No habiendo encontrado en el domicilio conocido por esta delegación provincial a los titulares de las empresas que se indican a continuación, resuelvo notificar por este medio, al amparo del artículo 59.5º de la Ley 30/1992, que se inicia el plazo de diez días, a partir del día siguiente a su publicación en el DOG, durante el que podrán ejercer el derecho de audiencia del expediente, previo a la resolución en la Delegación Provincial de Justicia, Interior y Relaciones Laborales de A Coruña, todo ello según lo establecido en el artículo 18.2º del Real decreto 928/1998, de 14 de mayo.
Expediente nº: 770/2002.
Acta inf. nº 1347/2002.
Empresa: Ricardo Martínez González.
NIF/DNI: 52440264.
Dirección: c/ La Guardia, 50 (Narón).
Materia: obstrucción.
Propuesta de sanción: 1.502 A.
Resumen del acta de infracción:
Por correo certificado con acuse de recibo se remite citación a la empresa para que comparezca en la Inspección de Trabajo el día 3-7-2002 aportando diversa documentación. El interesado recibió la comunicación pero no se personó. Se remite de nuevo para comparecer en fecha 17-7-2002, fecha en la que tampoco comparece.
Se vulnera el artículo 50.2º del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Falta grave en grado medio, tipificada y sancionable de conformidad con los artículos 50, 39 y 40, respectivamente, del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Expediente nº: 849/2002.
Acta inf. nº 1603/2002.
Empresa: Mundo Novias, S.L.
NIF/DNI: B-36701829.
Dirección: c/ Real, 9 bajo (A Coruña).
Materia: trabajo.
Propuesta de sanción: 300,52 A.
Resumen del acta de infracción:
Se efectúan comprobaciones administrativas relativas a la contratación de la trabajadora María Ángeles Rodríguez Galán por parte de la empresa de referencia. Se comprueba que se contrató sucesivamente a la trabajadora utilizando modalidades contractuales de duración determinada, sin solución de continuidad y sin causa que lo justificase.
Se vulnera el artículo 15 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
Falta grave en grado mínimo, tipificada y sancionable de conformidad con los artículos 7.2º y 39, respectivamente, del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Expediente nº: 909/2002.
Acta inf. nº 1165/2002.
Empresa: Purificación González Gómez.
NIF/DNI: 32786454-T.
Dirección: Orillamar, 14-2º (A Coruña).
Materia: seguridad e higiene.
Propuesta de sanción: 1.502,54 A.
Resumen del acta de infracción:
En visita realizada a la obra de construcción sita en Tarabelo, 90 (Sada), se comprobó que el trabajador Manuel Suárez Senra realizaba trabajos subido a una plataforma de madera instalada entre dos andamios
metálicos tubulares, sin ningún tipo de protección colectiva. La altura a la que se encontraba el trabajador se estima en 7 metros aproximadamente.
Se vulneran los artículos 3 a), 5 b), parte C, anexo IV del Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre.
Falta grave en grado mínimo, tipificada y sancionable de conformidad con los artículos 12.16º f) y 39 y 40, respectivamente, del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Documentos obrantes en los expedientes:
-Acta de infracción.
-Justificantes de las notificaciones.
A Coruña, 11 de diciembre de 2002.
Reyes Carabel Pedreira
Delegada provincial de A Coruña