Intentada la notificación personal y devueltas por el servicio de correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se notifica a las empresas relacionadas, las resoluciones en el orden social correspondientes.
Localidad deleg. prov. impuesta
Preceptos
Empresa Domicilio
Número expediente Fecha resol.
Infringidos Sancionad. Sanción
1293/01
(AI)
Talleres de Piedra Saavedra, S.L. Ribeira-Torneiros, 36410 O Porriño 567/01
22-4-2002 Artículo 5.1º R.D. leg. 5/2000 en rel. con el artículo 15 del E.T. Artículo 7.2º, 39.2º y 40.1º.b) del R.D. leg. 5/2000 601,01
Se hace saber a los interesados que pueden formular recurso de alzada, ante el director general de Relaciones Laborales, en el término de un mes, contado desde el siguiente día de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre; advirtiendo que de no ser interpuesto en tiempo y forma, deberá abonar la multa impuesta en una de las siguientes cuentas:
-Caixa Galicia, cta. contable 840. Código 001.
-Caixanova recaudación Xunta: modelo XTAX.
Ya que en otro caso se incoará el procedimiento de apremio ante la delegación de Hacienda correspondiente.
Vigo, 20 de mayo de 2002.
Antonio Coello Bufill
Delegado provincial de Pontevedra
CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO,
MUJER Y JUVENTUD