De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y con el fin de que en el plazo de un mes cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente y formular las alegaciones que estime pertinentes, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general, sita en la Plaza de Europa, 5 A-4º, Polígono de As Fontiñas, en Santiago de Compostela, tuvo entrada la solicitud de creación del Colegio Oficial de Ingenieros en Informática de Galicia, que tendría los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Informática de Galicia agruparía a los titulados en Informática, que hubieran cursado la diplomatura ingeniería técnica en informática en una universidad española o en cualquier otra extranjera cuyo título profesional hubiera sido debidamente homologado.
Firman la solicitud: Gabriel Ferreiro Pena, en calidad de presidente de la Asociación de Doctores, Licenciados e Ingenieros en Informática de Galicia (Aliga), y Dolores Galván Bretaña, en calidad de delegada en Galicia da Asociación de Doctores, Licenciados e Ingenieros en Informática (Ali).
Santiago de Compostela, 30 de octubre de 2002.
Juan José Martín Álvarez
Director general de Justicia