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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 226 Viernes, 22 de noviembre de 2002 Pág. 16.316

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 318/2002, de 31 de octubre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Noia, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de construcción de la estación depuradora de aguas residuales de Noia.

El Ayuntamiento de Noia, en sesión celebrada el día veintiocho de junio de dos mil dos, aprobó el proyecto de expropiación de terrenos para la construcción de la estación depuradora de aguas residuales de Noia, y en la misma sesión, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocu

pación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Por parte del ayuntamiento fue remitida la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente, con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día diez de septiembre de dos mil dos.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda emitió informe favorable. Dicho informe tuvo entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día cinco de septiembre de dos mil dos.

El organismo autónomo Aguas de Galicia se ratificó en el informe elaborado sobre la ubicación de la estación depuradora de Noia. Dicha ratificación tuvo entrada en el registro de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día trece de septiembre de dos mil dos.

La Dirección General de Recursos Marinos de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos, emitió informe favorable sobre el emplazamiento. Dicho informe tuvo entrada en el registro de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales el día dieciséis de octubre de dos mil dos.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, ya que, según señala el ayuntamiento, la actuación viene dada por la imperiosa necesidad de poder contar con unas instalaciones de esa naturaleza, con el fin de garantizar la salud pública de los ciudadanos y como medio de conservar el medio ambiente y el hábitat de la ría de Noia, puesto que la explotación marisquera constituye la base económica de la gran parte de la población de la villa.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día treinta y uno de octubre de dos mil dos,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Noia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la eje

cución del proyecto de construcción de la estación depuradora de aguas residuales de Noia.

Santiago de Compostela, treinta y uno de octubre de dos mil dos.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales