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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 40 Miercoles, 26 de febrero de 2003 Pág. 2.328

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

DECRETO 167/2003, de 31 de enero, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de O Vicedo (Lugo), de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyectode de saneamiento, depuración y abastecimiento de agua en O Vicedo y San Miguel de Negradas.

El Ayuntamiento de O Vicedo, en sesión celebrada el día veintidós de marzo de dos mil dos, aprobó el proyecto de saneamiento, depuración y abastecimiento de agua en O Vicedo y San Miguel de Negradas, y en la sesión del dieciocho de octubre de dos mil dos, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Local el día veinte de enero de dos mil tres.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, ya que, según señala el ayuntamiento, en la actualidad las redes de saneamiento efectuan los vertidos sin depurar en el núcleo de O Vicedo, desencadenándose asimismo averías, por lo que es necesario disminuir en lo posible las deficiencias antes expuestas dado que podrían ocasionar problemas de carácter higiénico y ambiental, y dotar de una red de saneamiento y sistema de depuración a parte de los núcleos de población de O Vicedo y San Miguel de Negradas, lo que redundaría notablemente en la mejora de las condiciones anteriormente indicadas.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Administración Local y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día treinta y uno de enero de dos mil tres,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de O Vicedo, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de saneamiento, depuración y abastecimiento de agua en O Vicedo y San Miguel de Negradas.

Santiago de Compostela, treinta y uno de enero de dos mil tres.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Administración Local