÓN Y CAJAL, 1, 5º A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN COMARCAL DE RIBEIRA PROV. PLAZA DE OS MARIÑEIROS, S/N, RIBEIRA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LUGO PROV. AVD. RAMÓN CANOSA, S/N, CELEIRO-VIVEIRO LUGO
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN COMARCAL DE PONTEVEDRA PROV. ANDRÉS MELLADO, 15, 1º PONTEVEDRA
REGISTRO DE USOS DEL LITORAL DE VIGO PROV. ALCALDE HEVIA, S/N, 5º PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN COMARCAL DE VILAGARCÍA PROV. ALTO DA ROSA, S/N, CARRIL PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES SS.CC. EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE JUSTICIA DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑA PROV. FERNANDO MACÍAS, 18, 1º A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE PROV. CAMIÑO PRADO LONIA, S/N OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA PROV. GERMÁN ADRIO SOBRIDO, 6, BAJO PONTEVEDRA
REGISTRO ACADEMIA GALLEGA DE SEGURIDAD SS.CC. AVDA. DE LA CULTURA, S/N, A ESTRADA PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y VOLUNTARIADO SS.CC. EDIFICIO ADMINISTRATIVO SAN CAETANO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL SERVICIO GALLEGO DE IGUALDAD SS.CC. PLAZA DE EUROPA, 15 A, 2º, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN GENERAL PARA EL DEPORTE SS.CC. ESTADIO MULTIUSOS DE SAN LÁZARO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑA PROV. AVDA. EJÉRCITO 2, 1º A A CORUÑA
REGISTRO DE DEPORTES DE A CORUÑA PROV. COMPLEJO DEPORTIVO DE ELVIÑA A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE PROV. CAMIÑO PRADO LONIA, S/N OURENSE
REGISTRO DE DEPORTES DE PONTEVEDRA PROV. FERNANDO OLMEDO, 3, BAJO PONTEVEDRA
REGISTRO TIPO DIRECCIÓN PROVINCIA
REDONDELA
REGISTRO DE DEPORTES DE VIGO PROV. MÉXICO, 41, 1º IZDA., VIGO PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE SS.CC. SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL LABORATORIO DE MEDIO AMBIENTE SS.CC. POLÍGONO DE A GRELA, TORRES QUEVEDO, S/N A CORUÑA
REGISTRO DE AGUAS DE GALICIA SS.CC. PLAZA CAMILO DÍAZ VALIÑO, 7-9, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REX. DE AGUAS DE GALICIA (DEMARCACIÓN G. CENTRO) SS.CC. PLAZA DE VIGO, 2, BAJO, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DE AGUAS DE GALICIA (DEMARCACIÓN GALICIA NORTE) PROV. WENCESLAO FERNÁNDEZ FLÓREZ, 1, 2º A CORUÑA
REGISTRO DE INCENDIOS, MONTES Y MAN DE VILALBA PROV. POETISA CARMIÑA PRIETO ROUCO, S/N, VILALBA LUGO
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE PROV. CALLE DE O PASEO, 18, 4º OURENSE
REG. DE AGUAS DE GALICIA (DEMARCA. CUENCAS INTERCOMUNITARIAS) PROV. SÁENZ DÍEZ, 1 OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA PROV. CALLE NOVA DE ABAIXO, 2, 1º PONTEVEDRA
REG. DE AGUAS DE GALICIA (DEMARCACIÓN G. SUR) PROV. URZÁIZ 18, 2º, VIGO PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES SS.CC. SAN LÁZARO, S/N, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL CONSEJO GALLEGO DE RR. LL. SS.CC. ALGALIA DE ABAJO, Nº 24, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
REGISTRO DEL SMAC CORUÑA PROV. AVDA. MONSERRAT, S/N A CORUÑA
REGISTRO DEL SMAC FERROL PROV. REAL 1, ENTREPLANTA, FERROL A CORUÑA
REGISTRO DEL SMAC SANTIAGO DE COMPOSTELA PROV. GÓMEZ ULLA, 7, 1º A CORUÑA
REGISTRO DEL SERVICIO DE ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL PROV. AVDA. MONSERRAT, S/N A CORUÑA
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE A CORUÑA PROV. CONCEPCIÓN ARENAL, 7-9, BAJO A CORUÑA
REGISTRO DEL SMAC LUGO PROV. RONDA FINGOI, S/N, BAJO LUGO
REGISTRO DEL SERVICIO DE ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL PROV. RONDA DE FINGOI, S/N LUGO
REGISTRO DEL SMAC OURENSE PROV. CAMIÑO PRADO LONIA, S/N, 1º OURENSE
