El artículo 5, punto 2º del Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, (DOG nº 188, del 25 de septiembre), dispone que el órgano sustantivo someterá el estudio de impacto ambiental al trámite de información pública, durante treinta días hábiles, mediante anuncio en el Diario Oficial de Galicia.
En su virtud:
RESUELVO:
Primero.-Someter a información pública, en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente resolución, el estudio de impacto ambiental del proyecto de tramo 2 de la línea de alta tensión a 132 kV subestación Boimente-subestación Buio y línea de 30 kV del parque eólico de Rioboo, a realizar en los municipios de Cervo, O Valadouro, Viveiro e Xove, promovido por la empresa Eurovento, S.L.
Segundo.-A los correspondientes efectos informativos, se pondrán a disposición de los administrados ejemplares en las siguientes dependencias:
-Dirección General de Industria, Energía y Minas.
-Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Lugo.
-Ayuntamientos de Cervo, O Valadouro, Viveiro e Xove.
Tercero.-Las alegaciones, dirigidas al director general de Industria, Energía y Minas, se formularán durante dicho plazo de treinta días y serán presentadas en cualquiera de las oficinas que establece el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 22 de abril de 2002.
Ramón Ordás Badía
Director general de Industria, Energía y Minas
CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA
Y DESARROLLO RURAL