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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 88 Miercoles, 08 de mayo de 2002 Pág. 6.696

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

CÉDULA de 5 de abril de 2002, de la Delegación Territorial de A Coruña, por la que se hace pública una relación de notificaciones de resoluciones de expedientes sancionadores (PESAN1 2000/000238-1 y dos más).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 6/1991, de 15 de mayo, de infracciones en materia de protección de recursos marítimo-pesqueros (DOG nº 99, del 27 de mayo).

Los interesados disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.

Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la citada Delegación Territorial de A Coruña, Ramón y Cajal, s/n, 5ª planta.

Nº de expediente: PESAN1 2000/000238-1.

Denunciado: Alberto M. Ceballos Horro.

DNI: 32756194.

Dirección: pza. Washington, 18-20, 1º D, A Coruña.

Precepto infringido: 6.7º, 6.12º.

Sanción: 360,61 euros.

Nº de expediente: PESAN1 2000/000928-1.

Denunciado: José Mª Nogueira Mouro.

DNI: 33224694.

Dirección: Abelleira, Muros.

Precepto infringido: 6.7º, 6.9º, 6.10º.

Sanción: 150,26 euros.

Nº de expediente: PESAN1 2001/000935-1.

Denunciado: Juan Carlos López López.

DNI: 32654119.

Dirección: Cadavo, nº 9, O Val, Narón.

Precepto infringido: 6.7º, 6.10º.

Sanción: 420,71 euros.

De conformidad con lo previsto en la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG nº 235, del 5 de diciembre), los importes de dichas sanciones deberán ser abonados en los plazos que establece el Reglamento general de recaudación o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario, los interesados deberán recoger en la antedicha delegación territorial el documento de ingreso correspondiente.

A Coruña, 5 de abril de 2002.

María José Cancelo Baquero

Delegada territorial de A Coruña