REGISTRO DEL SERVICIO DE ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL PROV. CAMIÑO PRADO LONIA, S/N OURENSE
REGISTRO DE LA DELEGACIÓN DE OURENSE PROV. SÁENZ DÍEZ, 33 OURENSE
REGISTRO DEL SMAC VIGO PROV. TEÓFILO LLORENTE, 6, BAJO, VIGO PONTEVEDRA
REGISTRO DEL SERVICIO DE ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL PROV. A REGASENDA, S/N
PONTEVEDRA
REGISTRO DE LA CONSELLERÍA DE EMIGRACIÓN SS.CC. CALLE DE OS BASQUIÑOS, 2, SANTIAGO DE COMPOSTELA A CORUÑA
ANEXO II
OFICINAS DE REGISTRO CONCERTADAS
Oficinas de registro de la Administración local concertadas con la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
EN EL DOG REGISTRO
PROVINCIA AYUNTAMIENTO PUBLICACIÓN
INICIO DE
A CORUÑA ABEGONDO 30-9-1997 1-10-1997
A CORUÑA AMES 30-11-1998 1-12-1998
A CORUÑA ARANGA 16-12-2002 16-12-2002
A CORUÑA ARES 28-4-2000 2-5-2000
A CORUÑA ARTEIXO 29-6-1998 1-7-1998
A CORUÑA ARZÚA 1-10-2002 1-10-2002
A CORUÑA BAÑA, A 30-11-1998 1-12-1998
A CORUÑA BERGONDO 1-6-1998 1-6-1998
A CORUÑA BETANZOS 30-4-1999 3-5-1999
A CORUÑA BOIMORTO 29-6-1998 1-7-1998
A CORUÑA BOIRO 28-4-2000 2-5-2000
A CORUÑA BOQUEIXÓN 1-6-1998 1-6-1998
A CORUÑA BRIÓN 30-4-1999 3-5-1999
A CORUÑA CABANA DE BERGANTIÑOS 30-9-1998 1-10-1998
A CORUÑA CABANAS 29-6-1998 1-7-1998
A CORUÑA CAMARIÑAS 31-5-2002 3-6-2002
A CORUÑA CAMBRE 30-11-1998 1-12-1998
A CORUÑA CAPELA, A 1-6-1998 1-6-1998
A CORUÑA CARBALLO 28-5-1999 1-6-1999
A CORUÑA CARIÑO 29-9-2000 2-10-2000
A CORUÑA CARNOTA 30-9-1998 1-10-1998
A CORUÑA CARRAL 30-6-1999 1-7-1999
A CORUÑA CEDEIRA 30-11-1998 1-12-1998
A CORUÑA CEE 31-3-1999 1-4-1999
A CORUÑA CERCEDA 30-11-1998 1-12-1998
A CORUÑA CERDIDO 28-5-1999 1-6-1999
A CORUÑA COIRÓS 29-6-1998 1-7-1998
A CORUÑA CORCUBIÓN 15-2-2002 18-2-2002
A CORUÑA CORISTANCO 28-4-2000 2-5-2000
A CORUÑA CULLEREDO 30-6-1999 1-7-1999
A CORUÑA CURTIS 30-6-1999 1-7-1999
A CORUÑA DODRO 1-6-1998 1-6-1998
A CORUÑA DUMBRÍA 11-2-2000 15-2-2000
EN EL DOG REGISTRO
PROVINCIA AYUNTAMIENTO PUBLICACIÓN
INICIO DE
A CORUÑA FENE 30-11-2000 1-12-2000
A CORUÑA FISTERRA 28-5-1999 1-6-1999
A CORUÑA FRADES 30-9-1998 1-10-1998
A CORUÑA IRIXOA 29-6-1998 1-7-1998
A CORUÑA LARACHA, A 29-6-1998 1-7-1998
A CORUÑA LOUSAME 1-6-1998 1-6-1998
A CORUÑA MALPICA DE BERGANTIÑOS 15-2-2002 18-2-2002
A CORUÑA MAZARICOS 29-6-1998 1-7-1998
A CORUÑA MELIDE 31-3-1999 1-4-1999
A CORUÑA MIÑO 30-9-1998 1-10-1998
A CORUÑA MOECHE 15-2-2002 18-2-2002
A CORUÑA MONFERO 16-2-2001 19-2-2001
A CORUÑA MUGARDOS 31-3-2003 1-4-2003
A CORUÑA MUROS 29-6-1998 1-7-1998
A CORUÑA MUXÍA 30-4-1997 2-5-1997
A CORUÑA NARÓN 30-6-1999 1-7-1999
A CORUÑA NEGREIRA 30-4-1999 3-5-1999
A CORUÑA NOIA 31-3-1999 1-4-1999
A CORUÑA OLEIROS 30-9-1998 1-10-1998
A CORUÑA ORDES 16-12-2002 16-12-2002
A CORUÑA OROSO 16-12-2002 16-12-2002
A CORUÑA ORTIGUEIRA 30-4-1999 3-5-1999
A CORUÑA OUTES 29-6-1998 1-7-1998
A CORUÑA PADERNE 29-9-2000 2-10-2000
A CORUÑA PADRÓN 29-6-1998 1-7-1998
A CORUÑA PINO, O 16-12-2002 16-12-2002
A CORUÑA POBRA DO CARAMIÑAL, A 30-9-1998 1-10-1998
A CORUÑA PONTECESO 30-11-1998 1-12-1998
A CORUÑA PONTEDEUME 16-12-2002 16-12-2002
A CORUÑA PONTES DE GARCÍA RODRÍGUEZ 1-6-1998 1-6-1998
A CORUÑA PORTO DO SON, O 29-1-1999 1-2-1999
A CORUÑA RIANXO 29-6-1998 1-7-1998
A CORUÑA RIBEIRA 31-1-1997 1-2-1997
A CORUÑA ROIS 28-10-1999 2-11-1999
A CORUÑA SADA 1-6-1998 1-6-1998
A CORUÑA SANTA COMBA 15-3-2002 18-3-2002
A CORUÑA SANTISO 1-10-2002 1-10-2002
A CORUÑA SOBRADO 1-10-2002 1-10-2002
A CORUÑA TEO 30-11-2000 1-12-2000
EN EL DOG REGISTRO
PROVINCIA AYUNTAMIENTO PUBLICACIÓN
INICIO DE
A CORUÑA TORDOIA 1-10-2002 1-10-2002
A CORUÑA TOURO 1-6-1998 1-6-1998
A CORUÑA TRAZO 29-9-2000 2-10-2000
A CORUÑA VAL DO DUBRA 31-3-1999 1-4-1999
