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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 245 Viernes, 20 de diciembre de 2002 Pág. 17.489

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

CÉDULA de 13 de noviembre de 2002, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador OU-63/2002 de 24 de octubre de 2002, por infracción leve en materia de turismo.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen

jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de diciembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, del 1 de enero) se le notifica a la persona que a continuación se relaciona la resolución del expediente sancionador nº OU 64/2002, de la Delegación Provincial de Cultura, Comunicación Social y Turismo de Ourense, ya que, intentada por los medios habituales, no pudo practicarse.

Esta resolución no agota la vía administrativa, y contra ella los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo, en el plazo de un (1) mes desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro que estimen oportuno.

De no presentar recurso en el referido plazo, la sanción devendrá firme y ejecutiva y podrá hacerse efectiva en período voluntario en el subsiguiente plazo de quince días (15) hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, en cualquier oficina de Caixa Galicia (cuenta contable 840, código 001) y Caixanova (modelo XTAX). De no ser efectuado el ingreso en el citado plazo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, según lo dispuesto en la Orden de 23 de noviembre de 2001 por la que se regula el procedimiento de recaudación voluntaria y ejecutiva de multas y sanciones, de la Consellería de Economía y Hacienda (DOG nº 235, del 5 de diciembre).

Expediente: OU-63/2002.

Titular sancionado: Cañón do Sil, S.L.

Establecimiento: Restaurante Cañon do Sil.

Domicilio: Lg. do Castro.

Localidad: Parada de Sil.

Resolución: 24 de octubre de 2002.

Preceptos infringidos: artículo 86.2º de la Ley 9/1997, de 21 de agosto.

Sanción: ciento cincuenta euros (150 euros).

Ourense, 13 de noviembre de 2002.

José Luis Pérez Pérez

Delegado provincial de Ourense