De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen
jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificado por la Ley 4/1999, de 14 de enero (BOE nº 13, del 14 de enero), se notifica a la persona que a continuación se indica la resolución del expediente administrativo instruido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 172 y siguientes del Código Civil, por no ser posible dicha notificación en el último domicilio que consta en el expediente obrante en esta delegación provincial.
El interesado podrá interponer recurso ante el Juzgado de Primeira Instancia de Pontevedra que corresponda, sin necesidad de reclamación administrativa previa de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 3/1997, de 9 de junio, gallega de familia, infancia y adolescencia.
El correspondiente expediente obra en el Servicio de Familia, Infancia y Menores de la Delegación Provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en Vigo.
Nº expediente: 2002/30-5.
Interesada: Mª Luisa Rivas Casado.
Domicilio: desconocido.
Asunto: resolución administrativa de 5 de febrero de 2002.
Vigo, 26 de febrero de 2002.
Joaquín Macías Sánchez
Delegado provincial de Pontevedra