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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Martes, 11 de junio de 2002 Pág. 8.787

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2002, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se anuncia el levantamiento de las actas previas a la ocupación de bienes y derechos afectados por la instalación eléctrica que se cita. (Expediente 15/1998).

Otorgada la declaración de utilidad pública, que lleva implícita la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las instalaciones del parque eólico Serra da Panda (expediente nº 15/1998), por resolución de la Consellería de Industria y Comercio de fecha 13 de mayo de 2002 a favor de la entidad beneficiaria Sistemas Energéticos Serra da Panda, con domicilio en avda. do Cruceiro da Coruña, 201A; 15705 Santiago de Compostela.

Esta delegación acuerda señalar los días 27 y 28 de junio de 2002 para el levantamiento de las actas previas a la ocupación, de conformidad con los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, y 56 de su reglamento, de 26 de abril de 1957, en las que se describirán los bienes o derechos expropiables y de imposición de

servidumbre de paso, contenidos en la relación de fincas que se expone junto con esta resolución en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Mañón, deducida de la que se sometió a información pública en el Diario Oficial de Galicia de fecha 24 de agosto de 2001; acto al que deberán concurrir los propietarios propuestos de las fincas afectadas, a los que se les practicará notificación individual, señalándoseles los horarios para su comparecencia al levantamiento efectivo de las actas en las oficinas de la Casa Consistorial de Mañón o local que se designe al efecto, sin perjuicio de desplazarse a las fincas.

Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4º de al Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación; y así dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de éstos, de conformidad con el artículo 5 de la citada Ley de expropiación forzosa.

A Coruña. 30 de mayo de 2002.

Jesús Espada Martínez

Delegado provincial de A Coruña