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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Jueves, 18 de abril de 2002 Pág. 5.251

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 131/2002, de 4 de abril, por el que se acepta la cesión, a título gratuito, de un terreno situado en el ayuntamiento de Celanova (Ourense), destinado a la construcción de una estación de autobuses.

El Pleno de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Celanova, reunido en sesión celebrada el día 7 de junio de 2001, acordó ceder a la Comunidad Autónoma de Galicia la finca situada en las proximidades de la avda. de San Rosendo, destinado a la construccción de una estación de autobuses.

La Secretaría General y del Patrimonio tramitó el correspondiente expediente de aceptación de cesión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16, 17 y 23 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y 33, 34 y 38 del Decreto 50/1989, de 9 de marzo, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de dicha ley.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que

el Ayuntamiento de Celanova acordó la cesión y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día cuatro de abril de dos mil dos,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acepta la cesión, hecha por el Ayuntamiento de Celanova, a título gratuito, de la finca de 1.500 m, situada en las proximidades de la avda. San Rosendo, y con los siguientes lindes; al norte, camino del molino; al sur, Sofía Quiroga Vergara e hijos; al este, Sofía Quiroga Vergara e hijos, y al oeste, camino del molino.

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Celanova en el tomo 772, libro 123, folio 105, finca nº 15.959.

Artículo 2º

La finca cedida se destinará a la construcción de una estación de autobuses.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y a la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, cuatro de abril de dos mil dos.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda