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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 25 Lunes, 04 de febrero de 2002 Pág. 1.316

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

ORDEN de 8 de enero de 2002 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de la concesión de la batea Luísa I.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Luisa I, y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:

A) Antecedentes de hecho.

Primero.-Mediante escrito de fecha 19-6-2001, María Dolores Parada Araújo solicitó autorización para la transmisión de la concesión de la batea Luisa I.

Segundo.-Los informes del Servicio de Protección de los Recursos sobre las características de la batea y del Servicio Técnico Jurídico sobre la tramitación del expediente, son favorables.

B) Fundamentos jurídicos.

Primero.-Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con la Orden de 14 de junio de 1999, de delegación de competencias en los delegados territoriales de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura.

Segundo.-El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999, por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería

RESUELVE:

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de Ernesto Ozores Hermo (52453860-Z) y Clara Mª Sánchez Casais, 1/3 indiviso con carácter ganancial; Juan Carlos Ozores Hermo (33252753-C) y Mª Soledad Fernández Vidal (52451567-K), 1/3 indiviso con carácter ganancial; y José Joaquín Ozores Hermo (76965130-T), 1/3 indiviso restante de la concesión administrativa de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Luisa I.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 57.

Polígono: C.

Distrito: A Pobra do Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Resolución de otorgamiento: 86/1975 (BOE/DOG nº 201, del 22-8-1975).

Fin de la vigencia: 22-8-2005.

Actual titular:

María Dolores Parada Araujo (33253993-H).

Nuevos titulares:

Ernesto Ozores Hermo (52453860-Z) y Clara Mª Sánchez Casais 52454146-R, 1/3 indiviso con carácter ganancial; Juan Carlos Ozores Hermo (33252753-C) y Mª Soledad Fernández Vidal (52451567-K), 1/3 indiviso con carácter ganancial; y José Joaquín Ozores Hermo (76965130-T), 1/3 indiviso restante de la concesión administrativa de la batea.

Bajo las siguientes condiciones:

Primera.-El actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda.-Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera.-Los nuevos titulares de la concesión quedan subrogados en los derechos y obligaciones del anterior, desde el momento de formalización de la compra-venta en escritura pública.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 8 de enero de 2002.

P.D. (Orden 14-6-1999, DOG nº 120, del 24 de junio)

María José Cancelo Baquero

Delegada territorial de A Coruña