De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas e del procedimiento adminis
trativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona con los datos personales y última dirección conocida que se señalará de seguido, la propuesta de resolución del correspondiente expediente sancionador por presunta infracción á la Ley sobre incendios forestales 81/1968, de 5 de diciembre y de su reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, en relación con la Resolución de 24 de enero de 2002, de la Dirección General de Montes e Industrias Forestales sobre medidas para la prevención de incendios forestales durante el año 2002 al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.
Para los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el expedientado dispondrá de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que pueda examinar el expediente en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo nº 18-5º piso y presentar por escrito las alegaciones, y los documentos, informaciones o propuestas de pruebas que considere convenientes en la defensa de sus derechos según lo establecido en el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.
Para resolver el expediente es competencia por razón de la cuantía de la multa el delegado provincial de Medio Ambiente de acuerdo con el artículo 141 del reglamento de la Ley de incendios forestales.
El pago voluntario pondrá fin al expediente. El importe de la sanción que en cada caso corresponda, se hará efectiva empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial en Ourense o en cualquiera unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia.
Ourense, 17 junio de 2002.
Miriam Areal López
Instructora
Vº Bº
Agustín Prado Verdeal
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Expediente nº/año: OU-196/02-I.
Denunciado: Vicente Peña Álvarez.
Último domicilio conocido: Sobrado do Bispo 32890 Barbadás (Ourense).
Feito denunciado: realizar una quema de maleza sin autorización.
Precepto infrinxido e sancionador: artículo 137 b) de Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la Dirección General Montes e Industrias Forestais.
Sanción euros: 90,15 euros.