Visto el error detectado en el pliego de cláusulas administrativas particulares que sirven de base a la adjudicación del contrato de obras de saneamiento y abastecimiento calle San Bernardo, fase II, aprobado por Decreto 036/2003 en referencia a la clasificación del contratista,
DISPONGO:
Primero.-La no exigencia de clasifidación del contratista.
Segundo.-Ampliar el plazo de presentación de solicitudes de participación en 5 días que se contarán desde el siguiente al de publicación del presente decreto en el Diario Oficial de Galicia.
Tercero.-Remisión del acuerdo adoptado al BOP y al Diario Oficial de Galicia para su publicación.
A Guarda, 26 de febrero de 2003.
José Luis Alonso Riego
Alcalde