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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 248 Martes, 24 de diciembre de 2002 Pág. 17.674

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

DECRETO 351/2002, de 13 de diciembre, por el que se declara la emergencia de las obras, servicios y suministros necesarios para hacer frente al derrame de hidrocarburos del buque Prestige y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos para el depósito de dichos residuos.

La gran cantidad de hidrocarburos vertidos por el Prestige en el océano Atlántico y su masiva llegada al litoral de Galicia requieren de su retirada y eliminación, planteándose su ajustada gestión, de conformidad con las previsones de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos. No obstante lo anterior y ante la imposibilidad material de gestionar con carácter inmediato y en su totalidad los residuos retirados del litoral, se estima la urgente necesidad de ocupar determinados terrenos a efectos de proceder a su depósito, en tanto no sean susceptibles de gestión en las plantas existentes al efecto.

La competencia para efectuar la declaración de urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, según lo dispuesto en el artículo 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

El Real decreto legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas recoge en su artículo 72 una tramitación excepcional de los expedientes de contratación para aquellos supuestos en los que la Administración tenga que actuar de forma inmediata a causa de circunstancias que supongan grave peligro, supuestos en los que el órgano de contratación puede ordenar la ejecución de lo necesario para remediar el acontecimiento producido, satisfacer la necesidad sobrevenida o contratar libremente su objeto, sin sujetarse a los requisitos formales establecidos en esta ley.

Conforme con lo anterior, a propuesta del conselleiro de Medio Ambiente y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión de fecha trece de diciembre de dos mil dos,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se declaran de emergencia las obras, servicios y adquisiones o suministros consistentes en la reparación o mantenimiento del servicio de infraestructuras y equipamientos en el ámbito medioambiental, así como las obras de reposición de bienes perjudicados por la catástrofe a ejecutar por los diferentes órganos de contratación.

Artículo 2º

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 52 de la Ley de la expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos que se precisen para el depósito temporal de los vertidos provenientes del buque Prestige.

Disposición final

La presente disposición entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, trece de deciembre de dos mil dos.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Carlos del Álamo Jiménez

Conselleiro de Medio Ambiente