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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 82 Lunes, 29 de abril de 2002 Pág. 6.006

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

CÉDULA de 2 de abril de 2002, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador OU-73/2001, de 24 de enero de 2001, por infracción leve en materia de turismo.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de diciembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 1 de enero) se le notifica a la persona que a continuación se relaciona, la resolución del expediente sancionador nº OU 73/2001, de la Delegación Provincial de Cultura, Comunicación Social y Turismo de Ourense, ya que, intentada por los medios habituales, no pudo practicarse.

Esta resolución no agota la vía administrativa, y contra ella los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo, en el plazo de un (1) mes desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro que estimen oportuno.

De no presentar recurso en el referido plazo, la sanción devendrá firme y ejecutiva y podrá hacerse efectiva en período voluntario en el subsiguiente plazo de quince días (15) hábiles, mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, en cualquier oficina de Caixa Galicia (Cta. Contable 840, código 001) y Caixanova (Modelo XTAX). De no ser efectuado el ingreso en el citado plazo, se

procederá a su exacción por vía ejecutiva, según lo dispuesto en la Orden de 23 de noviembre de 2001 por la que se regula el procedimiento de recaudación voluntaria y ejecutiva de multas y sanciones, de la Consellería de Economía y Hacienda (DOG nº 235, del 5 de diciembre).

Expediente: OU-73/2001.

Titular sancionado: Julio Cerredelo Diz.

Establecimiento: Pub Podium.

Domicilio: Rúa Alameda.

Localidad: Verín.

Resolución: 24 de enero de 2002.

Preceptos infringidos: artículo 86.1º y 86.11º de la Ley 9/1997, de 21 de agosto.

Sanción: cuarenta mil pesetas para cada una (40.000 ptas., equivalente en euros 240,40).

Ourense, 2 de abril de 2002.

José Luis Pérez Pérez

Delegado provincial de Ourense