En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la Asociación Gallega de Turismo Rural y Hostelería, que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la referida asociación los profesionales del turismo rural y de la hostelería que desarrollen sus actividades profesionales en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Firman el acta de constitución: Manuel González Fernández y cinco personas más.
Santiago de Compostela, 7 de octubre de 2002.
P.S. (Orden 27-9-2002)
María José Cimadevila Cea
Secretaria general de la Consellería de Justicia,
Interior y Relaciones Laborales