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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Martes, 28 de enero de 2003 Pág. 1.030

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 7 de enero de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza administrativamente, se declara de utilidad pública y se aprueba el proyecto de ejecución de la línea de alta tensión (L.A.T.) a 132 kV desde la subestación parque eólico de Álabe-Mareiro hasta L.A.T. a 132 kV (Montouto-Nordés)-(Boimente-Pena Grande), en los ayuntamientos de Ourol y O Valadouro (Lugo). (Expediente 38.1/2001 A.T.).

Examinado el expediente instruido a instancias de la empresa Acciona Eólica de Galicia, S.A., con domicilio a efectos de notificación en parque empresarial La Moraleja, avda. de Europa nº 18, 28108 Alcobendas (Madrid), resultan los siguientes antecedentes de hecho:

Primero.-Con fecha 11 de enero de 2002 la citada empresa solicita la autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y la declaración de utilidad pública de las líneas de alta tensión L.A.T. 132 kV subestación parque eólico Álabe-leste y L.A.T. 132 kV subestación parque eólico Álabe-Mareiro, presentando el preceptivo proyecto de instalaciones a que hace referencia el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por la instalación que determina el artículo 53 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico y el 143 del Real decreto 1955/200, que la desarrolla.

Segundo.-La Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Lugo sometió el citado

proyecto de instalaciones, junto con la relación de bienes y derechos afectados, a trámite de información pública mediante Resolución de 18 de junio de 2002, publicada en el DOG del 12 de julio, en el BOP de Lugo del 13 de julio y en el diario El Progreso de Lugo del 9 de julio de 2002. El anuncio estuvo expuesto en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Ourol y O Valadouro.

Asimismo se practicó notificación individual a los interesados incluidos en la relación de bienes y derechos afectados.

Tercero.-Durante el período en que se sometió a trámite de información pública José Luis Sastre Pascual, en nombre de Tolsa, S.A., y mediante escrito de fecha de entrada en el registro general del edificio administrativo de Lugo de 6 de agosto de 2002, presentó alegación a la instalación de las citadas líneas de alta tensión por considerar que su aprobación esta intrínsecamente asociada a los parques eólicos de Álabe-Mareiro y Álabe-leste los cuales, según el alegante, interfieren con el permiso de investigación Río Vao nº 5514 que dicha empresa posee.

Cuarto.-La solicitud objeto de este expediente está informada favorablemente por la Delegación Provincial de Lugo, comprobándose mediante inspección sobre el terreno el trazado propuesto para la instalación de esta línea, que en los bienes afectados, sobre los que se solicitan los beneficios de expropiación, a los efectos de la servidumbre de paso, no se dan las prohibiciones ni limitaciones previstas en el artículo 57 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico y en el artículo 161 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Quinto.-El día 7 de noviembre de 2002 la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consellería de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia resolvió abrir trámite de compatibilidad entre los distintos intereses públicos concurrentes en el espacio proyectado para la implantación de las citadas líneas de alta tensión, las cuales afectan a los ayuntamientos de Ourol y O Valadouro.

Sexto.-Con fecha de entrada de 11 de noviembre de 2002, Juan Antonio Alonso Comerma, en nombre y representación de Acciona Eólica de Galicia, S.A. solicitó que, debido a que la alegación realizada por la empresa Tolsa, S.A. sólo afecta a la L.A.T. 132 kV subestación parque eólico Álabe-leste, se segregue y se tramita como dos expedientes independientes la L.A.T. 132 kV subestación parque eólico Álabe-leste y la L.A.T. 132 kV subestación parque eólico Álabe-Mareiro hasta la consecución de las preceptivas autorizaciones.

Séptimo.-Las características técnicas básicas de la instalación son las siguientes:

Línea de alta tensión (L.A.T.) aérea a 132 kV, para interconexión del parque eólico Álabe-Mareiro y la L.A.T. aérea existente a 132 kV (Montouto-nordés)-(Boimente-Pena Grande), de 350 metros de longitud y compuesta por un circuito con un conductor por fase LA-180 y cable a tierra OPGW sobre apoyos metálicos de celosía.

Presupuesto: 151.176 euros.

Ayuntamientos afectados: Ourol, O Valadouro.

Fundamentos de derecho:

Primero.-La Dirección General de Industria, Energía y Minas es la competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre, el Decreto 15/2002, de 24 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, en relación con el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre autorización de instalaciones eléctricas y la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico.

Segundo.-El proyecto cumple lo dispuesto en el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de líneas eléctricas de alta tensión y, en concreto, en sus artículos 5 y 6.

Tercero.-En contestación a la alegación realizada por José Luis Sastre Pascual, en nombre de la sociedad Tolsa, S.A. esta dirección general informa que una vez revisada la documentación obrante en el expediente, se constató que la L.A.T. 132 kV subestación parque eólico Álabe-Mareiro no interfiere con el permiso de investigación Río Vao nº 5514.

En el expediente instruido al efecto se han cumplido los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con lo que antecede,

RESUELVE:

1. Autorizar la línea de alta tensión (L.A.T.) aérea de transporte de energía eléctrica a 132 kV desde subestación parque eólico de Álabe-Mareiro hasta L.A.T. aérea existente a 132 kV (Montouto-Nodés)-(Boimente-Pena Grande), en los términos municipales de Ourol y O Valadouro (Lugo).

2. Aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita.

3. Declarar la utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica, lo que implica la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Santiago de Compostela, 7 de enero de 2003.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria, Energía y Minas