Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el subdirector general de Inspección de Transportes, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber que dichas resoluciones no agotan la vía administrativa, pudiendo interponer recurso de alzada ante el director general de Transportes dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de la publicación de esta cédula. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía procedente.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa, en el plazo de 15 días hábiles, mediante ingreso que debe efectuar en cualquier oficina del BBVA, transacción 1316, NIF S1511001H, clave 390001 y, de no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela a 11 de febrero de 2003.
Carlos A. González Rodríguez
Subdirector general de Inspección de Transportes
ANEXO
Matrícula
Denunciante Última dirección conocida Fecha-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador impuesta
Expediente
Denunciado
Hecho denunciado
Precepto
Precepto
Sanción
LU-3758-I
G.C. de Tráfico Taborda, 3
36740 Tomiño (Pontevedra)
10-6-2002; 11.15; N-VI; 504,9
3579-BNM
G.C. de Tráfico del Olivar-bajos, 16
8755 Castellbisbal (Barcelona)
12-6-2002; 11.30; A-6; 523.300
C-8700-CG
G.C. de Tráfico Lgar. Vilanova-Beseño, 4
15822 Touro (A Coruña)
23-8-2002; 11.50; A-6; 455
C-8700-CG
G.C. de Tráfico Lg. Vilanova-Deseño, 4
15822 Touro (A Coruña)
23-8-2002; 11.50; A-6; 455
6837-BFJ
G.C. de Tráfico Alufiña (Santa Cristina), s/n
36141 Vilaboa (Pontevedra)
3-12-2001; 12.05; N-532; 6.200
OR-6235-T
G.C. de Tráfico Manuel de Castro, 5-3º D
36210 Vigo (Pontevedra)
8-3-2002; 13; A-52; 132
TO-0379-AF
G.C. de Tráfico Urb. Montecarlo, 3
45600 Talavera de la Reina
(Toledo)
19-2-2002; 10.45; N-120; 461
A-7937-BL
G.C. de Tráfico Crta. Estación, 1
3330 Crevillente (Alicante)
18-4-2002; 7.45; A-52; 262
PO-9814-AH
G.C. de Tráfico Outomuro, 54
32820 Cartelle (Ourense)
18-4-2002; 17.55; A-52; 202
LU-01649-O-2002
Colocación de Piedra Lorbeco, S.L.
Circular utilizando un disco diagrama no adecuado para el tipo de tacógrafo que lleva instalado. Utiliza disco E1/24-25 para tacógrafo E1-04. Tacógrafo marca kienzle 1311337 nº homologación E1-04.
R (CE) 3821/1985 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 300 euros
LU-01777-O-2002
Condelara, S.L.
Realizar un transporte público de mercancías (prensa) en vehículo arrendado por plazo inferior a un mes, excediendo del radio de acción autorizado de 100 km veh. alquilado en Barcelona con destino a Santiago (A Coruña).
Artículo 90 de la Ley 16/1987, artículo 200.3º del R.D. 1211/1990 y artículo 23 O.M. 20-7-1995 (BOE 2-8-1995) Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 300 euros
LU-02367-O-2002
Jesús Miguel Gómez Carril
Realizar un transporte privado complementario de madera de chopo para la fábrica Tafiber, careciendo de autorización de transportes vigente en la fecha de la denuncia.
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 300 euros
LU-02406-O-2002
Jesús Miguel Gómez Carril
Circular con un limitador de velocidad que no funciona correctamente al no entrar en funcionamiento el dispositivo de limitación, siendo la velocidad máxima instantánea permitida 90 km/h comprobado con calculadora HTC mod. 1602.19.001, nº serie 002941. Tacógrafo Mannesman VDO TYP. 1318.27 nº 0764592 y homologación E1-57.
Directiva 92/6 y 92/24 CEE, R.D. 2484/1994 (BOE 23-12-1994) y O.M. 28-10-1996 (BOE 12-11-1996) Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 1.380 euros
OU-00832-O-2002
Ttes. Bandas Rías Baixas, S.L.
