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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Jueves, 18 de julio de 2002 Pág. 11.384

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO de la aprobación definitiva de la modificación puntual del PGOU en el ámbito del polígono B-1 de Valdecorbos-Mourente, en ejecución de convenio y protocolo formalizados con la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

El Pleno de la Corporación, en sesión de 23 de febrero pasado, acordó prestar aprobación definitiva al documento denominado modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana en ejecución de convenio y protocolo suscritos con la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda en el ámbito de su polígono B-1 de Valdecorbos-Mourente, siendo el proyecto formulado por esta Administración municipal y redactado por el arquitecto jefe de la Oficina Técnica Municipal de Planeamiento y Gestión con fecha octubre-2000, contando con informe favorable, de carácter preceptivo y vinculante de fecha 4-2-2002, del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia, desestimando las alegaciones o reclamaciones formuladas por: María Teresa Pita Mon, José Rodríguez Buceta, Flora Teso Cobas, Celso Cons Varela, Argimiro Piñeiro Villanueva, Manuel Fernández Mariño, Elvira López Iglesias, Celestino Cons Varela, Juan López Búa, Delfina Búa Rodríguez,

María Dolores Barros Barreiro, Carmen Barreiro Rivas, José Barros Barreiro, José Sueiro Fernández, María Dolores Fernández Valiñas, Francisco Fernández Valiñas, sr. González Pedrouso, Luis Pedrouso Vidal, Juan Sobral Rey, Elisa Míguez

Rodríguez y José Rey Poceiro, Juan Costal Pedrouso, Rafael Rdoríguez Durán, María Luisa Piay Pedrouso, María Luisa Vázquez Piay, Juan Santos Cao, María Isabel Pita Mon, Santiago Sánchez-Agustino Rodríguez y María de las Mercedes Pita Mon, durante la fase de información pública de la presente modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana en ejecucióin de convenio y protocolo suscritos con la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda en el ámbito de su polígono B-1 de Valdecorbos-Mourente, en el trámite de audiencia concedido, una vez finalizada la instrucción del presente procedimiento, por cuanto de conformidad con los informes emitidos por el Servicio Municipal de Gestión Urbanística, Dirección General de Urbanismo de la CPTOPV y diputación provincial, recogidos en los antecedentes de hecho de este acto administrativo y que sirven de motivación al mismo, en los términos del artículo 89.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y motivaciones

jurídicas del mismo, la presente modificación puntual del PGOU no vulnera disposición o determinación de la normativa de ordenación territorial o urbanística en vigor ni del planeamiento de ordenación integral de este término municipal de cuyo contenido pasará a formar parte integrante con idéntico alcance normativo de naturaleza reglamentaria, conteniendo las determinaciones propias de tal categoría de instrumentos urbanísticos de ordenación por considerar el ayuntamiento la conveniencia del objetivo descrito de esa nueva ordenación, determinante del cambio de sistema de actuación y de la tipología de las viviendas, con el fin de materializar los objetivos del convenio y protocolo referidos.

Asimismo, se dispuso publicar este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia y disponer su comunicación a las administraciones públicas, entidades y personas interesadas con ofrecimiento del régimen de recursos procedente, y traslado a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2º de la Ley del suelo de Galicia, en el BOP nº 78 del 24-4-2002 se publicó el texto íntegro de la normativa de la modificación del planeamiento aprobada, remitiéndose copia del expediente a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, a los efectos establecidos en el apartado 3 y 4 de este precepto.

Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse directamente por quienes se consideran legitimados el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del texto íntegro de la disposición impugnada, conforme a lo establecido en los artículos 10.1º.6 y 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedentes con arreglo a derecho, significándole que el artículo

107.3º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la anterior, no admite la interposición de recursos en vía administrativa contra las disposiciones administrativas de carácter general.

Pontevedra, 12 de junio de 2002.

Julio Dapena Outomuro

Secretario general

P.D.

Xosé Cesáreo Mosquera Lorenzo

Teniente alcalde delegado del área de Urbanismo

y Medio Ambiente