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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Miercoles, 13 de febrero de 2002 Pág. 1.729

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

ORDEN de 7 de febrero de 2002 por la que se convoca la provisión, por el sistema de libre designación, de cuatro puestos de trabajo vacantes en la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud.

De conformidad con lo establecido en el artículo 27.2º de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública

de Galicia, modificada por la Ley 3/1995, de 10 de abril, y en el artículo 16 del Decreto 93/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 15.4º de la misma ley, esta consellería,

DISPONE:

Primero.-Anunciar la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, los puestos de trabajo que se indican en el anexo I.

Segundo.-Podrán concurrir a ellos los funcionarios de carrera que reúnan las condiciones señaladas en el anexo I.

Tercero.-Las solicitudes para participar en esta convocatoria se presentarán en el registro general de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud (edificio administrativo de San Caetano, s/n, Santiago de Compostela), en sus delegaciones provinciales o en las oficinas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, según el modelo que se incluye en el anexo II.

Cuarto.-Los aspirantes deberán unirle a la petición un currículum vitae y justificar mediante certificación o copia compulsada los méritos que aleguen.

Quinto.-Esta convocatoria será resuelta por la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud. En el caso de que resulte seleccionado para ocupar el puesto de trabajo que se anuncia en el anexo I de esta orden un funcionario con destino en la Administración general del Estado, en sus organismos autónomos, en la Administración de la Seguridad Social, o que esté en esta Comunidad Autónoma como consecuencia de una comisión de servicios concedida conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria octava, punto 4º, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se requerirá informe favorable de la administración de origen que, de no emitirse en el plazo de 15 días y tal como dispone el artículo 67 del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, se considerará favorable. Una vez tramitado su traslado a esta comunidad autónoma, se procederá a la adjudicación del puesto para el que fue seleccionado.

Sexto.-La resolución de esta convocatoria se hará pública en el Diario Oficial de Galicia, y podrá declararse desierto el puesto de trabajo, de considerarse oportuno.

Séptimo.-El plazo de toma de posesión será de tres días, si el destino anterior está en la misma localidad del nuevo destino, y de un mes, si está en localidad distinta o comporta el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá producirse dentro de los tres días siguientes al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, o desde la fecha en que se comunique la resolución del traslado a la comunidad autónoma, para el caso de funcionarios de otras administraciones públicas.

Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Octavo.-Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante esta conselleira, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el DOG, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o podrán impugnarla directamente ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente en el plazo de dos meses contados a partir de la misma fecha, según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 7 de febrero de 2002.

Manuela López Besteiro

Conselleira de Familia y Promoción

del Empleo, Mujer y Juventud

ANEXO I

Denominación y código del puestoNivelC. específicoGrupoCuerpo/escalaFormación

específica

Centro directivoLocalidad

Inspección Centros

FAC020000115770025

257606,08ABGeneralSecretaría generalSantiago de Compostela

Subdirección General de Familia

FAC0300001157700001

3014777,52AGeneral523D.G. FamiliaSantiago de Compostela

Servicio de Familia, Infancia y

Programas Especiales

FAC0300001157700019

2810865,64ABGeneralD.G. FamiliaSantiago de Compostela

Servicio de Fomento del Empleo

FAC991000015001155

289127,20ABGeneralDelegación provincialA Coruña

CONSELLERÍA DE POLÍTICA

TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS

Y VIVIENDA