Por medio de esta cédula se notifica a los denunciados, coyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el delegado provincial de la CPTOPV de Pontevedra, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber que dichas resoluciones no agotan la vía administrativa, y que pueden interponer recurso de alzada ante la directora general de Transportes dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía procedente.
En caso de conformidad con estas resoluciones, deberán hacer efectiva la multa, en el plazo de 15 días hábiles, mediante ingreso que deben efectuar en cualquier oficina del BBVA, transacción 1316, NIF S1511001H, clave 390005 y, de no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio.
Para que conste, sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Pontevedra a 11 de diciembre de 2002.
Mª Cruz Tomé Navas
Jefe del Servicio Provincial de Transportes
de Pontevedra
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
PO-6839-AF
G.G. de Tráfico Areas Regueiro, 36
36711 Tui (Pontevedra)
9-4-2002; 8.30; PO-340; 0,500 art. 158 R.D. 1211/1990 art. 201 R.D. 1211/1990 PO-5328-AU
G.G. de Tráfico General Mola, 34.
36900 Marín (Pontevedra)
7-3-2002; 11.5; C-550; 122 art. 158 R.D. 1211/1990 art. 201 R.D. 1211/1990 4477-BPL
G.G. de Tráfico Corvillón, Cortiñas 15,
36634 Cambados (Pontevedra)
2-5-2002; 9.45; C-550; 24 art. 158 R.D. 1211/1990 art. 201 R.D. 1211/1990PO-00881-O-2002
Javier Besada Pereira
Circular efectuando un transporte de vacuno en cantidad de 10 canales, careciendo de la autorización reglamentaria del vehículo señalado. Servicio privado.
Art. 103 Ley 16/1987
Art. 143 Ley 16/1987
150 euros
PO-01160-O-2002
Antonio Moliner y Asociados S.L.
Circular transportando material de venta en tiendas Todo a cien, careciendo de la tarxeta de transportes. Servicio privado complementario.
Art. 103 Ley 16/1987
Art. 143 Ley 16/1987
150 euros
PO-01576-O-2002
Jorge Ribeiro Álvarez
Circular transportando puertas de madera y un compresor (200 kg aprox.), careciendo de autorización de transportes. Servicio privado.
Art. 103 Ley 16/1987
Art. 143 Ley 16/1987
150 euros
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
PO-7629-BJ
G.G. de Tráfico Jenaro de la Fuente, 16-2
Vigo (Pontevedra)
20-9-2001; 10.10.39; N120; 647
art. 201 R.D. 1211/1990 PO-4811-AZ
G.G. de Tráfico Camoeiras, Pereiras 68, 36419 Mos (Pontevedra)
27-11-2001; 23.45; N-550; 132.300 art. 158 R.D. 1211/1990 art. 201 R.D. 1211/1990PO-03959-O-2001
José Luis Núñez Iglesias
Transportar planchas de euralita, careciendo de tarjeta de transportes. Servicio privado. Vehículo ligero. El Servicio Provincial de Transportes comprobó que es un vehículo de alquiler sin conductor, con un contrato de arrendamiento por una duración inferior a un mes, por lo que la tarjeta de la que carecía el vehículo es la tarjeta de la empresa arrendadora, la cual se debería llevar a bordo del vehículo.
Art. 23 O.M. 20-7-1995 (BOE del 2 de agosto) Art. 143 Ley 16/1987
30 euros
PO-04511-O-2001
Exclusivas Joyma S.L.
Circular transportando muestrario de relojes y marcos de cuadros, careciendo de la tarjeta de transportes. Carece de distintivos de radio de acción. Servicio privado.
Art. 103 Ley 16/1987
Art. 143 Ley 16/1987
150 euros