Por medio de esta cédula, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 142 del Reglamento de VPO, aprobado por el Decreto 2114/1968, de 24 de julio, se les notifica a los interesados, con los datos y último domicilio señalado en el anexo, las resoluciones de pleno derecho de los contratos de las viviendas que les fueron adjudicadas por no destinar las mismas a domicilio habitual y permanente, finalizando así los expedientes de desahucio al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.6º del Real decreto 2960/1976, de 12 de noviembre, y en el artículo 138.6º del Decreto 2114/1968, de 24 de julio por el que se aprueba el Reglamento de viviendas de protección oficial.
Contra esta resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Y para que conste y les sirva de notificación a los interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña a 28 de enero de 2003.
Mª Teresa Morán Calero
Jefa de Área Provincial de A Coruña
ANEXO
Nº de expediente de desahucio: 37/2001.
Expedientada: Cristina Díaz Fernández y herederos.
Último domicilio conocido: Virgen de Chamorro, bloque 6, P-2, 2º I (Ferrol).
(Expediente C-79, cuenta 16).