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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 101 Martes, 28 de mayo de 2002 Pág. 7.773

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 20 de mayo de 2002, de la Secretaría General de la Consellería de Medio Ambiente, por el que se notifica a Mario Araújo Ledo la incoación de expediente disciplinario.

Habiéndose intentando, mediante carta certificada con acuse de recibo, la notificación de incoación de expediente disciplinario a Mario Araújo Ledo, peón del Servicio de Defensa contra Incendios Forestales, adscrito al distrito forestal XVII-O Condado Paradanta sin que conste su recepción por el interesado, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, procede su notificación a medio de anuncio en el tablón de edictos del ayuntamiento de su último domicilio y en el Diario Oficial de Galicia. En su virtud, se reproduce íntegramente, para que sirva de notificación al interesado, el texto de la resolución de incoación del expediente:

«Visto el informe de fecha 3 de abril de 2002 que emite la Delegación Provincial de esta consellería en Pontevedra en relación con la inasistencia a su puesto de trabajo de Mario Araújo Ledo, personal laboral interino, categoría de peón del Servicio de Defensa contra Incendios Forestales, adscrito al distrito forestal XVII-O Condado-Paradanta, comarca forestal o Condado, en el que se expone que el trabajador fue declarado en situación de incapacidad temporal para el trabajo por causa de un accidente laboral con fecha 14-12-2001, habiendo sido dado de alta médica con fecha 28-1-2002 sin que desde esta última fecha se haya reincorporado a su puesto de trabajo, ni conste reclamación jurisdiccional contra el alta ni comunicación alguna del trabajador ante a Consellería de Medio Ambiente.

Teniendo en cuenta que la falta de incorporación al puesto de trabajo puede ser constitutiva de una presunta actividad infractora de incumplimiento de las obligaciones laborales por parte del trabajador que es necesario esclarecer,

DISPONGO:

Primero.-La incoación de expediente disciplinario a Mario Araújo Ledo al amparo de lo dispuesto en el artículo 49 del III Convenio colectivo único para el personal laboral de la Xunta de Galicia.

Segundo.-El nombramiento de José Antonio García Món y Manuel Vázquez Rodríguez, funcionarios con destino en la Delegación Provincial de esta consellería en Pontevedra como instructor y secretario respectivamente, del procedimiento.

Notifíquese lo dispuesto al expedientado y a los funcionarios designados como instructor y secretario del procedimiento, haciéndoles saber que les son de aplicación las normas relativas a la recusación y abstención de los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999.

Notifíquese, también, lo dispuesto al comité de empresa de la Delegación Provincial de la Consellería de Medio Ambiente en Pontevedra».

Santiago de Compostela, 20 de mayo de 2002.

José Luis Aboal García-Tuñón

Secretario general de la Consellería de Medio Ambiente