A CORUÑA VALDOVIÑO 29-9-2000 2-10-2000
A CORUÑA VEDRA 30-11-2000 1-12-2000
A CORUÑA VILASANTAR 30-9-1998 1-10-1998
A CORUÑA VILARMAIOR 31-3-2003 1-4-2003
A CORUÑA VIMIANZO 16-12-2002 16-12-2002
A CORUÑA ZAS 30-11-1998 1-12-1998
LUGO ABADÍN 30-11-1998 1-12-1998
LUGO ALFOZ 29-1-1999 1-2-1999
LUGO ANTAS DE ULLA 30-6-1999 1-7-1999
LUGO BALEIRA 30-9-1997 1-10-1997
LUGO BARALLA 16-2-2001 19-2-2001
LUGO BECERREÁ 31-1-1997 1-2-1997
LUGO BURELA 30-6-1999 1-7-1999
LUGO CASTRO DE REI 28-5-1999 1-6-1999
LUGO CASTROVERDE 29-1-1999 1-2-1999
LUGO CERVANTES 31-3-1999 1-4-1999
LUGO CERVO 16-5-2001 21-5-2001
LUGO CHANTADA 30-1-1998 2-2-1998
LUGO CORGO, O 15-2-2002 18-2-2002
LUGO FOLGOSO DO COUREL 28-4-2000 2-5-2000
LUGO FONSAGRADA, A 16-2-2001 19-2-2001
LUGO FOZ 31-5-2002 3-6-2002
LUGO GUITIRIZ 30-9-1997 1-10-1997
LUGO GUNTÍN 16-2-2001 19-2-2001
LUGO INCIO, O 31-3-2003 1-4-2003
LUGO LÁNCARA 31-5-2002 3-6-2002
LUGO LOURENZÁ 31-1-1997 1-2-1997
LUGO MEIRA 15-3-2002 18-3-2002
LUGO MONDOÑEDO 16-2-2001 19-2-2001
LUGO MONFORTE DE LEMOS 30-1-1998 2-2-1998
LUGO MONTERROSO 29-6-1998 1-7-1998
LUGO MURAS 28-10-1999 2-11-1999
LUGO NAVIA DE SUARNA 16-5-2001 21-5-2001
LUGO PALAS DE REI 30-9-1998 1-10-1998
LUGO PANTÓN 30-4-1999 3-5-1999
LUGO PARADELA 16-2-2001 19-2-2001
LUGO PÁRAMO, O 16-2-2001 19-2-2001
LUGO PASTORIZA, A 16-5-2001 21-5-2001
LUGO PEDRAFITA DO CEBREIRO 16-5-2001 21-5-2001
LUGO POL 30-11-2000 1-12-2000
LUGO PONTENOVA, A 29-1-1999 1-2-1999
LUGO PORTOMARÍN 15-3-2002 18-3-2002
LUGO QUIROGA 30-4-1997 2-5-1997
LUGO RÁBADE 28-5-1999 1-6-1999
LUGO RIBADEO 31-1-1997 1-2-1997
LUGO RIBAS DE SIL 28-10-1999 2-11-1999
LUGO RIOTORTO 15-2-2002 18-2-2002
LUGO SAMOS 29-9-2000 2-10-2000
LUGO SAVIÑAO, O 31-3-2003 1-4-2003
LUGO TABOADA 30-6-1999 1-7-1999
LUGO TRABADA 28-4-2000 2-5-2000
LUGO TRIACASTELA 30-11-2000 1-12-2000
LUGO VALADOURO, O 11-2-2000 15-2-2000
LUGO VICEDO, O 31-5-2002 3-6-2002
LUGO VILALBA 16-12-2002 16-12-2002
LUGO VIVEIRO 30-4-1997 2-5-1997
LUGO XOVE 30-1-1998 2-2-1998
OURENSE ALLARIZ 11-2-2000 15-2-2000
OURENSE ARNOIA 30-6-1999 1-7-1999
OURENSE AVIÓN 30-1-1998 2-2-1998
OURENSE BALTAR 11-2-2000 15-2-2000
OURENSE BANDE 30-6-1999 1-7-1999
OURENSE BAÑOS DE MOLGAS 30-6-1999 1-7-1999
OURENSE BEADE 31-3-1999 1-4-1999
EN EL DOG REGISTRO
PROVINCIA AYUNTAMIENTO PUBLICACIÓN
INICIO DE
OURENSE BEARIZ 31-5-2002 3-6-2002
OURENSE BLANCOS, OS 16-5-2001 21-5-2001
OURENSE BOBORÁS 15-3-2002 18-3-2002
OURENSE BOLA, A 15-3-2002 18-3-2002
OURENSE BOLO, O 15-2-2002 18-2-2002
OURENSE CALVOS DE RANDÍN 16-5-2001 21-5-2001
OURENSE CARBALLEDA DE VALDEORRAS 31-5-2002 3-6-2002
OURENSE CARBALLIÑO, O 29-1-1999 1-2-1999
OURENSE CARTELLE 30-9-1997 1-10-1997
OURENSE CASTRELO DE MIÑO 30-4-1999 3-5-1999
OURENSE CASTRELO DO VAL 15-2-2002 18-2-2002
OURENSE CASTRO CALDELAS 1-10-2002 1-10-2002
OURENSE CELANOVA 28-10-1999 2-11-1999
OURENSE CENLLE 31-3-2003 1-4-2003
OURENSE CHANDREXA DE QUEIXA 28-5-1999 1-6-1999
OURENSE COLES 29-1-1999 1-2-1999
OURENSE CONSORCIO DOS PEARES 15-3-2002 18-3-2002
OURENSE CORTEGADA 29-9-2000 2-10-2000
OURENSE ENTRIMO 28-5-1999 1-6-1999
OURENSE ESGOS 30-1-1998 2-2-1998
OURENSE GUDIÑA, A 11-2-2000 15-2-2000
OURENSE IRIXO, O 29-6-1998 1-7-1998
OURENSE LAZA 29-1-1999 1-2-1999
OURENSE LEIRO 15-3-2002 18-3-2002
OURENSE LOBEIRA 16-5-2001 21-5-2001
OURENSE LOBIOS 1-10-2002 1-10-2002
OURENSE MACEDA 30-11-1998 1-12-1998
OURENSE MANCOM. DOS CONCELLOS DA LIMIA 30-11-2000 1-12-2000
OURENSE MANCOM. TERRAS DE CELANOVA 30-6-1999 1-7-1999
OURENSE MANCOM. TERRAS DO NAVEA-BIBEI 30-9-1998 1-10-1998
OURENSE MANZANEDA 30-1-1998 2-2-1998
OURENSE MASIDE 16-2-2001 19-2-2001
OURENSE MELÓN 31-5-2002 3-6-2002
OURENSE MERCA, A 30-9-1998 1-10-1998
OURENSE MEZQUITA, A 1-10-2002 1-10-2002
