El Ayuntamiento Pleno, en la sesión celebrada el día 25 de marzo de 2002, acordó aprobar definiti
vamente la modificación puntual del PGMO en su disposición transitoria tercera Canide, en Maianca, consistente en añadir un nuevo apartado c) a fin de posibilitar que el número de plantas de las edificaciones pueda alcanzar planta baja y tres altas sin alterar la altura máxima de 13 metros de cumbrera.
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes, que se computará desde el día siguiente a su notificación, ante el mismo órgano que lo dictó (al amparo de lo dispuesto por los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1994, de modificación de la Ley 30/1992, de RJAPPAC).
También podrá interponer contra esta resolución, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, sin perjuicio de la facultad de interposición del recurso extraordinario de revisión para los supuestos y plazos previstos por el artículo 118 de dicha ley.
Oleiros, 22 de abril de 2002.
Esther Pita Pita
Alcaldesa-presidenta