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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Jueves, 18 de julio de 2002 Pág. 11.380

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2002, de la Delegación Provincial de Ourense, sobre notificación de la resolución del expediente OU 205/01P y dos más, por infracción de la Ley de pesca fluvial.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan la resolución de los expedientes sancionadores por infracciones a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 151, del 5 de agosto) y a su Reglamento, aprobado por el Decreto 130/1997, de 14 de mayo (DOG nº 106, del 4 de junio).

El importe de la sanción se hará efectivo en cualquier entidad bancaria, en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de firmeza de la presente resolución. Para efectuarlo deberán emplear los impresos normalizados que les serán facilitados en esta delegación provincial, sita en la calle Paseo, nº 18-5ª planta, en Ourense. Transcurrido el citado plazo se procederá al cobro por la vía administrativa de apremio.

No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 114.1º y concordantes de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe formular recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado igualmente, a partir del siguiente al de publicación de esta notificación.

Transcurrido el plazo de interposición del recurso, sin que éste se presente, esta resolución será firme a todos los efectos reglamentarios.

Ourense, 13 de junio de 2002.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

ExpedienteDenunciado DNIÚltimo domicilio conocidoHecho probadoPrecepto infrinido

y sancionador

Sanción euros

OU-205/01PModesto Crespo Fernández

34987292

Urbanización La Caleta Adeje

Sta. Cruz de Tenerife

Pescar sin licencia que habilite para la práctica de esta actividad en GaliciaLey pesca fluvial Galicia 7/1992 artículo 34.1º300,51 A. Retirada de la licencia e inhabilitación para obtenerla durante un año

OU-187/01PJuan Manuel Madeira Fernández

3693576

Massama-Sintra PortugalPescar sin licenciaLey pesca fluvial Galicia 7/1992 artículo 33.1º300,51 A. Retirada de la licencia e inhabilitación para obtenerla durante un año

OU-195/01PManuel Fernando Rodrígues Jorge

X-2774211-G

Calle Mimosas nº 10-2º OurensePescar sin licencia, pescar en lunes, día inhábil para la pescaLey pesca fluvial Galicia 7/1992 artículo 33.9º300,51 A. Retirada de la licencia e inhabilitación para obtenerla durante un año