El Consello de la Xunta de Galicia acordó en su reunión de fecha 5 de diciembre de 2002, declarar el proyecto Parque Eólico de Chantada, promovido por la empresa Enerfín, S.A.-Grupo Elecnor, como de incidencia supramunicipal, a los efectos previstos en la Ley 10/1995, de ordenación del territorio de Galicia.
Por lo tanto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13.2º del Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal, a tenor del cual los planes o proyectos que el Consello de la Xunta de Galicia declare como de incidencia supramunicipal se someterán por un plazo mínimo de un mes a los trámites de información pública, mediante el correspondiente anuncio en el Diario Oficial de Galicia y en uno de los periódicos de mayor audiencia en la Comunidad Autónoma y de audiencia a las entidades locales sobre las que incida el plan o proyecto.
RESUELVE:
Someter a información pública el proyecto Parque Eólico de Chantada, declarado como de incidencia supramunicipal por acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de fecha 5 de diciembre de 2002, por un plazo de un mes contado a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Los interesados dispondrán del citado plazo de un mes para examinar el proyecto sectorial en la Dirección General de Industria, Energía y Minas y en las delegaciones provinciales de Lugo y Pontevedra, y presentar ante esta dirección general las alegaciones que consideren pertinentes.
Santiago de Compostela, 17 de enero de 2003.
Ramón Ordás Badía
Director general de Industria, Energía y Minas