OURENSE MONTEDERRAMO 31-3-2003 1-4-2003
OURENSE MONTERREI 30-11-1998 1-12-1998
OURENSE MUÍÑOS 30-11-2000 1-12-2000
OURENSE NOGUEIRA DE RAMUÍN 30-1-1998 2-2-1998
OURENSE OÍMBRA 28-5-1999 1-6-1999
OURENSE PADERNE DE ALLARIZ 16-5-2001 21-5-2001
OURENSE PARADA DE SIL 15-2-2002 18-2-2002
OURENSE PEREIRO DE AGUIAR, O 29-1-1999 1-2-1999
OURENSE PEROXA, A 16-12-2002 16-12-2002
OURENSE PETÍN 30-11-2000 1-12-2000
OURENSE PIÑOR 31-3-2003 1-4-2003
OURENSE PONTEDEVA 16-12-2002 16-12-2002
OURENSE PORQUEIRA 11-2-2000 15-2-2000
OURENSE QUINTELA DE LEIRADO 30-4-1999 3-5-1999
OURENSE RAIRIZ DE VEIGA 1-10-2002 1-10-2002
OURENSE RAMIRÁS 28-5-1999 1-6-1999
OURENSE RIBADAVIA 11-2-2000 15-2-2000
OURENSE RIÓS 28-4-2000 2-5-2000
OURENSE RÚA DE VALDEORRAS, A 11-2-2000 15-2-2000
OURENSE RUBIÁ 28-10-1999 2-11-1999
OURENSE SAN AMARO 30-1-1998 2-2-1998
OURENSE SAN XOÁN DE RÍO 31-3-2003 1-4-2003
OURENSE SANDIÁS 31-3-2003 1-4-2003
OURENSE SARREAUS 15-3-2002 18-3-2002
OURENSE TABOADELA 30-1-1998 2-2-1998
OURENSE TEIXEIRA, A 29-9-2000 2-10-2000
OURENSE TOÉN 30-6-1999 1-7-1999
OURENSE TRASMIRAS 1-10-2002 1-10-2002
OURENSE VEIGA, A 30-4-1999 3-5-1999
EN EL DOG REGISTRO
PROVINCIA AYUNTAMIENTO PUBLICACIÓN
INICIO DE
OURENSE VEREA 30-4-1999 3-5-1999
OURENSE VERÍN 30-9-1998 1-10-1998
OURENSE VIANA DO BOLO 28-10-1999 2-11-1999
OURENSE VILAMARÍN 15-2-2002 18-2-2002
OURENSE VILAR DE BARRIO 16-2-2001 19-2-2001
OURENSE VILAR DE SANTOS 28-10-1999 2-11-1999
OURENSE VILARDEVÓS 30-11-1998 1-12-1998
OURENSE VILARIÑO DE CONSO 31-3-1999 1-4-1999
OURENSE XINZO DE LIMIA 15-3-2002 18-3-2002
OURENSE XUNQUEIRA DE AMBÍA 31-3-1999 1-4-1999
OURENSE XUNQUEIRA DE ESPADANEDO 29-1-1999 1-2-1999
PONTEVEDRA AGOLADA 29-6-1998 1-7-1998
PONTEVEDRA BAIONA 30-11-1998 1-12-1998
PONTEVEDRA BARRO 11-2-2000 15-2-2000
PONTEVEDRA BUEU 31-3-2003 1-4-2003
PONTEVEDRA CALDAS DE REIS 28-10-1999 2-11-1999
PONTEVEDRA CAMBADOS 30-11-1998 1-12-1998
PONTEVEDRA CANGAS 29-9-2000 2-10-2000
PONTEVEDRA CAÑIZA, A 30-9-1997 1-10-1997
PONTEVEDRA CATOIRA 31-3-1999 1-4-1999
PONTEVEDRA CERDEDO 31-5-2002 3-6-2002
PONTEVEDRA COTOBADE 31-3-1999 1-4-1999
PONTEVEDRA COVELO 28-4-2000 2-5-2000
PONTEVEDRA CRECENTE 31-5-2002 3-6-2002
PONTEVEDRA CUNTIS 30-4-1997 2-5-1997
PONTEVEDRA DOZÓN 16-5-2001 21-5-2001
PONTEVEDRA ESTRADA, A 16-2-2001 19-2-2001
PONTEVEDRA FORCAREI 28-4-2000 2-5-2000
EN EL DOG REGISTRO
PROVINCIA AYUNTAMIENTO PUBLICACIÓN
INICIO DE
PONTEVEDRA GONDOMAR 28-10-1999 2-11-1999
PONTEVEDRA GROVE, O 16-12-2002 16-12-2002
PONTEVEDRA GUARDA, A 29-9-2000 2-10-2000
PONTEVEDRA LAMA, A 31-5-2002 3-6-2002
PONTEVEDRA MEAÑO 30-9-1998 1-10-1998
PONTEVEDRA MOAÑA 30-6-1999 1-7-1999
PONTEVEDRA MONDARIZ-BALNEARIO 15-2-2002 18-2-2002
PONTEVEDRA MORAÑA 30-6-1999 1-7-1999
PONTEVEDRA MOS 15-3-2002 18-3-2002
PONTEVEDRA NEVES, AS 30-11-2000 1-12-2000
PONTEVEDRA PAZOS DE BORBÉN 1-10-2002 1-10-2002
PONTEVEDRA PONTE CALDELAS 28-4-2000 2-5-2000
PONTEVEDRA PONTEAREAS 30-9-1998 1-10-1998
PONTEVEDRA PONTECESURES 28-10-1999 2-11-1999
PONTEVEDRA PORRIÑO, O 1-6-1998 1-6-1998
PONTEVEDRA REDONDELA 16-5-2001 21-5-2001
PONTEVEDRA RIBADUMIA 30-11-2000 1-12-2000
PONTEVEDRA RODEIRO 30-4-1997 2-5-1997
PONTEVEDRA ROSAL, O 29-1-1999 1-2-1999
PONTEVEDRA SALCEDA DE CASELAS 28-4-2000 2-5-2000
PONTEVEDRA SANXENXO 30-9-1997 1-10-1997
PONTEVEDRA SILLEDA 30-11-2000 1-12-2000
PONTEVEDRA SOUTOMAIOR 11-2-2000 15-2-2000
PONTEVEDRA VALGA 30-4-1999 3-5-1999
PONTEVEDRA VILA DE CRUCES 31-1-1997 1-2-1997
PONTEVEDRA VILABOA 29-9-2000 2-10-2000
PONTEVEDRA VILAGARCÍA DE AROUSA 30-6-1999 1-7-1999
PONTEVEDRA VILANOVA DE AROUSA 28-5-1999 1-6-1999
ANEXO V
SISTEMA DE INFORMACIÓN AL CIUDADANO
* Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
-Centro de Información Administrativa y Atención al Ciudadano.
