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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Miercoles, 27 de noviembre de 2002 Pág. 16.496

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

ORDEN de 22 de noviembre de 2002 por la que se convoca el Premio Galicia-Futura.

El decreto 306/2002, de 31 de octubre, (DOG nº 219, del 13 de noviembre) por el que se crea el Premio Galicia-Futura, establece en su artículo 4 que dicho premio será convocado por orden de la citada consellería y tendrá una periodicidad anual.

La tramitación de esta orden se acoge a lo dispuesto en la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 11 de febrero de 1998 por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto, modificada por la Orden de 27 de noviembre de 2000, toda vez que el Consello de la Xunta de Galicia, en su sesión del día 17 de octubre de 2002, aprobó el proyecto de presupuestos generales para la Comunidad Autónoma para el año 2003.

En consecuencia, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas y con fundamento en el decreto invocado,

DISPONGO:

Artículo único.-Es objeto de la presente disposición la convocatoria del Premio Galicia-Futura en su primera edición y el establecimiento de las bases que rigen dicha convocatora, señaladas en el anexo I.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de noviembre.de 2002.

Manuela López Besteiro

Conselleira de Familia y Promoción del Empleo,

Mujer y Juventud

ANEXO I

Bases

Primera.-El citado premio se destina a estimular y reconocer la labor que realice cualquier joven, o persona jurídica, en alguna de las actividades de la vida, ya sea en el ámbito social, profesional, cultural, académico, deportivo o en cualquier otro o en labores de apoyo o colaboración de especial trascendencia en temas relacionados con la juventud.

Segunda.-El premio estará dotado con 18.000 A con cargo a la partida presupuestaria 355B 640.2, 6.000 A para la categoría individual y 12.000 A para la categoría colectiva y dará derecho a un diploma acreditativo.

Tercera.-La propuesta de las candidaturas se adecuará a lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 306/2002, del 31 de octubre, por el que se crea el Premio Galicia-Futura.

Cuarta.-Para la propuesta del premio individual se tendrá en cuenta:

-El esfuerzo, entrega y dedicación en su labor.

-Que su actividad sirva de modelo ejemplarizante para el resto de la juventud.

-Su repercusión social.

-Que la actividad desarrollada muestre una evolución y trayectoria coherente.

Para la propuesta del premio colectivo se tendrá en cuenta:

-La trayectoria de la entidad en el desarrollo de su actividad.

-La repercusión y compromiso social de su labor.

-Que sus actuaciones contribuyan al mejor desarrollo de la juventud gallega.

-Que sus actividades sirvan para la promoción de valores humanos entre jóvenes de Galicia.

-Que los fines de sus actuaciones sirvan para promover el interés general.

Quinta.-El examen de las memorias presentadas y, en su caso, la propuesta del premio una vez valorados los criterios anteriores, le corresponderá a un jurado seleccionador, cuya composición se ajustará a lo establecido en el artículo 6 del referido decreto.

Sexta.-El procedimiento de actuación del jurado será el siguiente:

El jurado será convocado por la presidenta, y podrá juntarse cuantas veces ésta estime oportuno.

Para una válida constitución del órgano para los efectos de celebración de sesiones, deliberaciones y tomas de acuerdos, se requerirá la presencia de la presidenta y el secretario/a y la mitad, por lo menos, de sus miembros.

El jurado adoptará sus acuerdos por mayoría de votos, dirimiento el voto de calidad de la presidenta en caso de empate. La decisión del jurado será inapelable.

El jurado podrá declarar el premio desierto.

Le corresponde al secretario/a del jurado levantar acta de las sesiones. La propuesta del jurado se elevará a la Conselleira de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, que resolverá. La resolución de la concesión del premio, que pone fin a la vía administrativa se publicará en el Diario Oficial de Galicia. La entrega del citado premio se regirá por lo dispuesto en el artículo 7 del citado decreto.

Séptima.-La convocatoria, sus bases y todos cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.