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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Martes, 26 de febrero de 2002 Pág. 2.720

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

CÉDULA de 15 de enero de 2002, de la Subdirección General de Inspección de Transportes, por la que se notifican las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores incoados por infracción de la normativa vigente en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de correos por resultar desconocidos sus destinatarios o bien porque intentada la notificación no se pudo practicar (expediente DX-00327-V-2001).

Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el subdirector general de Inspección de Transportes, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.

Se les hace saber el derecho que les asiste de interponer recurso de alzada ante el director general de Transportes dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula.

En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa, en el plazo de 15 días hábiles, mediante ingreso que debe efectuar en cualquier oficina del BBVA, transacción 1315, código cliente 417, y, de no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela a 15 de enero de 2002.

Carlos González Rodríguez

Subdirector general de Inspección de Transportes

ANEXO

-Expediente-Matrícula-Denunciante-Denunciado-Última dirección conocida-Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k.-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

impuesta

DX-00327-V-2001

C-4626-BN

Concepción Pérez Moar

Antonio Iglesias Martínez

Visitación de la Encina, 2

15670 Soñeiro, San Julian,

Sada (A Coruña)

Negarse a recoger viajeros en el aeropuerto de Alvedro, según denuncia voluntaria formulada por Concepción Pérez Moar. Asimismo se hace constar que, a efectos de cómputo del número de plazas de personas transportadas, no se contará cada menor de dos años que vaya al cuidado de un adulto, distinto del conductor, si no ocupa plaza. En los turismos, cada menor de más de dos años y menos de 12 se computará como media plaza, sin que el número máximo de plazas así computado pueda exceder del que corresponda al cincuenta por ciento del total, excluida la del conductor.

6-7-2001; 23.30

Artículo 42 del Real decreto 763/1974 de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento nacional de los servicios urbanos e interurbanos de transporte en automóviles ligeros (BOE del 13 de abril)Artículo 143 de la Lei 16/1987 y artículo 201 del R.D. 1211/199046.001 ptas.

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA

Y COMERCIO