Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Martes, 11 de marzo de 2003 Pág. 2.910

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 11 de febrero de 2003, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se notifica la incoación del expediente sancionador de residuos OU 076/2002-RE, devuelto por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona la incoación del expediente sancionador por presunta infracción a la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos.

Se nombra instructora de los expedientes a Rita Sarria Hermida-Cahalvite, funcionaria de esta delegación; el régimen de recusación es el establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del seguinte al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo nº 18-5º piso y presentar por escrito alegaciones, documentos, informaciones o propuesta de pruebas que consideren convenientes en defensa de sus derechos.

De no efectuar alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado pro

puesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Para resolver el expediente es competente por razón de cuantía de la multa el delegado de Medio Ambiente, de conformidade con lo dispuesto en el artículo 37 b) de la Ley de residuos en relación con el artículo 45 b) de la Ley 1/1995, de protección ambiental de Galicia, el artículo 12.3º) de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el Decreto 14/2002, de 24 de enero, que establece la estructura orgánica y funcional de esta consellería.

De conformidad con el artículo 42.4º, de la Ley 30/1992, en relación con la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se informa de que en caso de no resolverse el presente expediente en el plazo de seis meses, teniendo en cuenta las posibles interrupciones de su cómputo por causas imputables al interesado se producirá su caducidad. La resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones con los efectos previstos en el artículo 92 de esta ley.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. El importe de la sanción que en cada caso corresponda, se hará efectiva empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial de Ourense o en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia.

Ourense, 11 de febrero de 2003.

Delegado provincial de Ourense

Agustín Prado Verdeal

ANEXO

Expediente: OU 076/02-RE.

Denunciado: José Ramón Fiz Rodríguez.

DNI: 76721155.

Última dirección conocida: calle San Sebastián, 19. 32630-Xinzo de Limia. Ourense.

Hecho denunciado: vertido de piedras procedentes del derribo de una casa.

Precepto infringido y sancionador: art. 34.4º c) en relación con el art. 34.3º b) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos.

Sanción: 300,51 A y la obligación de reponer las cosas a su estado anterior a la infracción.