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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 59 Martes, 25 de marzo de 2003 Pág. 3.690

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2002, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se hace pública la clasificación del monte denominado As Madornas, a favor de los vecinos de A Abeleda, en el ayuntamiento de Ourense (Ourense).

El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense acordó, en la sesión celebrada en fecha dieciocho de diciembre de dos mil dos, adoptar el siguiente acuerdo:

Visto el expediente de clasificación del monte como vecinal en mano común denominado As Madornas, solicitud de los vecinos de A Abeleda, parroquia de O Castro de Beiro, del ayuntamiento de Ourense (Ourense).

Resultando que con fecha 14 de febrero de 2001 tuvo entrada en el registro de la Delegación Provincial de la Consellería de Medio Ambiente de Ourense escrito dirigido al Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común firmado por los vecinos del lugar de A Abeleda, solicitando que se declare el monte As Madornas como vecinal en mano común.

Resultando que el jurado provincial en la sesión celebrada en fecha 26 de septiembre de 2001 acordó tomar en consideración el citado escrito e iniciar el expediente de clasificación del monte designando instructores del mismo a Miguel Ángel González Trigás y Míriam Areal López, quienes aceptaron tal cargo, librándose mandamiento para la anotación preventiva en el Registro de la Propiedad número dos de Ourense y remitiéndose comunicaciones dirigidas a los vecinos de A Abeleda, al presidente de la Diputación Provincial de Ourense, al alcalde del Ayuntamiento de Ourense, a la Delegación Provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, al jefe del Servicio de Montes e Industrias Forestales, a la Gerencia Territorial del Catastro y a la Delegación Provincial de la Consellería de Agricultura, Gandería e Política Agroalimentaria, publicándose edictos en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ourense durante el plazo de un

mes según consta en diligencia extendida al dorso del edicto por el secretario del citado ayuntamiento para que durante el plazo señalado en edictos los interesados puedan comparecer o intervenir en el mismo, en defensa de sus derechos, y no constando presentada alguna alegación.

Resultando que la anotación preventiva de iniciación del expediente se practicó en el Registro de la Propiedad número dos de Ourense, como sigue:

Tomo 1.542, libro 345, del Ayuntamiento de Ourense, folio 64, finca registral número 26382, anotación letra A.

Resultando que en la tramitación del expediente se cumplieron todas las formalidades legales.

Considerando que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común tiene jurisdicción y competencia para conocer los expedientes de clasificación de los montes que tengan tal carácter a tenor de lo establecido en el artículo 9 de la citada lei.

Considerando que el tipo de comunidad germánica que instituye la Ley de montes vecinales en mano común tiene como características esenciales las siguientes:

1. Que los condominios se unen por vínculos personales de vecindad agrupados en parroquias, aldeas, lugares, caseríos o barrios no constituidos formalmente en entidades municipales;

2. Que, por lo tanto, el número de titulares es variable e indeterminado;

3. Que el patrimonio colectivo es utilizado y aprovechado por el vecino, en cuanto miembro de la agrupación vecinal, faltando la idea de cuota en el sentido jurídico-romano;

4. Que el patrimonio y la participación es inalienable, imprescriptible e inembargable; e

5. Que la comunidad es indivisible, no pudiendo los comuneros pedir la actio communi dividundo.

Considerando que según informaciones y testimonios resulta que los montes citados son aprovechados y poseidos en régimen de comunidad germánica por

los vecinos de A Abeleda, parroquia de O Castro de Beiro, en el ayuntamiento de Ourense.

Los datos del citado monte son los que se referencian en la parte dispositiva de este acordo.

Considerando que de las informaciones recogidas resulta que los vecinos de A Abeleda, están conformes con la clasificación del citado monte como vecinal en mano común.

Considerando que, a tenor de lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano común, el expediente de clasificación se inició por acuerdo del jurado, a instancia de los vecinos de A Abelenda y para que este jurado pudiese acordar la iniciación del expediente de clasificación.

Vista la Ley gallega 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, y su reglamento, Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, así como lo establecido en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedemento administrativo común, de 26 de noviembre de 1992.

Visto el Decreto 14/2002, de 24 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente.

El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, a la vista de los antecedentes y fundamentos expuestos y por unanimidad de sus miembros:

ACUERDA:

Primero.-Clasificar el monte denominado As Madornas, de 22.233 m, aproximadamente en conjunto de superficie, a favor de los vecinos de A Abeleda, parroquia de O Castro de Beiro, en el ayuntamiento de Ourense (Ourense), y con los datos que de seguido se relacionan, como vecinal en mano común, en régimen de comunidad germánica.

Los datos del citado monte son:

Ayuntamiento: Ourense.

Denominación del monte: As Madornas, integrado por 5 parcelas.

Comunidad propietaria: vecinos del lugar de A Abeleda (parroquia de O Castro de Beiro).

Superficie: 22.233 m, aproximadamente, en conjunto.

* Parcela nº 1:

Superficie: 3.342 m, aproximadamente.

Linderos:

Norte: Eladio Álvarez González y Bartolomé Piñeiro Álvarez.

Sur: camino de As Madornas.

Este: camino de A Batoca

Oeste: María González Casares.

* Parcela nº 2:

Superficie: 780 m, aproximadamente.

Linderos:

Norte: Valentín Gutiérrez Mosquera y María González González.

Sur: camino de A Devesa.

Este: camino de A Batoca.

Oeste: camino de A Devesa.

* Parcela nº 3:

Superficie: 17.376 m, aproximadamente.

Linderos:

Norte: camino de As Madornas.

Sur: carretera de A Abeleda a Figueiras.

Este: camino de As Madornas.

Oeste: camino de Liñares a Vilariño.

Parcela nº 4:

Superficie 1.381 m, aproximadamente.

Linderos:

Norte: carretera de A Abeleda a Figueiras.

Sur: Antonio Novoa Gómez, Francisca Araújo, María Venancia, Amadeo Álvarez Álvarez, Antonio Novoa Gómez, Isaura Álvarez, Benigno Álvarez y José Álvarez Álvarez.

Este: camino de servidumbre a las fincas.

Oeste: Antonio Novoa Gómez.

Parcela nº 5:

Superficie 134 m, aproximadamente.

Linderos:

Norte: carretera de A Abeleda a Figueiras.

Sur: María Iglesias Sarmiento

Este: Basilisa Iglesias Quintas.

Oeste: camino de servidumbre a las fincas.

Segundo.-Que se proceda a la exclusión del citado monte de cualquier inventario, catálogo o registro público en el que pueda figurar inscrito a favor de persona o entidade distinta a la que ahora se asigna su pertenencia.

Notifíquese esta resolución al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Ourense, a los representantes de la comunidad vecinal, al jefe del Servicio de Montes e Industrias Forestales, a los que se les hará saber que esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede ser objeto de recurso de reposición potestativo ante este Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense en el plazo de dos meses, ambos plazos a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Galicia (artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa).

Lo que por orden del presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común se hace público en el Diario Oficial de Galicia, para general conocimiento.

Ourense, 19 de diciembre de 2002.

Míriam Areal López

Secretaria del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense

Vº Bº

Agustín Prado Verdeal

Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense