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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 113 Jueves, 13 de junio de 2002 Pág. 8.959

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

SERVICIO GALLEGO DE SALUD

RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2002, de la División de Recursos Humanos, por la que se resuelve definitivamente el concurso voluntario de traslados para la provisión de plazas de personal sanitario no facultativo y personal no sanitario de las instituciones sanitarias dependientes del Servicio Gallego de Salud.

De conformidad con lo previsto en la base 6.2 de la Resolución de 5 de diciembre de 2001 (DOG

nº 240, del 13 de diciembre), por la que se hace pública la convocatoria del concurso de traslados para la provisión de plazas de personal sanitario no facultativo y personal no sanitario de las instituciones sanitarias dependientes del Servicio Gallego de Salud, transcurrido el plazo de reclamaciones contra la resolución provisional, este centro directivo

ACUERDA:

Primero.-Resolver definitivamente el concurso voluntario de traslados para la provisión de plazas de personal sanitario no facultativo y personal no sanitario de las instituciones sanitarias depedientes del Servicio Gallego de Salud, convocado por Resolución de 5 de diciembre de 2001 en los términos que aparecen reflejados en el anexo de la presente resolución.

Segundo.-La publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia les servirá de notificación a los interesados.

Tercero.-De conformidad con lo establecido en la base 7.10 de la convocatoria, la toma de posesión de los nuevos destinos adjudicados en esta resolución se efectuará de modo simultáneo a la de los aspirantes que sean seleccionados en el proceso selectivo convocado por resolución de esta división de 20 de marzo de 2001 (DOG nº 63, del 29 de marzo), lo que oportunamente se publicará con posterioridad en el Diario Oficial de Galicia.

A partir de esa próxima publicación los concursantes que obtengan plaza deberán cesar en la que, en su caso, desempeñen, dentro de los tres días hábiles siguientes. No obstante, el gerente de la institución, por necesidades asistenciais, podrá ampliar este plazo hasta un máximo de veinte días hábiles, comunicando tal decisión a la institución en la que obtuviese nuevo destino.

La toma de posesión de la nueva plaza deberá efectuarse en el centro de gestión de destino dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese, si las plazas son de la misma localidad, en el plazo de quince días hábiles, si las plazas son de distinta localidad y de la misma área de salud, o en el de un mes, si pertenecen a distinta localidad y área de salud.

No dispondrán de ninguno de los plazos posesorios señalados aquellos adjudicatarios de plaza en el concurso que ya viniesen ocupando plaza en el mismo centro de destino o localidad, en virtud de comisión de servicios o reingreso provisional.

Los plazos posesorios del personal en situación de comisión de servicios se entenderán siempre referidos a la plaza que vienen ocupando en comisión de servicios.

Si así lo permiten las necesidades del servicio y a petición del interesado, los plazos a que se refieren los apartados anteriores podrán ser prorrogados por tiempo no superior a la mitad de su duración inicial.

Cuarto.-El plazo de toma de posesión se iniciará cuando finalice el permiso o licencia que, en su caso, fuese concedido al interesado, a no ser que, por causas justificadas, se acuerde suspender su disfrute.

Excepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión y, en su caso, la prórroga de este tendrá la consideración de servicio activo percibiéndose los correspondientes haberes de acuerdo con las normas establecidas en la Orden de 13 de mayo de 2002 por la que se dictan instrucciones sobre la confección de nóminas del personal al servicio de la Administración autonómica para el año 2002 (DOG nº 98, del 23 de mayo).

En el caso de que la adjudicación de la plaza suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes.

Los traslados derivados de este concurso tienen carácter voluntario, y no generan derecho al abono de ninguna clase de indemnización.

Quinto.-Conforme a lo establecido en el artículo 11.4º de la Ley 30/1999, de 5 de octubre, de selección y provisión de plazas de personal estatutario de los servicios de salud, las plazas adjudicadas serán irrenunciables, a menos que durante el plazo de toma de posesión se obtuviese otro destino mediante convocatoria pública, caso en el que el interesado podrá optar entre los puestos que le fuesen adjudicados, estando obligado a comunicarle la opción realizada a los organismos convocantes de los concursos en que participasen, dentro del plazo de tres días.

Sexto.-De conformidad con lo establecido en el artículo 11.4º de la Ley 30/1999, de 5 de octubre, cuando un concursante no tome posesión de su nueva plaza dentro del plazo de toma de posesión o, en su caso, de la prórroga que a su petición motivada le fuese concedida, se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular y será declarado de oficio en tal situación.

Séptimo.-Los concursantes que no obtengan plaza en el concurso se mantendrán en la situación de destino que ostentan, con excepción de los reingresados provisionales que podrán ejercer la opción a la que se refiere la base 2.6 de la Resolución de 5 de diciembre de 2001, por la que se convocó el concurso de traslados.

Octavo.-Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán formular recurso contencioso-administrativo ante el juzgado competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma. Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este centro directivo.

Santiago de Compostela, 29 de mayo de 2002.

Valeriano Martínez García

Director general de la División de Recursos Humanos

Concursantes excluidos

-Carballo Fraguio, Pablo Antonio.

(Conductor).

DNI 32785447.

Causa: categoría no convocada.

-Caruncho Riola, José Luis.

(G. de gestión de la función administrativa).

DNI 32651273.

Causa: no llevar un año en la plaza desde la que concursa.

-De Prado Domínguez, Mª Elisa.

(Auxiliar de enfermería).

DNI 34524248.

Causa: no mantener los requisitos de participación.

-Fernández Gil, Mª Teresa.

(Auxiliar administrativo).

DNI 34975746.

Causa: solicitar el mismo destino en el que está en activo.

-Fontán Acuña, Mª del Carmen.

(Auxiliar administrativo).

DNI 35310295.

Causa: no llevar un año en la plaza desde la que concursa.

-Puga Vázquez, M. Carmen.

(Auxiliar administrativo).

DNI 34901636.

Causa: solicitar el mismo destino en el que está en activo.

-Vázquez Domínguez, M. Reina.

(Auxiliar administrativo).

DNI 34918006.

Causa: solicitar el mismo destino en el que está en activo.