De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del pro
cedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de recursos de alzada de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 6/1991, de 15 de mayo, de infracciones en materia de protección de recursos marítimo-pesqueros (DOG nº 99, del 27 de mayo).
Los interesados disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.
Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la citada Delegación Territorial de A Coruña, Ramón y Cajal, s/n, 5ª planta.
Nº de expediente: PESAN1 2000/000890-1.
Denunciado: Roberto Burón Castro.
DNI: 32698114A.
Dirección: trav. Bazán, P. 1-2º dcha., Ferrol.
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 150,26 euros.
Resolución: desestimatoria confirmando la resolución recurrida.
Nº de expediente: PESAN1 2000/001161-1.
Denunciado: Juan Manuel Gundín Noguerol.
DNI: 32676597Z.
Dirección: c/ Nueva de Caranza, 169-171, 3º dcha., Ferrol.
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 210,35 euros.
Resolución: desestimatoria confirmando la resolución recurrida.
Nº de expediente: PESAN1 2000/001495-1.
Denunciado: Ramón Canizas Rodríguez.
DNI: 32607981F.
Dirección: Novoa Santos, 13-8º izq., A Coruña.
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 1.051,77 euros.
Resolución: desestimatoria confirmando la resolución recurrida.
Nº de expediente: PESAN1 2000/001536-1.
Denunciado: Felipe Sar Vilela.
DNI: 32399362K.
Dirección: Real, Muxía.
Precepto infrinxido: 6.9º.
Sanción: 300,51 euros.
Resolución: desestimatoria confirmando la resolución recurrida.
De conformidad con lo previsto en la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG nº 235, del 5 de diciembre), los importes de dichas sanciones deberán ser abonados en los plazos que establece el Reglamento general de recaudación, o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario los interesados deberán recoger en la antedicha delegación territorial el documento de ingreso correspondiente.
A Coruña, 10 de mayo de 2002.
María José Cancelo Baquero
Delegada Territorial de A Coruña
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