El Juzgado de Primera Instancia número uno de Tui, por auto dictado el 29 de mayo de 2002, declaró a la Comunidad Autónoma de Galicia heredera legal de los bienes de Elisa Treinta Portela, vecina de O Rosal (Pontevedra).
La Comunidad Autónoma gallega tomó posesión de los bienes hereditarios conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1º del Decreto 94/1999, de 25 de marzo, que regula la sucesión intestada a favor de la Comunidad Autónoma de Galicia. Según el artículo 153.2º de la Ley 4/1995, de 24 de mayo, de derecho civil de Galicia, dichos bienes serán destinados a establecimientos de asistencia social o a instituciones de cultura, preferentemente radicados en la última residencia habitual del causante y, en todo caso, en territorio gallego.
En consecuencia se hace público el siguiente anuncio:
En ejercicio de las competencias atribuidas a la Secretaría General y del Patrimonio en los artículos 7 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, de patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega y 4.1º b) del Decreto 312/2000, de 28 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía y Hacienda, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del citado Decreto 94/1999, se abre el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que los posibles beneficiarios de los bienes de la sucesión intestada de Elisa Treinta Portela, vecina de O Rosal (Pontevedra), fallecida el 3 de marzo de 1999, formulen alegaciones ante la Consellería de Economía y Hacienda.
El expediente podrá examinarse en la Subdirección General del Patrimonio, con dirección en Área Central, calle Varsovia nº 4 C, 1ª planta, oficina 7N, de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas.
Santiago de Compostela, 5 de julio de 2002.
Emilio Álvarez Rey
Secretario general y del Patrimonio
de la Consellería de Economía y Hacienda
CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS
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