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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 121 Martes, 25 de junio de 2002 Pág. 9.860

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2002, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifican las incoaciones de los expedientes sancionadores PO-EN-2001/81 y otro más (espacios naturales-Pontevedra).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan las incoaciones de los expedientes sancionadores, por infracción de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.

Que, asimismo, designo instructora del expediente a Pilar Pita Ponte y secretaria a Rosa María Siota Diéguez.

Lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 29 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la citada ley.

A los efectos previstos de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los denunciados dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular las alegaciones, aportar los documentos o aportar las pruebas que convengan a su derecho, advirtiéndoles que de no efectuar alegación alguna en el plazo fijado, estos acuerdos de incoación podrán ser considerados propuestas de resolución, de darse los supuestos previstos en el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9 de agosto).

Pontevedra, 3 de junio de 2002.

José Antonio López Rodríguez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: PO-EN-2001/81.

Denunciado: Áridos Rías Baixas, S.L., dirección c/ Xunca Branca-Vilalonga-Sanxenxo-Pontevedra.

DNI: B-36115947.

Hechos denunciados: acumular escombros, piedra, tierra y dos cajones de batea en su propiedad, dentro de los límites del espacio natural Ons-O Grove, siendo advertido de la ilegalidad de los hechos y requerido para la retirada de los vertidos, dicho requerimiento non fue atendido.

Hechos denunciados en el espacio natural de Ons-O Grove en el lugar de Mexilloeira, en el término municipal de O Grove.

Fecha del acuerdo de la incoación: 29-4-2002.

Precepto infringido: 38.2º de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, en relación con el Decreto 82/1989, de 11 de mayo, por lo que se regula la figura de espacio natural en régimen de protección general y con la Orden de 7 de junio de 2001 por la que se declaran provisionalmente las zonas propuestas para su inclusión en la Red Europea Natura 2000 como espacios naturales en régimen de protección general.

Precepto sancionador: 38 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.

Sanción: 60,10 a 601,02 euros debiendo además restaurar el medio natural a su ser y estado previos a los hechos denunciados ya que de no hacerlo, se impondrán multas coercitivas reiteradas hasta el total cumplimiento de lo ordenado.

Expediente: PO-EN-2001/82.

Denunciado: Áridos Rías Baixas, S.L., dirección: c/ Xunca Branca-Vilalonga-Sanxenxo-Pontevedra.

DNI: B-36115947.

Hechos denunciados: acumular piedras y tierra así como un flotador de madera de unha batea en una finca de su propiedad, dentro de los límites del espacio natural Ons-O Grove.

Hechos denunciados en el espacio natural de Ons-O Grove en el lugar de Mexilloeira, en el término municipal de O Grove.

Fecha del acuerdo de la incoación: 29-4-2002.

Precepto infringido: 38.2º da Lei 4/1989, de 27 de mayo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres en relación con el Decreto 82/1989, de 11 de mayo, en régimen de protección general, y con la Orden de 7 de junio por la que se declaran provisionalmente las zonas propuestas para su inclusión en la Red Europea 2000 como espacios naturales en régimen de protección general.

Precepto sancionador: 38 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.

Sanción: 60,10 a 601,02 euros debiendo además restaurar el medio natural a su ser y estado previos a los hechos denunciados ya que de no hacerlo, se impondrán multas coercitivas reiteradas hasta el total cumplimiento de lo ordenado.