El Ayuntamiento Pleno, en sesión de 8 de noviembre de 2002 adoptó el siguiente acuerdo:
Aprobar definitivamente la modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento en San Roque-Darbo, promovida por Feyju Galicia, S.L., de conformidad con lo estipulado en el artículo 48.2º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.
Contra este acuerdo, que es firme en vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, delante de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sin perjuicio de que pueda ejercer cualquier otro recurso que estime pertinente.
Cangas, 11 de noviembre de 2002.
José E. Sotelo Villar
Alcalde