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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 226 Viernes, 22 de noviembre de 2002 Pág. 16.326

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

ORDEN de 14 de noviembre de 2002 por la que se modifica la de 30 de abril de 2002, por la que se regulan las ayudas para mantenimiento de centros y servicios dedicados a la atención a la primera infancia dependientes de entidades privadas de iniciativa social.

La Orden de 30 de abril de 2002 (DOG nº 92, del 14 de mayo), de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, regula las ayudas económicas para mantenimiento de centros y servicios dedicados a la atención a la primera infancia dependientes de entidades privadas de iniciativa social. En su exposición de motivos se establece que las ayudas que se establecen en el articulado de esta orden se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 14.02.212A.4810, recogida en el proyecto de Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2002, y el importe destinado a ellas ascenderá a 1.711.381,98 euros.

Dado que el importe destinado en la Orden de 30 de abril de 2002 resulta insuficiente para atender

a las ayudas solicitadas, se hace necesario incrementar el importe destinado por la orden a estas ayudas, por lo que es necesario modificar la orden en lo que respecta a este punto.

De acuerdo con todo lo anterior, y en el ejercicio de las facultades que me otorga el artículo 34 da Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora da Xunta de Galicia y de su presidente,

DISPONGO:

Artículo único.

Modificar el párrafo 7º de la exposición de motivos de la Orden de 30 de abril de 2002, de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, por la que se regulan ayudas para mantenimiento de centros y servicios dedicados a la atención a la primera infancia dependientes de entidades privadas de iniciativa social, que pasará a tener la siguiente redacción:

«Las ayudas que se establecen en el articulado de esta orden se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 14.02.212A.4810, recogida en la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma

de Galicia para el año 2002, y el importe destinado a ellas ascenderá a 1.959.532,76 euros».

Disposiciones finales

Primera.-Se autoriza a la directora general de Familia para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo de esta orden.

Segunda.-Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de noviembre de 2002.

Manuela López Besteiro

Conselleira de Familia y Promoción del Empleo,

Mujer y Juventud

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