Intentada la notificación personal y devueltas por el servicio de correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se notifica a las empresas relacionadas, las resoluciones en el orden social correspondientes.
Empresa Domicilio Número expte. Fecha resol. Preceptos Resolución
Localidad deleg. prov. Infringidos Sancionadores
36201 Vigo
acta
Cnes. San Blas, S.L. García Barbón, 118 Of. 5
284/2002 281/2002 (AI) 21-8-2002 Art. 43.5º del convenio colectivo de la construcción de Pontevedra en relación con los arts. 34, 35 e 37 del Estatuto de los trabajadores Arts. 7.5º, 39.2º y 40 del R.D.L. 5/2000, de 4 de agosto Anulación
Se hace saber a los interesados que pueden formular recurso de alzada, ante el director general de Relaciones Laborales, en el término de un mes, contado desde el siguiente día de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el art. 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Vigo, 25 de septiembre de 2002.
Antonio Coello Bufill
Delegado provincial de Pontevedra