El Decreto 25/2001, de 18 de enero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Gallego de Cooperativas, desarrolla las previsiones contenidas en su norma de creación, la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, regulando en su artículo cuarto la composición y en su artículo quinto el procedimiento de nombramiento y cese de los miembros de este órgano.
En consecuencia, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente,
reformada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, el artículo 5 y la disposición final primera del Decreto 25/2001, de 18 de enero, en relación con los decretos 20/2003, de 18 de enero, y 23/2003, de 20 de enero, por los que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia, a propuesta de la Federación de Cooperativas Sinerxia,
DISPONGO:
Artículo único.-El nombramiento como vocal titular del Consejo Gallego de Cooperativas en representación de la Federación de Cooperativas Sinerxia, de José Antonio Pérez González.
Santiago de Compostela, 5 de marzo de 2003.
Mª José Cimadevila Cea
Conselleira de Asuntos Sociales, Empleo
y Relaciones Laborales
CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES
Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA