De conformidad con lo establecido en el artículo 27.2º de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia, modificada por la Ley 3/1995, de 10 de abril, y en el artículo 16 del Decreto 93/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 15.4º de la misma ley, esta consellería
DISPONE:
Primero.-Anunciar la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, los puestos de trabajo que se indican en el anexo I.
Segundo.-Podrán concurrir a ellos los funcionarios de carrera que reúnan las condiciones señaladas en el anexo I.
Tercero.-Las solicitudes para participar en esta convocatoria se presentarán en el registro general de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales (edificio administrativo San Lázaro, s/n, Santiago de Compostela), en sus delegaciones provinciales o en las oficinas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, según el modelo que se incluye en el anexo II.
Cuarto.-Los aspirantes deberán unirle a la petición un currículum vitae y justificar mediante certificación o copia compulsada los méritos que aleguen.
Quinto.-Esta convocatoria será resuelta por la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales. En el caso de que resulte seleccionado para ocupar el puesto de trabajo que se anuncia en
el anexo I de esta orden un funcionario con destino en otra Administración o que esté en esta Comunidad Autónoma como consecuencia de una comisión de servicios concedida conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria octava, punto 4º, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se requerirá informe favorable de la Administración de origen que, de no emitirse en el plazo de 15 días naturales y tal como dispone el artículo 67 del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, se considerará favorable. Una vez tramitado su traslado a esta Comunidad Autónoma, se procederá a la adjudicación del puesto para el que fue seleccionado.
Sexto.-La resolución de esta convocatoria se hará pública en el DOG, y podrá declararse desierto el puesto de trabajo, de considerarse oportuno.
Séptimo.-El plazo de toma de posesión será de tres días, si el destino anterior está en la misma localidad del nuevo destino, y de un mes, si está en localidad distinta o comporta el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá producirse dentro de los tres días siguientes al de la publicación en el DOG, o desde la fecha en que se comunique la resolución del traslado a la Comunidad Autónoma, para el caso de funcionarios de otras administraciones públicas.
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el DOG.
Octavo.-Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el DOG, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o podrán impugnarla directamente ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente en el plazo de dos meses contados a partir de la misma fecha, según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 12 de febrero de 2003.
Mª José Cimadevila Cea
Conselleira de Asuntos Sociales, Empleo
y Relaciones Laborales
ANEXO I
específico escala Adm. P. acad. específica destinoDenominación Código Nivel Complem.
Gr. Cuerpo/
Adscr.
Tit.
Formac.
Centro
Localidade
Jefe de secretaría del/de la conselleiro/a AS.C01.00.000.15770.001 20 3.911,76 BCD General A11 001-641 Gabinete conselleiro/a Santiago de Compostela
Secretario/a del/de la secretario/a general AS.C02.00.000.15770.001 18 3.477 CD General A11 001-641 Secretaría General Santiago de Compostela
Jefe de Servicio de Relaciones Laborales XU.C04.00.001.15770.004 28A 10.865,64 AB General A11 501-640 Subdirección General de Trabajo Santiago de Compostela
Secretario/a Consejo Gallego Rel. Labor. XU.C07.00.000.15770.020 30 14.777,52 A General A11 523-640 Consejo Gallego de Relaciones Laborales Santiago de Compostela
Descripción códigos de la adscripción a administraciones públicas:
A11: adscripción indistinta a funcionarios de la Administración de la Xunta de Galicia, Administración del Estado, Administración de comunidades autónomas.
Descripción códigos de formación específica:
001: mecanografía.
501: licenciado en derecho (mérito).
523: diploma de directivo.
640: para personal de otra Administración, curso de perfeccionamiento de gallego (requisito indispensable).
641: para personal de otra Administración, curso de iniciación de gallego (requisito indispensable).
ANEXO II
Modelo de solicitud
NOTA: úsese el publicado en la página 2.250.