Edificio Administrativo San Caetano s/n.
CP 15704 Santiago de Compostela.
Tel. 981 54 42 94-54 42 99.
Fax 981 54 54 99.
E-mail: infocidadan*xunta.es
-Centro de Atención al Ciudadano.
Doctor Teixeiro, 26-entreplanta.
CP 15701 Santiago de Compostela.
Tel. 981 55 24 36.
Fax 981 55 24 37.
E-mail: infocidadan*xunta.es
-Teléfono de Información Administrativa y Atención al Ciudadano: 902 12 00 12.
Horario:
Lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
Sábados, de 9 a 14 horas.
* Oficinas de Información en los servicios centrales.
-Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.
Edificio Administrativo San Caetano, bloque 2, bajo CP 15704.
Tel. 981 54 44 00. Fax 981 54 54 43.
-Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.-Consellería de Innovación, Industria y Comercio.-Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos.
Edificio Administrativo San Caetano, bloque 5, bajo CP 15704.
Tel. 981 54 43 42-54 43 41-54 43 50. Fax 981 54 45 29.
-Consellería de Familia, Juventud y Voluntariado.
Edificio Administrativo San Caetano, bloque 8, sótano CP 15704.
Tel. 981 54 41 10. Fax 981 54 56 26.
-Dirección General del Voluntariado.
Complejo Administrativo San Lázaro CP 15781.
Tel. 981 54 74 73. Fax 981 54 62 13.
-Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Edificio Administrativo San Caetano, bloque 3, 2º CP 15704.
Tel. 981 54 48 65. Fax 981 54 48 02.
-Consellería de Sanidad.
Complejo Administrativo San Lázaro, CP 15781.
Tel. 981 54 27 37. Fax 981 54 27 28.
-Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural.
Edificio Administrativo San Caetano, bloque 4, bajo CP 15704.
Tel. 981 54 57 17. Fax 981 54 57 62.
* Oficinas de Información en las delegaciones de la Xunta.
A Coruña.
-Delegación de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
Oficina de Atención al Ciudadano.
Edificio Administrativo Monelos.
Salvador de Madariaga, s/n bajo CP 15008.
Tel. 981 18 22 80-18 22 81. Fax 981 18 44 57.
-Delegación de Justiza, Interior y Administración Local.
Fernando Macías, 18-20, 1º CP 15071.
Tel. 981 18 58 99. Fax 981 18 57 61.
-Delegación de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Durán Loriga, 3, 7º CP 15003.
Tel. 981 18 56 92. Fax 981 18 56 91.
-Delegación de Pesca y Asuntos Marítimos.
Ramón y Cajal, 1.
Casa del Mar, 5º CP 15006.
Tel. 981 18 20 00. Fax 981 18 20 27.
-Delegación de Familia, Juventud y Voluntariado.
Avda. del Ejército, 2, 1º CP 15006.
Tel. 981 18 57 18. Fax 981 18 57 02.
-Dirección Provincial del Servicio Gallego de Salud (Sergas).
Durán Loriga, 3, bajo CP 15003.
Tel. 981 18 56 02. Fax 981 18 56 78.
Ferrol.
-Oficina de Atención al Ciudadano.
Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia.
Plaza Camilo José Cela, s/n CP 15403.
Tel. 981 33 70 16. Fax 981 33 70 13.
Lugo.
-Delegación de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
Oficina de Atención al Ciudadano.
Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia.
Ronda de la Muralla, nº 70, bajo CP 27071.
Tel. 982 29 45 74/79/71. Fax 982 29 40 67/70.
-Dirección Provincial del Servicio Gallego de Salud (Sergas).
Montevideo, 9, 1º, CP 27071.
Tel. 982 29 69 11. Fax 982 29 69 07.
-Delegación de Pesca y Asuntos Marítimos.
Avda. Ramón Canosa, s/n.
CP 27863 Viveiro.
Tel. 982 55 17 69. Fax 982 55 17 68.
Ourense.
-Delegación de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.-Delegación de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Avda. de la Habana, 79, bajo CP 32004.
Tel. 988 38 60 01. Fax 988 38 60 03.
-Delegación de Educación y Ordenación Universitaria.
Concello, nº 11, bajo CP 32003.
Tel. 988 38 66 60. Fax 988 38 66 00.
-Dirección Provincial del Servicio Gallego de Salud (Sergas).
Xoán XXIII, 27-29, 1º CP 32003.
Tel. 988 38 55 95 (centralita). Fax 988 38 55 60.
-Delegación de Innovación, Industria y Comercio.
Curros Enríquez, 1, 4º CP 32003.
Tel. 988 38 67 43. Fax 988 38 67 27.
-Delegación de Justicia, Interior y Administración Local.
Camiño Vello-Prado Lonia, s/n CP 32004.
Tel. 988 38 63 83. Fax 988 38 63 84.
-Delegación de Sanidad.
Avda. de Zamora, 13 CP 32005.
Tel. 988 38 63 00 (centraliña). Fax 988 38 63 02/69.
-Delegación de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural.
Florentino López Cuevillas, 4-6, bajo CP 32003.
Tel. 988 38 64 57. Fax 988 38 65 66.
-Delegación de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.-Delegación del IGVS.
Sáenz Díez, 1 CP 32003.
Tel. 988 38 62 36. Fax 988 38 62 40.
Pontevedra.
-Delegación de Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.-Delegación de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural.-Delegación de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Benito Corbal, 47, bajo CP 36001.
Tel. 986 80 54 91. Fax 986 80 55 09.
-Delegación de Educación y Ordenación Universitaria.
Montero Ríos, s/n, bajo CP 36001.
Tel. 986 80 59 38. Fax 986 80 59 37.
-Delegación de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.-Delegación del IGVS.
Alcalde Hevia, nº 7, bajo CP 36001.
Tel. 986 80 56 10-80 56 11. Fax 986 80 56 63.
-Delegación de Innovación, Industria y Comercio.
Eduardo Pondal 64, bajo CP 36071.
Tel. 986 80 52 40. Fax 986 80 52 47.
