De conformidad con lo dispuesto en el articulo 59.4º da Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen
jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica, a la persona que en el anexo se menciona, la propuesta de resolución dictada por el instructor en el expediente que por infracción al Reglamento de epizootias, Decreto de 4-2-1955, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos y que se está tramitando en esta delegación.
A los efectos previstos en el artículo 19 do Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el denunciado, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, podrá examinar el expediente, en el Servicio Xurídico, sito en la c/ Benito Corbal nº 47- 4ª planta, y presentar las alegaciones que considere convenientes.
Pontevedra, 16 de septiembre de 2002.
José Manuel Gabeiras Vérez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: AG-SA-59/2002-PO.
Denunciado: José Manuel Villamar Guitar.
Hecho denunciado: venta ambulante de ganado porcino, falta de guía de origen y sanidad pecuaria, falta de libro-registro de movimientos y compraventa de ganado, y carecer de los certificados de inscripción y desinfección del vehículo.
Fecha del acuerdo de incoación: 13-5-2002.
Alegaciones a la incoación: no presentó.
Preceptos infringidos: artículo 9.2 del R.D. 791/1979, artículos 52.4º y 52.2º del Decreto 4-2-1955, artículo 10 de la Orden de 23 de agosto de 1995 y el artículo 212 del citado Decreto de 4-2-1955.
Precepto sancionador: artículo 224 del Reglamento de epizootias y el artículo 212 del Decreto de 4 de febrero de 1955.
Sanción: de 1.623,71 euros.