Circular con un vehículo de la categoría N1 transportando 500 kg de embutidos, careciendo de tarjeta de transportes.
Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 90 euros
OU-01467-O-2002
Feliciano Rial González
Circular transportando catorce terneros realizando servicio de transporte privado complementario, careciendo de autorización administrativa de transportes (tarjeta de transportes).
Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 300 euros
OU-01546-O-2002
Carlos Collado, S.L.
Circular con un vehículo de la categoría N2 transportando artículos en general (todo a 100), con un exceso de peso de un 52%, peso total del vehículo y la carga 5.350 kg
Artículo 200.3º del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 750 euros
OU-01602-O-2002
Cartonajes Crevillente, S.A.
Realizar un transporte privado complementario de mercancías, careciendo de autorización administrativa (tarjeta de transportes). Ostenta distintivos MPC. Transporta 7 tm aprox. de cartón en palés.
O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE 30) artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 600 euros
OU-01755-O-2002
Rafael Montes Silven
No llevar el disco colocado en el tacógrafo.
R (CE) 3821/1985 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 300 euros
LE-1235-AC
G.C. de Tráfico Avda. de Valdés, 37
24400 Ponferrada (León)
15-2-2002; 20.25; A-52; 124
OU-01807-O-2002
Yat, S.L.
Realizar un transporte de material de la propia empresa (Land-Rover, comprensor, etc.), llevando un disco diagrama con los datos de otro conductor (DNI 10014897) en su parte central.
R (CE) 3821/1985 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 300 euros
Matrícula
Denunciante Última dirección conocida Fecha-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador impuesta
Expediente
Denunciado
Hecho denunciado
Precepto
Precepto
Sanción
PO-7630-AB
G.C. de Tráfico Muelle Reparaciones, 23
36900 Marín (Pontevedra)
6-4-2002; 16.50; N-120; 465
OR-0599-L
G.C. de Tráfico Julio Rodríguez Soto, 67
32500 O Carballino (Ourense)
25-4-2002; 19.25; N-541; 15,900
PO-2921-AZ
G.C. de Tráfico Carretera de A Granxa, 32
325 (Ourense)
3-5-2002; 18.25; N-541; 13
M-5591-XZ
3451509457 A2051 Avda. Aragón, Vuelta c/ Yécora 2, 336-Of. 1
2822 (Madrid)
OR-8123-G
G.C. de Tráfico San Pedro das Caldas, 27
321 (Ourense)
22-5-2002; 9.50; N-525; 220
PO-9203-AH
G.C. de Tráfico S. Moreno (entrada Autov.
Marín), 124
361 (Pontevedra)
16-1-2002; 16.30; C-531; 5
PO-7538-BD
G.C. de Tráfico Portosanto, s/n
36994 Poio (Pontevedra)
29-5-2002; 13.11; C-550; 62.2
OU-01808-O-2002
Carpintería Canain, S.L.
No haber realizada la revisión periódica obligatoria del tacógrafo. Fecha última inspección 14-2-2000, válida hasta 14-2-2002. Taller nº 5-101.
R (CE) 3821/1985 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 300 euros
OU-01843-O-2002
Biocanal, S.L.
Circular con un vehículo realizando un transporte de uralitas de metal, no habiendo realizado la revisión periódica obligatoria del tacógrafo. Última revisión de fecha 15-8-2000, según hoja de registro de calibración del tacógrafo, en Inturasa Pérez Rumbao, S.A.
R (CE) 3821/1985 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 300 euros
OU-01886-O-2002
Ricardo Vázquez Álvarez
Carencia a bordo del vehículo de los discos de la semana en curso y el último de la semana anterior en que condujo. Presenta disco de fecha 3-5-2002, colocado a las 16.10 horas e inicio con 25.951 km.
Artículo 15 del R (CE) 3821/1985 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 600 euros
OU-01927-I-2002
Budget Renta Car España, S.A.