Vigo.
-Oficina de Atención al Ciudadano.
Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia.
Concepción Arenal, 8. CP 36201.
Telf.: 986 81 76 05-81 76 06-81 76 07. Fax 986 81 76 16.
-Dirección Provincial del Servicio Gallego de Salud (Sergas).
García Barbón, 51 CP 36201.
Tel. 986 81 41 18. Fax 986 81 41 16.
* Oficinas comarcales.
-Ordes.
General Mola, s/n esq., Camino de Piñeiro CP 15680.
Tel. 981 68 29 97. Fax 981 68 29 97.
-Lalín.
Calle del Areal, 30 CP 36500.
Tel. 986 78 41 07. Fax 986 78 41 18.
-Vilalba.
Calle Carmiña Prieto Rouco, s/n CP 27800.
Tel. 982 51 22 18. Fax 982 51 22 02.
-O Barco de Valdeorras.
Plaza Ramón Otero Pedrayo, 11 CP 32300.
Casa Xeral de Viloira.
Tel. 988 32 02 64. Fax 988 32 57 43.
* Oficina de Información de la Xunta de Galicia en Madrid.
-Casa de Galicia.
Casado del Alisal, 8
CP 28014-Madrid.
Tel. 91 595 42 29. Fax 91 595 42 33.
E-mail: casa.galicia*xunta.es
* Puntos de Información al Ciudadano.
-A Coruña.
Delegación de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
Praza de Pontevedra, 22-2º.
-Lugo.
Praza de Santo Domingo.
Delegación de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
Ronda de la Muralla, 70.
-Ourense.
Delegación de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
Avda. de la Habana, 79.
-Pontevedra.
Delegación de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.
Benito Corbal, 47.
-Santiago de Compostela.
Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP).
Calle Madrid, 2-4.
Centro Comercial Área Central.
Polígono de As Fontiñas, s/n.
-Vigo.
Príncipe (cruce con la calle Colón).
-Lalín.
Centro Comarcal de Deza.
Parque Empresarial Lalín 2000.
-Buño.
Centro Comarcal de Bergantiños.
Carretera Buño-Malpica, km 0,5.
-Monforte de Lemos.
Centro Comarcal Terra de Lemos.
Carretera N-120, km 519,2.
-Cambados.
Centro Comarcal de O Salnés.
Paseo de la Calzada, s/n.
-A Pobra de Trives.
Centro Comarcal de Terra de Trives.
Carretera C-536 (Ourense-Trives) km 68.
-A Estrada.
Centro Comarcal de Tabeirós-Terra de Montes.
Toedo, Parque Empresarial de A Estrada.
ANEXO VII
PROCEDEMENTOS PARA LOS QUE ESTARÁ HABILITADO
EL REGISTRO TELEMÁTICO
* Contratación administrativa.
* Procedimientos informativos de las compañías transportistas y distribuidoras de electricidade.
* Procedimientos internos en materia de personal.
* Procedimientos relativos a solicitudes, escritos y comunicaciones con la Administración local que a continuación se relacionan:
-Subvenciones a ayuntamientos para la realización de actividades dirigidas a la juventud.
-Subvenciones a ayuntamientos para la promoción de la información juvenil.
-Ayudas a las familias para la escolarización de sus hijos para el curso académico a través de las corporaciones locales.
-Ayudas para llevar a cabo programas de educación familiar que desarrollen las corporaciones locales.
-Ayudas para el mantenimiento de centros de atención a la primera infancia dependientes de las corporaciones locales.
-Subvenciones para actividades deportivas promovidas por los ayuntamientos de Galicia.
-Subvenciones a corporaciones locales para actividades de información, educación y defensa del consumidor y usuario.
-Subvenciones para inversiones con destino a la promoción de mercados minoristas, calles y zonas peatonales-comerciales y otros equipamientos comerciales de carácter social.
-Ayudas a ayuntamientos para realizar infraestructuras eléctricas municipales e inversiones para el ahorro energético.
-Ayudas para la realización y mejora de infraestructuras en los polígonos empresariales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
-Ayudas para el fomento de actuaciones destinadas a la protección y defensa de los animales domésticos.
-Informe sobre licencias en zonas urbanas.
-Convenios de colaboración/cooperación para el tratamiento, prevención y reinserción social de drogodependientes.
-Ayudas destinadas a subvencionar obras de construcción, reforma, rehabilitación y equipamientos de las sedes locales.
-Declaración de urgente ocupación de bienes de expropiación.
-Autorización de enajenación de bienes municipales.
-Comunicación de enajenación de bienes municipales.
-Autorización para la desafectación de bienes municipales.
-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Inscripción de entidades locales territoriales.
-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Inscripción de otras entidades locales.
-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Modificación de entidades locales.
-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Anotación preventiva.
-Registro de Entidades Locales de Galicia (Relga). Cancelación de entidades locales.
-Autorización de alteración del término municipal.
-Autorización de cambio de nombre o capitalidad de municipio.
-Autorización para la municipalización y provincialización de servicios.
-Aprobación de adopción de escudos y/o banderas.
-Subvenciones a las corporaciones locales de Galicia para la normalización de la lengua gallega.
-Cursos de formación en lengua gallega para personal de las corporaciones locales.
-Subvenciones para la realización de actividades por parte de las confederaciones, federaciones, coordinadoras o agrupaciones de vecinos.
-Subvenciones para la realización de obras y equipamientos locales por parte de las entidades locales.
-Medidas de apoyo a los cuerpos de la policía local de los ayuntamientos, consistente en la cesión de vehículos.
-Medidas de apoyo a los cuerpos de la policía local de los ayuntamientos. Cesión de equipos de atestados.
-Ayudas económicas a los ayuntamientos de Galicia para la contratación temporal de auxiliares de la policía local durante la temporada de verano.
-Subvenciones a los ayuntamientos para estudios sobre asociacionismo municipal y fusión/incorporación voluntaria de municipios.
-Régimen de concesión de subvenciones a las agrupaciones de voluntarios de Protección Civil.
-Medidas de apoyo a los ayuntamientos gallegos consistentes en la cesión en propiedad de vehículos preparados misiones de protección civil.
