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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 173 Lunes, 09 de septiembre de 2002 Pág. 13.417

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 12 de agosto de 2002, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se dispone la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la notificación del acuerdo de iniciación de expediente sancionador por infracciones en materia de espectáculos públicos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se le notifica a la persona que a continuación se relaciona, a quien no ha podido

hacerse por correo certificado, el acuerdo de iniciación dictado en el expediente de sanción, por infracción en materia de espectáculos públicos, su número se cita seguidamente:

Nombre: Javier Álvarez López.

DNI: 33810169.

Nº de expediente: LU-E 285/02.

Precepto infringido: 26 e) LO 1/1992.

Último domicilio: Lousadela 7, Sarria.

Sanción: hasta 300,51 euros.

Se designa instructor del expediente al jefe del Servicio de Justicia, Administración Local e Interior, Rafael López Charques y secretario al jefe de Nego

ciado Constantino Alvar Cabido, pudiendo ser recusados en cualquier momento de la tramitación del expediente, de darse algún supuesto de los que determina el artículo 29 de la Ley 30/1992.

El interesado dispondrá de un plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para poder examinar el expediente en el Servicio de Justicia, Administración Local e Interior de esta delegación provincial, y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o pruebas, considere convenientes en defensa de sus derechos, pudiendo reconocer voluntariamente su responsabilidad, tal como lo establece el artículo 13 d) del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

En caso de que decida no efectuar alegaciones en el plazo indicado, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado como propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Real decreto 1398/1993, determinándose a estos efectos el importe de la sanción.

Será competente para la imposición de la sanción el delegado provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales en Lugo, según lo establecido en la Orden de 26 de septiembre de 1996, de la citada consellería (DOG del 30 de septiembre).

Lugo, 12 de agosto de 2002.

Manuel Teijeiro Álvarez

Delegado provincial de Lugo