No coincidir el titular de la autorización de transporte con el titular del vehículo reseñado. Realiza transporte privado de mercancías (frigoríficos hostelería y taburetes). Vehículo de alquiler sin conductor. Contrato nº 020102. Los datos relativos al titular del vehículo son los reseñados en apartado 6 del boletín de denuncia. Los datos relativos al titular de la autorización son: Autos Tapia, S.L. c/Segovia, 24. Ávila. Artículo 33 de la ley y artículo 19 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 600 euros
OU-02005-O-2002
Ángel Díaz Fernández
Circular transportando postes de madera para efectuar un cierre en servicio discrecional de mercancías careciendo de autorización administrativa. Ostenta distintivos de ámbito autonómico de color azul de Ourense.
O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE 30) artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 600 euros
PO-00241-O-2002
Maquinaria de Pontevedra, S.L.
Lleva el reloj del tacógrafo marcando las 4.20 horas cuando en realidad son las 16.20 h, observándose asimismo mal funcionamiento en selector de actividades, se recoge disco de fecha 16-1-2002 para remitirlo a esa jefatura. Servicio privado.
R (CE) 3821/1985 Artículo 143 de la Ley 16/1987 y artículo 201 del R.D. 1211/1990 300 euros
PO-01707-O-2002
Daniel Vidal Ambroa
Circular transportando una carga de tierra con un peso en carga de 33.650 kg estando autorizado para un m.m.a. de 26.000 kg resultando tener un exceso del 7.650 kg, un 29,42% pesaje efectuado en báscula móvil de la Xunta de Galicia nº 1851-1852 con nº de ticket 941. Servicio público.
Artículo 200.3º del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 1.380 euros
6209-BLD
G.C. de Tráfico Lg. Atrio Areas, 16
36711 Areas, Santa Mariña P.
Tui (Pontevedra)
18-5-2002 8.40; PO-410; 0.300
PO-02024-O-2002
Cárnicas Besada, S.L.
Circular transportando carne no acreditando el conductor la relación laboral con el titular del vehículo, en oficio nº 8411 de fecha 27-6-2002 se requiere al titular del vehículo para que acredite la relación laboral del conductor con la empresa denunciada, al no justificar tal relación, este servicio provincial considera que se realiza un transporte público sin autorización.
Artículo 102.3º de la Ley 16/1987 y artículo 157 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 300 euros
Matrícula
Denunciante Última dirección conocida Fecha-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador impuesta
Expediente
Denunciado
Hecho denunciado
Precepto
Precepto
Sanción
PO-6410-BK
G.C. de Tráfico Tilve, 29
36152 Cerponzóns
San Vicente P. (Pontevedra)
22-5-2002; 12.50; C-550; 146
V-9015-FD
G.C. de Tráfico Trebol, 5
28613 Mejorada del Campo
(Madrid)
1-5-2002; 12.50; G-104; 3.700
OU-5496-P
G.C. de Tráfico Vilagarcía, 32-2
36210 Vigo (Pontevedra)
6-7-2001; 12.20; N-550; 152
PO-0812-BM
G.C. de Tráfico O Ribeiro. Corbillón, 16, 2º
36630 Cambados (Pontevedra)
19-7-2002; 13.30; N-550; 133
8558-BRR
G.C. de Tráfico Monteporreiro Luxemburgo, 8, 1ª
36162 (Pontevedra)
28-6-2002; 19.15; A-550; 131
PO-4475-BB
G.C. de Tráfico A Torre-Lérez, 65-B
36156 (Pontevedra)
19-11-2001; 11.25; A-9; 137.500
LU-4083-P
G.C. de Tráfico A Torre-Lérez, 65-B
36156 (Pontevedra)
21-11-2001; 20.30; A-9; 137.5
LU-4083-P
G.C. de Tráfico A Torre-Lérez, 65-B
36156 (Pontevedra)
19-11-2001; 10.30; A-9; 137.500
PO-02045-O-2002
Juan Carlos Sabaris Chao
Circular transportando congelado, no acreditando el conductor la relación laboral ni familiar con el titular del vehículo, en oficio nº 8429 de fecha 27-6-2002, se requiere al titular del vehículo para que acredite la relación laboral del conductor con la empresa denunciada. De la documentación que aporta en fecha 5-7-2002 no justifica tal relación laboral por lo que este servicio considera que se realiza un transporte público sin autorización. Arroja un peso en báscula de 3.900 kg, estando autorizado para un m.m.a. de 3.500 kg, lo que supone un exceso de peso de 400 kg un 11% sobre el m.m.a. Pesaje efectuado en báscula móbil nº 1695-1696.