-Subvenciones de voluntarios de protección civil que colaboran en el Plan de protección civil de atención al peregrino.
-Apoyos a los ayuntamientos en la concesión de material quitanieves para misiones de protección civil.
-Apoyos a los ayuntamientos en la concesión de material de excarcelación para misiones de protección civil.
-Apoyos a los ayuntamientos en la cesión de material para el Plan de Salvamento en Playas de Galicia (Sapraga) para misiones de protección civil.
-Concesión de equipos de comunicación base radio trunking a las agrupaciones de voluntarios de protección civil.
* Otros procedimientos:
-Solicitudes de plazas en campamentos y residencias juveniles en la Administración gallega en el Programa Campaña de Verán.
-Solicitudes para la programación de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional en la comunidad autónoma.
-Subvenciones para apoyar el desarrollo de proyectos de producción audiovisual en lengua gallega.
-Subvenciones para apoyar la producción audiovisual en lengua gallega.
-Solicitud de inscripción en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia.
-Modificación de la documentación del Registro de Contratistas.
-Inscripción de nuevas organizaciones de consumidores y usuarios.
-Subvenciones a asociaciones de consumidores y usuarios, información y defensa del consumidor.
-Ayudas a organizaciones de consumidores y usuarios para proyectos de mejora del mercado en relación con los intereses de los consumidores.
-Subvenciones a federaciones y asociaciones sin fines de lucro para actividades de logística, promoción y distribución comercial.
-Subvención para la renovación y mejora del pequeño comercio.
-Subvenciones a asociaciones de comerciantes para actuaciones en revitalización urbanístico-comercial. Programas Calidad.
-Ayudas a pequeños comerciantes individuales autónomos que abandonen la actividad comercial.
-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de recursos naturales/recursos agroalimentarios.
-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de recursos naturales/recursos marinos.
-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de recursos naturales/biodivesidad/recursos forestales.
-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa recursos naturales/recursos energéticos y mineros.
-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/biotecnología y tecnologías farmacéutica y ciencias de la salud.
-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la alimentación.
-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías ambientales.
-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de los materiales.
-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la construcción y conservación del patrimonio.
-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la información y las comunicaciones.
-Dotación de laboratorios, departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de diseño y producción industrial.
-Dotación de laboratorios y departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de servicios al ciudadano/de ciencias sociales.
-Dotación de laboratorios y departamentos de I+D, empresas, asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de servicios al ciudadano/sociedad de la información.
-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa recursos naturales/recursos agropecuarios.
-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa recursos naturales/recursos marinos.
-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa recursos naturales/biodiversidad y recursos forestales.
-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia del programa recursos naturales/recursos energéticos y mineros.
-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de tecnologías para la innovación/biotecnología y tecnologías farmacéutica y ciencias de la salud.
-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la alimentación.
-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías ambientales.
-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de los materiales.
-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la construcción y conservación del patrimonio.
-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la información y las comunicaciones.
-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de diseño y producción industrial.
-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de servicios al ciudadano/ciencias sociales.
-Proyectos de investigación aplicada grupos consolidados y de excelencia. Programa de servicios al ciudadano/sociedad de la información.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de recursos naturales/recursos agropecuarios.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de recursos naturales/recursos marinos.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de recursos naturales/biodiversidad y recursos forestales.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de recursos naturales/recursos energéticos y mineros.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de tecnologías para la innovación/biotecnología y tecnologías farmacéutica y ciencias de la salud.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la alimentación.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías ambientales.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de los materiales.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la construcción y conservación del patrimonio.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la información y las comunicaciones.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de diseño y producción industrial.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de servicios al ciudadano/ciencias sociales.
-Proyectos de investigación de centros tecnológicos de la Comunidad Autónoma gallega. Programa de servicios al ciudadano/sociedad de la información.
-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de recursos naturales/recursos agropecuarios.
-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de recursos naturales/recursos marinos.
-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de recursos naturales/biodiversidad y recursos forestales.
-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de recursos naturales/recursos energéticos y mineros.
-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/biotecnología y tecnologías farmacéutica y de ciencias de la salud.
-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la alimentación.
-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación /tecnologías ambientales.
-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de los materiales.
-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la construcción y conservación del patrimonio.
-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de la información y las comunicaciones.
-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de tecnologías para la innovación/tecnologías de diseño y producción industrial.
-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de servicios al ciudadano/ciencias sociales.
-Proyectos de I+D y de innovación tecnológica de empresas, agrupaciones de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro. Programa de servicios al ciudadano/sociedad de la información.
-Ayudas para la adquisición de instrumentación científica (solicitudes de grupos de investigación). Programa de promoción general de la investigación.
-Ayudas para la adquisición de infraestructuras de instrumentación científica y bibliotecaria (solicitudes institucionales). Programa de promoción general de la investigación.
-Becas para personal auxiliar de investigación (técnicos especialistas FP2). Programa de recursos humanos.
-Ayudas para investigadores/tecnólogos visitantes. Programa de promoción general de la investigación.
-Becas predoctorales nuevas. Programa de recursos humanos.
-Predoctorales 2ª prórroga. Programa de recursos humanos.
-Becas para estancias fuera de la comunidad autónoma. Programa de recursos humanos.
-Ayudas para asistencias a reuniones científicas por parte de investigadores no vinculados a las universidades gallegas. Programa de promoción general de investigación.
-Ayudas para la organización de congresos. Programa de promoción general de investigación.
-Becas para técnicos especialistas de FP2 para la realización de prácticas en informática en el Centro de Supercomputación de Galicia. Programa de recursos humanos.
-Ayudas para publicaciones periódicas. Programa de promoción general de investigación.
-Becas de colaboración en tareas relacionadas con el PGIDT. Programa de sensibilización social.
-Premios Galicia de Investigación. Programa de sensibilización social.
-Premios Galicia de Investigación. Premio Investigadores Jóvenes. Programa de sensibilización social.
-Premio Galicia de Innovación Junior. Programa de sensibilización social.
-I Premio Periodismo Científico Galicia Innovación. Programa de sensibilización social.
-Premios Galicia a la Innovación Empresarial. Programa de sensibilización social.
-Ayudas para formación de nuevos grupos de investigación. Programa de promoción general de la investigación.
