De conformidad con la base común 7.1 de la Orden de 11 de julio de 2002 por la que se convocaban procedimientos selectivos de de acceso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, artículo 15 de la Ley de medidas, en la especialidad de psicología y pedagogía, establece que la valoración de los méritos presentados por los aspirantes será efectuada, en nombre de los tribunales, por una comisión integrada por funcionarios de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.
En consecuencia, esta dirección general
DISPONE:
Primero.-Hacer pública en la Consellería de Eduación y Ordenación Universitaria y en las delegaciones provinciales, a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, las puntuaciones provisionales de los baremos establecidos en la Orden de 11 de julio de 2002.
Segundo.-Contra estas puntuaciones podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente al de su publicación, ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria.
Santiago de Compostela, 24 de octubre de 2002.
Severino Somoza Gómez
Director general de Personal