Artículo 102.3º de la Ley 16/1987 y artículo 157 del R.D. 1211/1990 artículo 200.3º del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 390 euros
PO-02048-O-2002
Pedro Antonio de la Fuente
No presentar el agente denunciante los discos de la semana en curso y el último de la semana anterior, presenta disco descanso semanal correspondiente a los días 26 a 28 del 4-02. Servicio público.
Artículo 15 del R (CE) 3821/1985 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 280 euros
PO-02188-O-2001
Gerardo Domínguez Mota
Realizar transporte de mercancías careciendo de la tarjeta de transportes. Transporta listones de aluminio y según consta en albarán de entrega el destino es Danzas de Cristíns-Maia (Portugal) con lo cual está realizando un servicio público, puesto que la mercancía no es de la empresa. Servicio privado complementario.
Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 300.51 euros
PO-02246-O-2002
José Feijóo Rodiño
Realizar un transporte de mercancías de piedra, con un peso bruto de 14.550 kg, teniendo un m.m.a. de 11.990 kg un exceso de 2.560 kg sun 21%, pesaje efectuado en báscula móvil de la Xunta de Galicia nº 2359-2358, con nº de ticket 2752. Servicio público.
Artículo 200.3º del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 750 euros
PO-02253-O-2002
Ana Belén Prieto García
Circular transportando donuts careciendo en el vehículo de la tarjeta de transportes. Servicio público.
Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 90 euros
PO-03981-O-2001
J.M. Casas, S.L.
Circular efectuado un transporte de tierra incumpliendo las condiciones de autorizacion, el no tener relación laboral con la empresa titular de la autorización.
Artículo 200.3º del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 300 euros
PO-04112-O-2001
J.M. Casas, S.L.
Incumplir las condiciones esenciales de la autorización, el conductor no es empleado de la empresa. Transporte de mercancías, tierra. Servicio público.
Artículo 200.3º del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 300 euros
PO-04460-O-2001
J.M. Casas, S.L.
El conductor no acredita relación laboral con la empresa. Servicio privado.
Artículo 200.3º del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 300 euros
PO-4475-BB
G.C. de Tráfico A Torre-Lérez, 65-B
36156 (Pontevedra)
18-12-2001; 8.45; A-9; 137.500
PO-04969-O-2001
J.M. Casas, S.L.
Circular transportando tierra, incumpliendo las condiciones esenciales de la autorización al no justificar la relación del conductor con la empresa. Servicio público.
Artículo 200.3º del R.D. 1211/1990 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 300 euros
Matrícula
Denunciante Última dirección conocida Fecha-Hora-Carretera-p.k. infringido sancionador impuesta
Expediente
Denunciado
Hecho denunciado
Precepto
Precepto
Sanción
LU-4083-P
G.C. de Tráfico A Torre-Lérez, 65-B
36156 Lérez
San Salvador de Afuera P.
(Pontevedra)
27-12-2001; 16.30.07; A-9; 137.500
PO-05073-O-2001
J.M. Casas, S.L.
Carencia en el vehículo de los discos diagrama de la semana en curso y el último de la semana en la que condujo. Servicio público. Manipulación del tacógrafo marca kienzle modelo 1318 nº serie 2342156 y nº homologación E1 57, consistente en corte corriente reloj de 8.55 a 9.25 horas y corriente contacto de 14.46 a 15.30 horas, se propone para inspección por el organismo competente si asi lo estima, se recoge disco diagrama fecha 27-12-2001. Servicio público.
R (CE) 3821/1985 artículo 15 del R (CE) 3821/1985 Artículo 143 Ley 16/1987, artículo 201 R.D. 1211/1990 1.660 euros