-Ayudas para proyectos de promoción general del conocimiento. Programa de promoción general de la investigación.
-Ayudas e incentivos para participar en otros programas. Programa de promoción general de la investigación.
-Ayudas para la realización de proyectos de investigación en establecimientos sanitarios públicos de la Comunidad Autónoma gallega.
-Solicitudes de ayuda para la constitución de redes temáticas. Programa de promoción general de la investigación.
-Ayudas a empresas mineras o asociaciones de empresas y corporaciones de derecho público para inversiones en infraestructuras e investigación.
-Contratación de doctores en organismos públicos de investigación de la Comunidad Autónoma de Galicia (Programa Eduardo Pondal).
-Ayudas a industrias y empresas mineras para el desarrollo de acciones encaminadas a disminuir el deterioro del medio ambiente.
-Ayudas a la innovación empresarial y prestación de servicios en el sector de minería.
-Otorgamiento de permisos de investigación.
-Concesiones derivadas de permisos de investigación.
-Intrusiones y deslindes.
-Demasías.
-Ayudas para la mejora de la calidad del suministro eléctrico en el medio rural.
-Ayudas a ayuntamientos para la realización de auditorias energéticas.
-Autorización de instalaciones de transformación, transporte y distribución de energía eléctrica.
-Autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica.
-Ayudas para la adecuación de instalaciones eléctricas.
-Ayudas para el desarrollo de infraestructuras en materia de gas.
-Ayudas para la promoción del uso racional de la energía.
-Ayudas para la promoción del uso racional de la energía (ayuntamientos).
-Ayudas para el fomento de las energías renovables.
-Ayudas para sustitución de grúas torre desmontables para obras en la comunidad autónoma.
-Ayudas a asociaciones de empresarios para la habilitación y mejora de infraestructuras en los parques empresariales de la comunidad autónoma.
-Ayudas para el abastecimiento de gas natural en los parques empresariales de la comunidad autónoma.
-Autorización de aparatos a presión: calderas.
-Autorización de aparatos a presión: depósitos criogénicos.
-Autorización de aparatos a presión: instalaciones aire comprimido.
-Autorización/modificación de instalaciones en ascensores.
-Autorización de instalaciones interiores de aguas (con proyecto).
-Autorización de instalación de grúas-torres desmontables.
-Autorización de instalaciones interiores de aguas (carpetillas, boletines).
-Autorización/renovación de empresas instaladoras de electricidad en baja tensión (documento de calificación empresarial).
-Autorización/renovación de empresas de la construcción (documento de calificación empresarial).
-Autorización/renovación de empresas de fontanería (documento de acreditación empresarial).
-Autorización/renovación de empresas de gas: categorías IG-I, IG-II, IG-III, IG-IV (documento de acreditación empresarial).
-Autorización/renovación de empresas instaladoras y mantenedoras de calefacción (documento de calificación empresarial).
-Autorización/renovación de empresas instaladoras y/o mantenedoras de protección contra incendios.
-Renovación anual de empresas mantenedoras de extintores.
-Autorización/renovación de empresas mantenedoras de grúas móviles autopropulsadas.
-Autorización/renovación de empresas instaladoras-mantenedoras de ascensores.
-Autorización/renovación de empresas instaladoras-mantenedoras de grúas.
-Autorización/renovación de empresas de madera y corcho.
-Autorización/renovación de empresa instaladora frigoristas.
-Autorización/renovación de empresas instaladoras aparatos a presión.
-Autorización/renovación de talleres instaladores de limitadores de velocidad.
-Autorización/renovación de empresas de medición de tensiones de paso y contacto en instalaciones de puesta a tierra.
-Autorización/renovación empresas instaladoras de productos petrolíferos líquidos de categoría EP-I y EP-II.
-Autorización/renovación de empresas conservadoras-reparadoras frigoristas.
-Autorización/renovación de empresas instaladoras y conservadoras-reparadoras de cafeterías.
-Expedición de carnés profesionales de operadores industriales de calderas.
-Expedición de carnés profesionales a instaladores frigoristas.
-Expedición de carnés profesionales a instaladores y mantenedores de calefacción y agua caliente sanitaria.
-Expedición de carnés profesionales para instaladores de gas.
-Expedición de carnés profesionales para electricista de baja tensión.
-Expedición de carnés profesionales a instaladores de fontanería.
-Expedición de carnés profesionales de peluquería y estética.
-Expedición de carnés profesionales para operador industrial de calderas de recuperación de lejías negras.
-Expedición de carnés profesionales conservador-reparador frigorista.
-Expedición de carnés profesionales a instaladores y conservadores-reparadores de aparatos para la preparación rápida de café.
-Expedición de carnés profesionales de instalador de productos petrolíferos líquidos de categoría IP-I y IP-II.
-Autorización de instalación eléctrica de baja tensión tipo A.
-Autorización de instalaciones eléctricas de baja tensión de tipo B y C (carpetillas, boletines).
-Autorización e inscripción de industrias en el registro industrial.
-Reclamaciones administrativas en materia de energía/electricidad.
-Reclamaciones administrativas en materia de industria.
-Autorización a entidades para impartir cursos de instaladores, mantenedores de instalaciones de calefacción y climatización y agua caliente.
-Autorización/renovación de las entidades para impartir la formación de profesionales del sector de automóviles.
-Autorización a entidades para impartir cursos teórico-prácticos para la obtención de carnés profesionales de instalador PPL (productos pretolíferos líquidos).
-Autorización a entidades para impartir cursos de gas.
-Obtención de la carta de artesano y maestro artesano.
-Obtención del documento de calificación de talleres artesanos.
-Inscripción en el registro general de artesanía de Galicia.
-Concesión, uso y control de la marca artesanía de Galicia, propiedad de la Xunta de Galicia.
-Ayudas a la calidad y diseño industrial.
-Ayudas para el fomento de la innovación empresarial y prestación de servicios.
-Ayudas en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.
-Convenio abierto del 13 de mayo de 2002, para el fomento de las tecnologías de la comunicación (DOG nº 102, del 29 de mayo).
-Convenio abierto del 18 de junio de 2002, para el fomento de la certificación de los sistemas de gestión de la calidad (DOG nº 132, del 10 de julio).