En cumplimiento de lo dispuesto en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, y el Decreto 302/2001, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Galicia, se someten a información pública, a solicitud de la empresa Elecnor, S.A., las instalaciones que a continuación se describen:
Objeto de información pública.
Aprobación de la autorización administrativa, proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública
de las instalaciones que comprende el proyecto modificado del parque eólico de Chantada.
La declaración de utilidad pública llevará implícita, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, la necesidad de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones.
Peticionario: Elecnor, S.A.
Domicilio: plaza Manuel Gómez Moreno, s/n; edificio Bronce, 6ª planta, 28020 Madrid.
Emplazamiento: ayuntamientos de Chantada (Lugo) y Rodeiro (Pontevedra).
Localización (coordenadas poligonales en unidades UTM):
X Y
591.875 4.725.000
590.875 4.718.000
589.961 4.718.000
589.810 4.719.000
591.000 4.724.860
Características técnicas del parque eólico.
-Nº de aerogeneradores: 30.
-Potencia nominal unitaria: 1.600 kW.
-Potencia total instalada: 48 MW.
-Tipo de aerogenerador: ECOTECNIA 1.600.
-Producción neta anual estimada: 124,75 GWh.
-Presupuesto total: 37.082.719,73 A.
Características técnicas de la infraestructura eléctrica de generación, transformación e interconexión.
-30 centros de transformación (situados en el interior de cada aerogenerador) de 2.000 kVA de potencia y conexión Dyn 11, 0,4/0,69/30kV y su correspondiente aparamenta de seccionamiento, maniobra y protección.
-Cada aerogenerador está equipado con un autotransformador 690/220 V para servicios auxiliares (alumbrado de torre y tomas de corriente para mantenimiento).
-Red colectora subterránea, que recorre el conjunto de los aerogeneradores, interconectándolos con las celdas de 30 kV de la subestación 30/132 kV que recoge la energía del parque.
-La subestación transformadora de 30/132 kV, para la evacuación de la energía, y la línea para la conexión a la red eléctrica, serán las mismas que se utilizarán para la evacuación de la energía de los parques de Monte Cabeza, Penas Grandes y Farelo, y serán objeto de proyecto independiente.
Afección a fincas particulares.
(S.E.) Superficie de expropiación de pleno dominio de los terrenos afectados.
(S.P.) Servidumbre de paso que implica la construcción de caminos y canalizaciones subterráneas con las siguientes limitaciones de dominio permanentes:
-Derecho de libre paso o acceso peatonal y equipamientos para la construcción, montaje, supervisión y vigilancia, conservación o reparación de las instalaciones.
-Servidumbre de paso subterráneo que comprende la ocupación del subsuelo por las líneas eléctricas subterráneas alojadas en zanjas.
-Prohibición de efectuar remoción del terreno o cualquier tipo de obras o actos que puedan dañar o perjudicar los caminos e instalaciones.
(S.V.) Servidumbre de vuelo de las palas de los aerogeneradores.
(P.E.) Superficie de protección eólica afectada por la siguiente limitación de dominio:
-Prohibición de situar obstáculos de altura superior a 10 metros (construcciones, árboles, postes u otros).
(O.T.) Ocupación temporal de los terrenos durante un plazo de 18 meses.
Lo que se hace público para conocimiento general y de los propietarios de las fincas y demás titulares afectados que no llegaron a un acuerdo con la entidad solicitante y que figuran en la relación que se inserta como anexo de este anuncio, así como las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, fuesen omitidos, para que puedan examinar el proyecto y presentar las objeciones o alegaciones que consideren oportunas, en esta dirección general, sita en el edificio administrativo San Caetano, bloque 5, 4ª planta, 15771 (Santiago de Compostela), o bien en las delegaciones provinciales de la Consellería de Industria y Comercio de Pontevedra y Lugo, en el plazo de un mes, contados a partir de la última publicación de este anuncio.
Se hace constar que esta publicación se realizará igualmente a los efectos determinados por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los interesados sean desconocidos, se ignore el lugar o el medio de notificación, o bien, intentada la notificación, no se pudiese realizar.
Santiago de Compostela, 6 de septiembre de 2002.
Ramón Ordás Badía
Director general de Industria, Energía y Minas
Relación de bienes y derechos afectados
Parque eólico ChantadaAyuntamiento de Chantada
Propietario Superficie afección Ref. catastral
Finca Nombre y apellidos Dirección Paraje Uso del A.G. nº S.E. (m) S.P. S.V./P.E./ Pol. Parc.
suelo P (m) C (m) Z (m) O.T. (m)
Vilanova de Arousa
(Pontevedra)
115 Josefina Saa Vázquez Tras do Río (Baión)
Coto dos Píos P.P. 1 0 0 0 16 650 29 142
Parque eólico ChantadaAyuntamiento de Rodeiro
Propietario Superficie afección Ref. catastral
Finca Nombre y apellidos Dirección Paraje Uso del A.G. nº S.E. (m) S.P. S.V./P.E./ Pol. Parc.
suelo P (m) C (m) Z (m) O.T. (m)
Rodeiro (Pontevedra)
32 Vecinal de Vilaxuste Plaza de A Fonte, nº 2
Monte da Casa Nova M.B. 17 a 23 0 0 0 0 6.357
Propietario Superficie afección Ref. catastral
Finca Nombre y apellidos Dirección Paraje Uso del A.G. nº S.E. (m) S.P. S.V./P.E./ Pol. Parc.
suelo P (m) C (m) Z (m) O.T. (m)
Rodeiro (Pontevedra)
Salamanca
Rodeiro (Pontevedra) M.A.
41 Emilio González Negro Outeiro, Fafián
O Campo M.B. 6 0 0 100 100 100
44 Carmen Lorenzana Lorenzana Padre Astete, nº 16-1º H
Rego da Espiñeira M.B. 8,9 0 0 0 0 2.443
112 Monte vecinal de Loureiro Plaza de A Fonte, nº 2
Monte Casa Nova M.B.
24 0 0 300 300 1.000
Leyenda: M.A.: monte alto; M.B.: monte bajo; P.P.: pinos; L.B.: labor; P.: plataforma; C.: camino; Z.: zanja; E.: superficie de expropiación; S.P.: servidumbre de paso; S.V.: servidumbre de vuelo; P.E.: protección eólica; O.T.: ocupación temporal.