Por medio de esta cédula se notificó al interesado, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, la resolución de la Dirección General de Urbanismo recaída en el expediente de reposición de la legalidad urbanística que se indica en el anexo, por la que se declara que las obras promovidas por Eduardo Martínez Fernández, consistentes en la ejecución de un relleno a base de piedra y tierra con altura máxima en torno a los 3 metros y que ocupa una superficie aproximada de 400 m. Sobre el borde del aterraplenado se ejecutó un muro de bloque prefabricado de hormigón de 1 m de altura y una longitud de 18 metros, que son ilegalizables por resultar incompatibles con el ordenamiento urbanístico vigente. Se ordena su demolición a costa del interesado y la restitución de los bienes y terrenos afectados al estado anterior a la ejecución de las actuaciones objeto de este expediente, en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta
resolución, y se advierte al interesado que, en el caso de incumplimiento de la orden de demolición en el plazo indicado en el apartado anterior, se procederá a la ejecución subsidiaria de esta o a su ejecución forzosa mediante la imposición de multas coercitivas, reiterables hasta lograr la ejecución por el sujeto obligado, en cuantía de 300,51 a 3.005,06 euros cada una, siendo estas multas compatibles con la sanción que, en su caso, pueda interponerse en el procedimiento sancionador que se tramite por la comisión de la infracción urbanística.
Se le hace saber que dicha resolución no agota la vía administrativa, pudiendo interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de publicación de esta cédula.
Para que conste, les sirva de notificación a los interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela , 15 de noviembre de 2002.
José Jesús Cudeiro Mazaira
Director general de Urbanismo
ANEXO
Expediente: 107 B-2001/126-0 de reposición de la legalidad urbanística.
Denunciado: Eduardo Martínez Fernández.
Condición: promotor de las obras.
Último domicilio conocido: O Campo, nº 1, Barrañán (Arteixo).
Hechos: construcción de obras sin licencia.
Municipio: Arteixo.
Precepto aplicable: artículo 180 en relación con el 175 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, 54 del Reglamento de disciplina urbanística (Decreto 28/1999, de 21 de enero).